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50 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2021 / El Peruano VISTO: Memorándum N° 078-2021-MDP/GPP de fecha 26 de enero de 2021 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe N° 043-2021-GAJ/MDP de fecha 29 de enero de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 78-2021-GM/MDP de fecha 01 febrero de 2021; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con lo artículos 3° y 6° del Decreto Legislativo N° 1362 que regula la Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, se declaró de interés nacional, al cierre de brechas en infraestructura o en servicios públicos, a la generación de empleo productivo y a la competitividad del país, y que entre otras entidades, el Gobierno Local asume la titularidad del proyecto a desarrollarse mediante las modalidades reguladas en dicha norma; Que, a su vez, el numeral 7.1, 7.2, y 7.3 del artículo 7° del citado Decreto Legislativo N° 1362 contempla que, las entidades públicas titulares de proyectos o que prevean desarrollar procesos de promoción de la inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el referido Decreto Legislativo, crean el Comité de Promoción de la Inversión Privada; el que asume los roles de Organismo de Promoción de la Inversión Privada y Órgano de Coordinación con Proinversión y el Ministerio de Economía y Finanzas; así como que la designación de los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada, se efectúa mediante Resolución de Alcaldía, en el caso de los Gobiernos Locales y que dichas Resoluciones se publican en el Diario Oficial El Peruano y se comunican al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas; Que, por su parte, el numeral 17.2 del artículo 17° del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1362 aprobado mediante Decreto Supremo N° 240-2018-EF, prescribe que, en caso de un Gobierno Local, las funciones del Comité de Promoción a la Inversión Privada – CPIP, son ejercidas por el órgano designado para tales efectos, que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normatividad vigente; Que, mediante Memorándum N° 078-2021-MDP/ GPP de fecha 26 de enero de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto solicita la emisión de Resolución de Alcaldía con la finalidad de designar a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Pucusana, proponiendo a los siguientes miembros: • Gerente Municipal – Presidente. • Gerente de Desarrollo Urbano – Secretario Técnico.• Gerente de Planeamiento y Presupuesto – Miembro. Que, mediante Informe N° 043-2021-GAJ/MDP de fecha 29 de enero de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable sobre la emisión de Resolución de Alcaldía con la fi nalidad de designar a los miembros del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Pucusana, toda vez que, se enmarca en lo previsto por la normatividad de la materia; Que, mediante Memorándum N° 078-2021-GM/MDP de fecha 01 de febrero de 2021, la Gerencia Municipal en base a los documentos precitados, solicita que se emita el Acto Resolutivo; EN ESTE CONTEXTO, ESTANDO A LOS CONSIDERANDOS PRECEDENTES Y EN USO DE LA FACULTAD CONFERIDA POR EL INCISO 6) DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY Nº 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; SE RESUELVE: Artículo Primero: APROBAR LA CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA -CPIP DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA. Artículo Segundo: DESIGNAR como integrantes del Comité de Promoción de la Inversión Privada – CPIP de la Municipalidad Distrital de Pucusana, el que actuará como Organismo Promotor de la Inversión Privada en el distrito, en las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo N° 1362, a los siguientes miembros: • Gerente Municipal – Presidente. • Gerente de Desarrollo Urbano – Secretario Técnico. • Gerente de Planeamiento y Presupuesto – Miembro. Artículo Tercero: ESTABLECER que el Comité de Promoción de la Inversión Privada – CPIP de la Municipalidad Distrital de Pucusana, es un órgano colegiado que cuenta con las facultades, obligaciones y responsabilidades establecidas en la normativa aplicable, y asume los siguientes roles: 1. Organismo Promotor de la Inversión Privada de la Municipalidad Distrital de Pucusana, en los procesos de promoción de la inversión privada bajo su competencia, ejerciendo las funciones necesarias para conducir y concluir dichos procesos. 2. Órgano de Coordinación con Proinversión, en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a dicha entidad; y con el Ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simpli fi cación de la inversión. 3. Otras funciones señaladas en el Decreto Legislativo N° 1362, su Reglamento y demás normativa complementaria aplicable. Artículo Cuarto: ENCARGAR al Comité de Promoción de la Inversión Privada – CPIP de la Municipalidad Distrital de Pucusana, en adición a sus roles, llevar a cabo uno o más procedimientos administrativos dirigidos a la implementación de las modalidades de participación de la inversión privada, de conformidad con la Ley Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos de Activos y su norma reglamentaria. Artículo Quinto: ENCOMENDAR a la Gerencia Municipal comunicar y solicitar la inscripción del Comité de Promoción de la Inversión Privada – CPIP de la Municipalidad Distrital de Pucusana, ante el Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas de la Dirección General de Política de la Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo Sexto: ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas en el portal institucional (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR ELOY ESPINOZA PEÑA Alcalde 1926548-1