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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2021 (05/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Lunes 5 de julio de 2021 El Peruano / GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de El Porvenir y autorizan suscripción de Convenio ACUERDO REGIONAL N° 070-2021-GRLL/CR Trujillo, 30 de junio de 2021 APROBAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL PORVENIR, POR LA SUMA DE S/ 700.000.00 (SETECIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DE LA IOARR CON CUI N° 2520714 “ADQUISICIÓN DE PLANTA GENERADORA DE OXÍGENO MEDICINAL Y GRUPO ELECTRÓGENO EN EL EESS DE EL PORVENIR - PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD” El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad en su Sesión Ordinaria Virtual de fecha 30 de junio de 2021, VISTO Y DEBATIDO, el O fi cio N° 241-2021-GRLL-GOB/GR, de fecha 23 de junio de 2021, que contiene el expediente administrativo presentado por el Gerente General Regional (e) Arquitecta Maritza Hurtado Castro, relativo a aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, por la suma de S/ 700.000.00 (setecientos mil y 00/100 soles), destinados a la ejecución del IOARR con CUI N° 2520714 “Adquisición de planta generadora de oxígeno medicinal y grupo electrógeno en el EESS de El Porvenir - Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad”., así como, el O fi cio N° 054-2021-GRLL- CR-COMPLAN-P, que adjunta el Dictamen N° 027-2021-GRLL/CR-COMPLAN; emitido por la Comisión Ordinaria de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191 0 de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, dé interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (…); Que, los literales a) y d) del Artículo 15° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados fi nancieros y Presupuestarios. Que, el inciso m) del numeral 16.1 del Artículo 16° de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, respecto a las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2021 autoriza de manera excepcional, las transferencias necesarias para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2021, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado; Que, complementariamente a lo referido párrafo precedente, el numeral 16.2 de la disposición ante indicada, precisa: “Las transferencia fi nancieras autorizadas en el numeral precedente se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y gobiernos locales, mediante acuerdo del Consejo Regional o Consejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos, el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La Resolución del titular del pliego y el acuerdo Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Consejo Municipal se publica en su página web.”; Que el artículo 760 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de la documentación anexa al O fi cio N° 372-2021-MDEP/A, la Municipalidad Distrital del Porvenir, solicita la suscripción de un convenio interinstitucional, para que entre la referida Municipalidad y el Gobierno Regional de La Libertad se suscriba un convenio especí fi co, para el co fi nanciamiento del IOAAR, con código único de inversión N O 2520714 “Adquisición de planta generadora de oxigeno medicinal y grupo electrógeno en el (la) EESS de El Porvenir, Provincia Trujillo, Departamento La Libertad”, para tal efecto el Gobierno Regional La Libertad, debe realizar la transferencia de recursos; ascendente a la suma de S/. 700 000.00; Que, la citadas documentación referida en el considerando precedente, ha sido canalizada a la Gerencia Regional de Salud, quién con O fi cio N° 1636-2021-GRLL-GGR-GRS/OP de fecha 22.Junio.2021, emite opinión favorable ante la Gerencia Regional de Presupuesto, en el mismo solicita informe que contenga la opinión favorable y la disponibilidad de recursos fi nancieros destinados a la Transferencia Financiera requerida por la Municipalidad Distrital del Porvenir, precisándole que la citada información constituye el requisito indispensable para la elaboración del Convenio de Transferencia Financiera, siguiendo los lineamientos contenidos en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 1041-2016-GRLL/GOB; Que, en el Informe N° 059-2021-GRLL-GGR-GRPAT/ SGP, de fecha 22 de junio de 2021, el Sub Gerente de Planeamiento, concluye: De acuerdo al objetivo del convenio, la Gerencia Regional de Salud tiene que representar al Gobierno Regional La Libertad, porque los compromisos y actividades a desarrollarse con la Municipalidad Distrital de El Porvenir, se vinculan con las funciones que desarrolla la indicada Gerencia; por lo tanto según lo establecido en la Norma General Regional, se cali fi ca a esta última, como el órgano promotor del Convenio OPC; del análisis realizado al expediente de la Propuesta del Convenio de Cooperación Interinstitucional entre el Gobierno Regional la Libertad y la Municipalidad Distrital de El Porvenir, esta Sub Gerencia de Planeamiento emite OPINIÓN FAVORABLE a la suscripción del citado Convenio. “; Asimismo, mediante Informe N° 141-2021-GRLL- GOB-GGR/GRP, de fecha 23 de junio de 2021, el Gerente Regional de Presupuesto, concluye: “(...) existe la disponibilidad presupuestaria y fi nanciera por S/.