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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2021 (05/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 5 de julio de 2021 El Peruano / cuales está obligado en concordancia con el inciso k. del artículo 21.° de la Ley N° 27867, lo cual se condice con las opiniones vertidas en los informes citados en los antecedentes; Finalmente, en concordancia con el numeral 88.3 del artículo 88.° referido a los medios de colaboración interinstitucional del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, se regula lo referente a los convenios de colaboración en los siguientes términos: “Por los convenios de colaboración, las entidades a través de sus representantes autorizados, celebran dentro de la ley acuerdos en el ámbito de su respectiva competencia, de naturaleza obligatoria para las partes y con cláusula expresa de libre adhesión y separación”; Informe Técnico N° 013-2021-GR-LL-GRS-OP, de fecha 23 de junio de 2021, emitido por la directora de la O fi cina de Plani fi cación de la Gerencia Regional La Libertad, dirigido a la Gerencia Regional de Salud, Lic. Aley Ale Herrera Domínguez, en cuyas conclusiones y recomendaciones emite opinión favorable al convenio especí fi co propuesto referente al CUI N° 2520753, en cumplimiento al convenio marco suscrito en fecha 4 de junio de 2021; Informe N° 061-2021-GRLL-GGR-GRPAT/SGP, de fecha 24 de junio de 2021, emitido por el subgerente de la Subgerencia de Planeamiento, de la Gerencia de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, quien emite opinión favorable a la suscripción del referido convenio, recomendando además visar su proyecto, con base en los fundamentos de su análisis; Informe N° 146-2021-GRLL-GOB-GGR/GRP, de fecha 22 de junio de 2021, emitido por el gerente regional de Presupuesto, en cuya conclusión n.° 2 opina respecto de la existencia de disponibilidad presupuestaria y fi nanciera por la suma de S/500 000.00 (quinientos mil y 00/100 soles) en la fuente de fi nanciamiento de recursos determinados, tipo de recurso 27; Que, mediante Informe Legal Nº 150-2021-GRLL- GGR/GRAJ-RLARA de fecha 25 de junio de 2021, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, emite OPINIÓN FAVORABLE respecto del visto bueno y suscripción del Convenio Especí fi co de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional La Libertad y la Municipalidad Provincial Gran Chimú - Cascas, así como de la transferencia fi nanciera en el presente año fi scal 2021, a favor de la referida municipalidad por la suma de S/500 000.00 (quinientos mil y 00/100 soles), destinados a la ejecución del CUI N° 2520753 ADQUISICIÓN DE PLANTA GENERADORA DE OXÍGENO MEDICINAL Y GENERADOR ELÉCTRICO; CONSTRUCCIÓN DE LOSA; EN EL EESS PROVINCIAL DE CASCAS, EN LA LOCALIDAD DE CASCAS, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA DE GRAN CHIMÚ, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; Que, con O fi cio N°243-2021-GRLL-GOB/GGR, de fecha 25 de junio de 2021, suscrito el Gerente General Regional (e) del Gobierno Regional La Libertad se solicita evaluar la aprobación de la transferencia fi nanciera para el fi nanciamiento de convenio especí fi co en el presente año fi scal 2021, a favor de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú por el monto de S/. 500,000.00 (Quinientos mil y 00/100 soles destinados a la ejecución del CUI N° 2520753 ADQUISICIÓN DE PLANTA GENERADORA DE OXÍGENO MEDICINAL Y GENERADOR ELÉCTRICO; CONSTRUCCIÓN DE LOSA; EN EL EESS PROVINCIAL DE CASCAS, EN LA LOCALIDAD DE CASCAS, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA DE GRAN CHIMÚ, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; Que, en Sesión Ordinaria Virtual de fecha 30 de junio de 2021 el Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional la aprobación de la transferencia fi nanciera en el presente año fi scal 2021, a favor de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú por la suma de S/. 500,000.00 (quinientos mil soles), destinados a la ejecución del CUI N° 2520753 ADQUISICIÓN DE PLANTA GENERADORA DE OXÍGENO MEDICINAL Y GENERADOR ELÉCTRICO; CONSTRUCCIÓN DE LOSA; EN EL EESS PROVINCIAL DE CASCAS, EN LA LOCALIDAD DE CASCAS, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA DE GRAN CHIMÚ, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son trasferidos a fi n que, se acuerde su aprobación por el Pleno del Consejo Regional, el mismo que contó con la participación del Gerente Regional de Presupuesto, Gerente Regional de Salud, Responsable de la O fi cina Plani fi cación de la GERESA ALey Herrera Domínguez, Gerente Regional de Asesoría Jurídica y Gerente General Regional, también expuso el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, cuyo debate e intervenciones constan en el acta correspondiente a la presente sesión; Que, en virtud del principio de buena fe, del principio de con fi anza mutua y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que, conforme a la labor remota que vienen realizado los órganos administrativos del Gobierno Regional de La Libertad, conforme a los lineamientos dictados por el estado en el marco de la emergencia ocasionada por el COVID-19, la documentación se deriva y recepciona de manera virtual mediante correos electrónicos institucionales; El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N° 27867 y sus modi fi catorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N°005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, con dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR, la transferencia fi nanciera en el presente año fi scal 2021, a favor de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú por la suma de S/. 500,000.00 (quinientos mil soles), destinados a la ejecución del IOAAR con CUI N° 2520753 ADQUISICIÓN DE PLANTA GENERADORA DE OXÍGENO MEDICINAL Y GENERADOR ELÉCTRICO; CONSTRUCCIÓN DE LOSA; EN EL EESS PROVINCIAL DE CASCAS, EN LA LOCALIDAD DE CASCAS, DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA DE GRAN CHIMÚ, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”; los cuales no podrán ser destinados a fi nes distintos para los cuales son trasferidos Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el inciso m) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financieras que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a las unidades respectivas del Gobierno Regional de La Libertad y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del portal electrónico del Gobierno Regional La Libertad POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA PresidenteConsejo Regional La Libertad 1969218-1