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7 NORMAS LEGALES Lunes 5 de julio de 2021 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Aprueban el Plan Operativo Institucional 2021, modificado Versión 03, del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000166-2021-JN/ONPE Lima, 3 de julio de 2021VISTOS: El Informe N.º 000089-2021-GG/ONPE de la Gerencia General, el Informe N.º 000143-2021-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N.º 000763-2021-SGPL-GPP/ONPE, de la Subgerencia de Planeamiento, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N.º 000363-2021-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:El numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N.º 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala, entre otros puntos, que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; El numeral 13.3 del artículo 13 del citado Decreto Legislativo, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Mediante Decreto Legislativo N.º 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Asimismo, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N.º 033-2017/CEPLAN/PCD, y modi fi catorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual tiene por objeto establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; El numeral 6.3 de la sección 6 de la citada “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que el POI Anual en ejecución se modi fi ca, además, cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Con Resolución Jefatural N.º 000470-2020-JN/ONPE aprueba el Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 01, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE); asimismo a través de la Resolución Jefatural N.º 000070-2021-JN/ONPE se aprobó el Plan Operativo Institucional, modi fi cado Versión 02, de la ONPE, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 032: ONPE; Según el numeral 6.6.4.1, literal a) de la Directiva “Formulación, Modi fi cación, Monitoreo y Evaluación de los Planes Institucionales de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, Código: DI01-GPP/PLAN”, Versión: 03, aprobada con Resolución Jefatural Nº 000419-2020-JN/ONPE, describe los supuestos para la modi fi cación del Plan Operativo Institucional: i. Modi fi caciones de la estructura orgánica y/o de la estructura funcional y programática de la institución, ii. Modi fi caciones presupuestarias, que incidan en la ejecución a nivel de actividades o metas presupuestarias del Plan Operativo Institucional, inicialmente aprobado, iii. Actualización del Plan Estratégico Institucional, iv. Disposiciones emanadas por la Alta Dirección, que reorienten las prioridades, lineamientos u objetivos institucionales; En el marco de lo señalado, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe N.º 000143-2021-GPP/ONPE, en el marco su función acotada en el literal b) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante la Resolución Jefatural N,º 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias, sustenta y propone, en atención en la incorporación de mayores fondos públicos en el presupuesto institucional de la ONPE y de las solicitudes de las diversas gerencias de la entidad, la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 03, la misma que fue aceptada por la Gerencia General, mediante el Informe N.º 000089-2021-GG/ONPE; Conforme al marco legal vigente, resulta necesaria la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 03, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales; De conformidad con las normativa antes citada y el literal g) del artículo 5 y el artículo 13 de la Ley N.º 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, así como en el literal s) y t) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N.º 063-2014-J/ONPE y sus modi fi catorias; Con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría General, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar el Plan Operativo Institucional 2021, modi fi cado Versión 03, del Pliego 032: Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer que el cumplimiento del plan antes citado sea responsabilidad de todos los Órganos de la entidad, debiendo formular la evaluación correspondiente en los plazos y forma que establece la normativa vigente. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto efectuar el registro del instrumento de gestión aprobado en la presente Resolución, en el aplicativo CEPLAN V.01; así como, el seguimiento y evaluación del cumplimiento del mismo. Artículo Cuarto.- Disponer que la presente Resolución Jefatural se publique en el diario o fi cial “El Peruano”; asimismo, que dicha Resolución y el Plan Operativo Institucional que aprueba se publiquen en el Portal Institucional de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (www.onpe.gob.pe) y en la Plataforma Digital del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/onpe), el mismo día de su publicación en el diario ofi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1969230-1