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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (10/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de febrero de 2021 El Peruano / ubicado el predio posee un uso residencial y comercial, el predio se ubica a media cuadra de la vía Defensores de Lima, esta vía pertenece al Sistema Vial Metropolitano con la categoría de vía arterial, esto se visualiza en el Plano del Sistema Metropolitano, en el índice de usos del ATN I aprobada por Ordenanza Nº 933, la actividad de policlínico en Comercio Vecinal (CV); que en la zona de entorno inmediato al predio al frente del Jr. San Eugenio, con un ancho de vía aproximado de 9.00 ml.; considerando que el predio se encuentra ubicado en una zona de Residencial de Densidad Media (RDM), que la actividad de policlínico es admitida sin restricciones normalmente en Comercio Vecinal (CV).En ese sentido, respecto de la solicitud de cambio de zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), se emite opinión Desfavorable”; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe Nº 172-2020-MML-GDU-SPHU-DP de fecha 15 de junio del 2020, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluye que, el Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ) del predio de 200.00 m2, ubicado en el Pueblo Joven José Carlos Mariátegui Mz. Y Lote 4, Etapa Primera, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la Sociedad Conyugal conformada por el señor Juan Reyes López y la señora Ana María Rossana Llanos Chávez, tiene opinión técnica desfavorable, por cuanto, el predio no reúne las condiciones y requerimientos establecidos para el óptimo desarrollo de un Policlínico, en cuanto a, su localización, debiendo estar delimitado por dos vías y no estar a menos de 50.00m de locales dedicados a actividades comerciales como mercado o tiendas de comestibles que pueden impactar negativamente en el funcionamiento del establecimiento de salud; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen Nº 0119-2020-MML-CMDUVN, de fecha 02 de setiembre de 2020; el Concejo Metropolitano de Lima por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente; ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE VILLA MARIA DEL TRIUNFO APROBADO POR ORDENANZA Nº 1084 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación de Villa María del Triunfo, aprobado mediante Ordenanza Nº 1084, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de octubre de 2007, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), para el inmueble de 200.00m2, ubicado en el Pueblo Joven José Carlos Mariátegui Mz. Y Lote 4, Etapa Primera, distrito de Villa María del Triunfo, solicitado por la Sociedad Conyugal conformada por el señor Juan Reyes López y la señora Ana María Rossana Llanos Chávez, a través del expediente 327341-2019, conforme al Anexo Nº 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación de Villa María del Triunfo, la modi fi cación aprobada en el Artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3. Notifi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación a los administrados. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo Nº 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación.POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1926348-3 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de Santiago de Surco aprobado por Ordenanza Nº 912 ORDENANZA Nº 2306-2021 Lima, 5 de febrero de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del artículo 79 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: Aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial de nivel provincial, que identi fi que las áreas urbanas y de expansión urbana, así como las áreas de protección o de seguridad por riesgos naturales; las áreas agrícolas y las áreas de conservación ambiental; y aprobar el Plan de Desarrollo Urbano, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zoni fi cación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demás planes especí fi cos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; Que, con Ordenanza Nº 912, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 03 de marzo del 2006, se aprueba el Reajuste Integral de la Zoni fi cación de los Usos del Suelo de un Sector del distrito de Santiago de Surco conformante del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana y Ordenanza Nº 1216, publicada en el Diario Ofi cial el Peruano el 28 de enero de 2009, que aprueba el Índice de Usos para la Ubicación de actividades urbanas correspondiente al Área de Tratamiento Normativo III del Distrito de Santiago de Surco; Que, mediante Ordenanza Nº 1862, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Plani fi cación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima; contemplando en su Artículo 4 que corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Instituto Metropolitano de Plani fi cación, plani fi car el desarrollo integral y el desarrollo urbano territorial en concordancia con los planes y políticas nacionales y sectoriales de desarrollo urbano, para lo cual coordinará con las Gerencias correspondientes; Que, mediante Ordenanza Nº 2086, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zoni fi cación de Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza Nº 1911; Que, con expediente Nº 195212-2019 de fecha 14 de junio de 2019, el señor Rafael Antonio Torres Morales, la señora Silvia Abigail Mercedes Morales Corrales, la señora Claudia Astrid Palacios Silva Santiesteban, el señor Carlos Víctor Guillermo Torres Morales, la señora Britta Marie Olsen Ravina, la señora Sonia Esther Maldonado Díaz y la señora Indira Navarro Palacios, propietarios de los predios de 627.86m2 y 641.00m2, ubicados en Calle Cañón del Pato Nº 103 -105 esquina con la Av. Caminos del Inca Nº 508 y