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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2021 (11/07/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Domingo 11 de julio de 2021 El Peruano / los emprendimientos privados vinculados a la actividad turística; Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se autoriza la asignación de recursos en el pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo hasta por la suma de S/ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el otorgamiento de subvenciones a favor de los bene fi ciarios ganadores del Concurso Público que se realice en el marco del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, aprobado mediante Decreto Supremo 002-2019-MINCETUR; Que, en la Segunda Sesión virtual del 22 de febrero de 2021, el Comité Multisectorial de Selección del Programa “Turismo Emprende” Año 2021, aprueba las Bases del Concurso Público del Programa “Turismo Emprende” – Año 2021- I, las cuales de acuerdo a lo señalado en el numeral 3.3 de la Parte III Co fi nanciamiento del citado documento, precisan que cuenta con un fi nanciamiento de hasta S/ 27 000 000,00 (VEINTISIETE MILLONES Y 00/100 SOLES); Que, en la Tercera Sesión virtual, realizada el 04 de mayo de 2021, el citado Comité Multisectorial aprueba el listado fi nal de elegibles del citado Concurso Público, con trescientos cincuenta y nueve (359) elegibles, disponiendo su publicación en el portal web institucional del Programa “Turismo Emprende”; Que, asimismo, en la Cuarta Sesión virtual del 21 de mayo de 2021, el Comité Multisectorial aprueba otorgar un plazo excepcional hasta el 10 de junio de 2021 a favor de la empresa VERO ITALIANO E.I.R.L, cuyo emprendimiento con código de proyecto TEMR-1-P-2376-21, ha sido considerado en el listado fi nal de elegibles a que se hace referencia en el considerando anterior, con la fi nalidad que en dicho plazo la citada empresa proceda a presentar la documentación requerida por la Secretaría Técnica del Programa “Turismo Emprende” y se proceda a suscribir, de corresponder, el Convenio de Co fi nanciamiento respectivo; Que, en la Quinta Sesión virtual, llevada a cabo el día 02 de junio de 2021, el Comité Multisectorial aprueba la lista de trescientos cincuenta y siete (357) emprendimientos ganadores bene fi ciarios para que de acuerdo a lo señalado en el literal c) del numeral 10.1 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2019-MINCETUR, se les declare ganadores mediante la respectiva Resolución Ministerial, razón por la cual mediante la Resolución Ministerial N° 076-2021-MINCETUR se procede a declarar a los ganadores bene fi ciarios del referido Concurso Público; Que, de acuerdo a los documentos de Visto se sustentan técnica y legalmente que el emprendimiento elegible VERO ITALIANO E.I.R.L, suscribió el respectivo Convenio de Co fi nanciamiento dentro del plazo excepcional otorgado por el Comité Multisectorial, por lo que se considera pertinente declarar ganador bene fi ciario del Concurso Público 2021-I a la empresa VERO ITALIANO E.I.R.L, con el proyecto con código TEMR-1-P-2376-21; mediante Resolución Ministerial y autorizar el otorgamiento de la subvención correspondiente Que, de acuerdo a lo previsto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1326 y el numeral 15.3 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-1029-MINCETUR, mediante resolución del Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo se declara a los ganadores bene fi ciarios del Concurso Público y se autoriza la subvención, detallando el monto que se otorgará a cada uno de ellos en función a la modalidad del emprendimiento, previa suscripción del Convenio de Financiamiento y/o Co fi nanciamiento y de acuerdo a los requisitos dispuestos en dicho Reglamento y las bases. La precitada resolución deberá publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del MINCETUR; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto Legislativo N° 1329, que crea el Programa “Turismo Emprende”; el Decreto Supremo Nº 010-2020-MINCETUR, que modi fi ca el período de vigencia del Programa “Turismo Emprende”; el Decreto Supremo Nº 002-2019-MINCETUR, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1329 y el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Declarar ganador bene fi ciario del Concurso Público del Programa “Turismo Emprende” – Año 2021 – I a la empresa VERO ITALIANO E.I.R.L y, autorizar el otorgamiento de la subvención ascendente a la suma de S/ 79 669,00 (Setenta y Nueve Mil Seiscientos Sesenta y Nueve y 00/100 Soles) cuyo desembolso se efectúa de acuerdo a lo establecido en el respectivo Convenios de Co fi nanciamiento. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1971571-1 CUL TURA Otorgan la distinción de “Personalidad Meritoria de la Cultura” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000176-2021-DM/MC San Borja, 8 de julio del 2021VISTOS; el Proveído N° 003085-2021-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 000225-2021-DGIA/MC y el Memorando N° 000713-2021-DGIA/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Memorando N° 000133-2021-DDC ANC/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Áncash; el Informe Nº 000789-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.17 del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Ministerio de Cultura tiene entre sus funciones el otorgar reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país; Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográ fi ca y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor; Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;