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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (10/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2021 El Peruano / Decreto Legislativo N.° 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5 de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la nueva versión del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615 Apruébase la versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615. Artículo 2.- Obtención de la versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615 La versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615 se encuentra a disposición de todos los interesados en el portal de la SUNAT en la Internet, cuya dirección electrónica es: http://www.sunat.gob.pe, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia. Artículo 3.- Utilización de la versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615 La versión 5.1 del PDT ISC - Formulario Virtual N.° 615 debe ser utilizada a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución de superintendencia, independientemente del periodo al que corresponda la declaración, incluso si se trata de declaraciones sustitutorias o recti fi catorias. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente resolución de superintendencia entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 1926358-1 Aprueban nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N° 0601, modifica el Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N° 121-2011- TR y el formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000020-2021/SUNAT APRUEBA NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA - PLAME, FORMULARIO VIRTUAL N.° 0601, MODIFICA EL ANEXO 1: INFORMACIÓN DE LA PLANILLA ELECTRÓNICA APROBADO POR LA RESOLUCIÒN MINISTERIAL N.° 121-2011-TR Y EL FORMULARIO DECLARA FÁCIL 621 IGV-RENTA MENSUAL Lima, 8 de febrero de 2021 CONSIDERANDO: Que el artículo 9 de la Ley N.° 31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, establece que determinados trabajadores y sus derechohabientes son asegurados obligatorios del ESSALUD y fi ja las tasas del aporte mensual al ESSALUD a cargo del empleador en función de lo declarado en el año fi scal previo respecto del número de trabajadores y el nivel de ventas; Que resulta necesario aprobar una nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601, cuya última versión fue aprobada por Resolución de Superintendencia N.° 000233-2020/SUNAT, así como modi fi car el Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N.° 121-2011-TR, a fi n de adecuarlos a la normativa señalada en el considerando anterior; Que, de otro lado, el inciso b) de la segunda disposición complementaria fi nal de la Ley N.° 31110 establece que las personas naturales o jurídicas comprendidas en sus alcances que se encuentren incursas en las situaciones contempladas en el inciso b) del artículo 85 de la Ley del Impuesto a la Renta y afectas a dicho tributo con tasas distintas al 29.5%, efectuarán sus pagos a cuenta aplicando la tasa que les corresponda conforme a lo previsto en dicha norma; Que, por lo anterior, resulta necesario modi fi car el formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual, el cual fue aprobado mediante la Resolución de Superintendencia N.° 335-2017/SUNAT, con el fi n de que los sujetos del Régimen General comprendidos en los alcances de la Ley N.° 31110 efectúen sus pagos a cuenta conforme a lo señalado en ella; Que al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario en la medida que la aprobación de una nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601, la modi fi cación del Anexo 1: Información de la Planilla Electrónica aprobado por la Resolución Ministerial N.° 121-2011-TR y del formulario Declara Fácil 621 IGV-Renta mensual obedecen a su adecuación a la normativa vigente; En uso de las facultades conferidas por el artículo 29 y el numeral 88.1 del artículo 88 del Código Tributario, aprobado por el Decreto Legislativo N.° 816, cuyo último TUO ha sido aprobado por el Decreto Supremo N.° 133-2013-EF; los artículos 3 y 4 del Decreto Supremo N.° 018-2007-TR que establecen disposiciones relativas al uso del documento denominado “Planilla Electrónica”; el artículo 79 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta; el artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5 de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT y el inciso o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por la Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de una nueva versión del PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601 Apruébese el PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601 - Versión 3.9, a ser utilizado por: a) Los sujetos a que se re fi ere el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT obligados a cumplir con la presentación de la PLAME y la declaración de los conceptos referidos en los incisos del b) al m), o), p), r) y s) del artículo 7 de la mencionada resolución, a partir del período enero de 2021. b) Aquellos sujetos que se encuentren omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos del b) al m) y del o) al s) del artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N.° 183-2011/SUNAT por los períodos tributarios de noviembre de 2011 a diciembre de 2020, o deseen recti fi car la información correspondiente a dichos períodos. El PDT Planilla Electrónica - PLAME, Formulario Virtual N.° 0601 - Versión 3.9, estará a disposición de los interesados a partir del 12 de febrero de 2021, siendo de uso obligatorio a partir de dicha fecha. Artículo 2.- Modi fi cación del Declara Fácil 621 IGV- Renta mensual 2.1 Modifíquese el formulario Declara Fácil 621 IGV- Renta mensual a efecto que los deudores tributarios del Régimen General comprendidos en los alcances de la Ley N.° 31110, Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial, puedan elaborar y presentar la declaración mensual de sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta