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22 NORMAS LEGALES Lunes 5 de julio de 2021 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Designan funcionarios responsables titular y alterno del proceso de gestión de reclamos de la Municipalidad Distrital de Bellavista RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 289-2021-MDB/AL Bellavista, 30 de junio de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, señala que las Municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el cual indica que la autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política, regulan las actividades y funcionamiento del sector público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos; y a los sistemas administrativos del Estado, que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2020- PCM se establecen disposiciones para la gestión de reclamos en las entidades de la Administración Pública, las mismas que, de conformidad a la Segunda Disposición Complementaria Final del referido dispositivo, son de aplicación progresiva conforme a los plazos, cronograma y condiciones estipuladas en la Norma Técnica N° 001-2021-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de Reclamos en las entidades y empresas de la Administración Pública, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2021-PCM/SGP; asimismo, en su Única Disposición Complementaria Derogatoria, se deroga el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM que estableció la obligación de las entidades del Sector Público de contar con un Libro de Reclamaciones; Que, el inciso e) del numeral 3.1 del artículo 3º de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 001-2021-PCM/SGP establece que los gobiernos locales (provinciales y distritales de tipo A, B y D) tienen hasta el 31 de diciembre de 2023 para realizar el proceso de implementación de la plataforma digital “Libro de Reclamaciones” establecida en el Decreto Supremo N° 007-2020-PCM y en la Norma Técnica N° 001-2021-PCM-SGP; Que, el inciso d) del artículo 7º del Decreto Supremo N° 007-2020-PCM establece que la máxima autoridad administrativa de las entidades de la Administración Pública debe designar formalmente a los funcionarios o servidores civiles como responsable titular y alterno, encargados de asegurar el correcto cumplimiento del proceso de gestión de reclamos de la entidad, comunicando dicha designación a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros en un plazo de tres días hábiles de efectuada la designación; Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 116-2021- MDB/AL de fecha 26 de marzo de 2021, se designó al abogado Julio Antonio Moreno Cruz, como Secretario General de la Municipalidad Distrital de Bellavista; Que, en tal sentido, con el objeto de dar fi el cumplimiento de las disposiciones para la gestión de reclamos establecidas en el Decreto Supremo N° 007-2020-PCM, corresponde designar a un responsable titular y a un responsable alterno del proceso de gestión de reclamos de la entidad; ESTANDO A LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS Y DE CONFORMIDAD CON EL NUMERAL 6 DEL ARTÍCULO 20º DE LA LEY N° 27972 - LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR con e fi cacia anticipada a partir del 29 de marzo de 2021 al abogado JULIO ANTONIO MORENO CRUZ, Secretario General de la Municipalidad Distrital de Bellavista, como el funcionario responsable titular del proceso de gestión de reclamos de la entidad, de conformidad con el Decreto Supremo N° 007-2020-PCM. Artículo Segundo.- DESIGNAR al abogado MARIO HUGO EYZAGUIRRE VALDIVIA, Sub Gerente de Trámite Documentario y Archivo Central, como funcionario responsable alterno del proceso de gestión de reclamos de la Municipalidad Distrital de Bellavista. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros la presente resolución, de conformidad con el inciso d) del artículo 7º del Decreto Supremo N° 007-2020-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Comunicaciones encárguese su difusión en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Bellavista www.munibellavista.gob.pe. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto la Resolución de Alcaldía N° 255-2020-MDB/AL de fecha 16 de junio de 2020. Regístrese, comuníquese y cúmplase.DANIEL JUAN MALPARTIDA FILIO Alcalde 1969025-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUPACA Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Provincial de Chupaca ORDENANZA MUNICIPAL Nº 005-2021-MPCH Chupaca, 21 de abril del 2021 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE CHUPACA POR CUANTO:El Concejo Municipal de la Provincia de Chupaca mediante Acuerdo de Concejo Único, en Sesión Extraordinaria Nº 03 celebrada a los 16 días del mes de abril del 2021 en la Sala de Sesiones, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás Normas Complementarias.