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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2021 (05/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Lunes 5 de julio de 2021 El Peruano / Fiscal 2021, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- DESIGNAR al Gerente Regional de Infraestructura, bajo responsabilidad, del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son entregados los recursos que comprende la Transferencia Financieras que se aprueba en el artículo Primero del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a las unidades respectivas del Gobierno Regional de La Libertad y DIFUNDIR el presente Acuerdo Regional a través del portal electrónico del Gobierno Regional La Libertad POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA PresidenteConsejo Regional La Libertad 1969220-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Disponen el embanderamiento general en todas las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito de La Victoria DECRETO DE ALCALDÍA N°007-2021/MLV La Victoria, 2 de julio de 2021.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA; CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política y sus modi fi catorias, en concordancia con el art. II del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, el 28 de julio del presente año se conmemora el Bicentenario de la Independencia del Perú, en tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito los sentimientos de identidad nacional y revalorización de principios cívicos y el respeto y amor a la patria; Que, es deber del gobierno local incentivar la participación cívica de la población victoriana, resaltando los valores nacionales, así como, propiciando la veneración de los símbolos patrios; Que la generación del patriotismo promovida por la gestión municipal, que resalta con los hechos históricos que remarcan nuestra identidad nacional y conciencia cívica, se realiza a través de la celebración de actividades y festividades en conmemoración de las próximas Fiestas Patrias; para ello, es tradicional el mejoramiento y embellecimiento del ornato de la ciudad, como es el embanderamiento general y la limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito de La Victoria, como muestra del respeto y civismo hacia la patria; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 200°, y artículo 420 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General y Gerencia de Asesoría Jurídica; SE DECRETA:Artículo 1°.- Disponer el embanderamiento general, en todas las viviendas, locales comerciales, instituciones públicas y privadas del distrito de La Victoria, a partir de su publicación hasta el 31 de julio del año en curso, como acto cívico al conmemorarse el Bicentenario de la Independencia del Perú. Artículo 2°.- Establecer que las banderas y pabellones nacionales a izar deben estar en buen estado de conservación como muestra de respeto a los símbolos patrios. Artículo 3°.- Exhortar a los vecinos del distrito a fi n de que realicen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo 4°.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional para su efectiva difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones para su publicación en el portal web de la entidad www.munilavictoria.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 1969124-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES