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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JUNIO DEL AÑO 2021 (03/06/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 3 de junio de 2021 El Peruano / b) Los magistrados y personal de esta CSN, podrán realizar las tres horas de trabajo remoto complementario de manera presencial, en el horario de 15:00 a 18:00 horas, estableciendo que la hora de refrigerio será desde las 14:00 hasta las 15:00 horas. Para tal efecto deberán dirigir una solicitud a la Administración de la CSN, en el caso de los servidores judiciales, y a la Presidencia de esta Corte, en el caso de los magistrados, solicitando efectivizar su trabajo remoto complementario de manera presencial, bajo los parámetros señalados; c) En el caso de los servidores que realizan resguardo, seguridad y vigilancia deberán prestar dichos servicios en consonancia con el horario establecido con su jefe inmediato y con sujeción a jornadas acumulativas, siempre que las mismas no excedan de 48 horas semanales. Asimismo, la Administración de esta CSN deberá informar a esta Presidencia, en el plazo de 05 días hábiles de emitida la presenta Resolución, la relación de servidores judiciales que han solicitado la modalidad en el apartado b). En ese orden de ideas, para el caso de los magistrados de todas las instancias se continuará con dos grupos de trabajo presencial interdiario: grupos “A” y “B”, conforme al siguiente detalle: Sistema Especializado en Crimen Organizado N Grupo “A” Grupo “B” 11° Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente2° Sala Penal de Apelaciones Nacional Permanente 21° Sala Penal Superior Nacional Transitoria2° Sala Penal Superior Nacional Transitoria 34° Sala Penal Superior Nacional Transitoria3° Sala Penal Superior Nacional Transitoria 4 Juzgado Penal Colegiado Nacional PermanenteJuzgado Penal Colegiado Conformado (1°, 2° y 3° Juzgado Penal Unipersonal Nacional Permanente) 51° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente2° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente 63° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente4° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente 7Juzgado Penal Supraprovincial Transitorio_______ Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios N Grupo “A” Grupo “B” 11° Sala Penal de Apelaciones Nacional PermanenteJuzgado Penal Colegiado Conformado (1°, 2° y 3° Juzgado Penal Unipersonal Nacional Permanente) 24° Juzgado Penal Unipersonal Nacional Permanente1° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente 32° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente3° Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional Permanente Respecto al personal jurisdiccional y administrativo, el administrador de la CSN en coordinación con las administradoras de los módulos de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios y de la Responsable Administrativa de los Órganos Jurisdiccionales del CPP 1940 deberán continuar con la distribución de todos los servidores que efectuarán trabajo presencial interdiario en los grupos “A” y “B”, ordenado mediante Resolución Administrativa N.º N.º 000055-2021-P-CSJPE-PJ. 2. Sobre el trabajo remoto: a fi n de complementar la modalidad de trabajo presencial interdiario, se establece la modalidad de trabajo remoto desde el 01 al 30 de junio de 2021, en el horario de ocho horas diarias, el mismo que deberá realizarse conforme a lo dispuesto en la Versión N.º 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 000408-2020-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2020. En dicha modalidad de trabajo se continuará realizando el encargo, labores o actividades indicadas por el juez o jefe inmediato de las áreas correspondientes, quienes controlarán la ejecución del trabajo remoto del personal a su cargo. Los servidores durante la jornada laboral deberán mantener los canales de comunicación abiertos, bajo responsabilidad funcional. 3. Sobre la población vulnerable: deberán continuar realizando trabajo remoto cumpliendo estrictamente lo estipulado en la Versión N.º 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa N.º 000408-2020-CE-PJ de fecha 30 de diciembre de 2020. 4. Sobre la supervisión de labores: el administrador de la CSN, así como las administradoras de los módulos de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, la Responsable Administrativo de los Órganos Jurisdiccionales de 1940, los relatores de sala, la secretaria de actas, el secretario de Mesa de Partes y los responsables de área en general, deberán supervisar, en el marco de sus competencias, que el personal jurisdiccional y administrativo a su cargo cumpla con el trabajo presencial interdiario y trabajo remoto, en el horario y jornada establecidos, respectivamente. 5. Sobre el retiro de expedientes: se autoriza a los jueces de todas las instancias de los Sistemas Especializados en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios el retiro de los expedientes a su cargo, con la fi nalidad de realizar trabajo remoto en los días que corresponda, quienes deberán comunicar la relación de los expedientes a retirar con 24 horas de anticipación con la fi nalidad de optimizar las medidas sanitarias y de seguridad, y de continuar preservando la salud de los jueces y del personal jurisdiccional y administrativo, así como de evitar el congestionamiento en los desplazamientos para el retiro de expedientes. Dicha comunicación será dirigida a los siguientes responsables: Órganos Jurisdiccionales Responsable Código de Procedimientos Penales Responsable Administrativo de los OO. JJ del CPP 1940 CPP del Sistema Especializado en Delitos de Crimen OrganizadoAdministración del Módulo CPP del Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de FuncionariosAdministración del Módulo Si fuese necesario se podrá designar al personal autorizado para retirar expedientes judiciales. Dicha responsabilidad será asumida por: i) los jueces de todas las instancias de los Órganos Jurisdiccionales que se rigen bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940; y ii) las Administradoras de los Módulos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios para los Órganos Jurisdiccionales que se rigen bajo el CPP. Siguiendo el procedimiento fi jado por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en el numeral 2.4 de la Resolución Administrativa N.º 000053-2021-P-CE-PJ. Para el retiro de expedientes se deberá cumplir con el Plan para la Vigilancia, Prevención y Control del COVID-19 en el Trabajo del Poder Judicial (V.3), que fue aprobado mediante la Resolución Administrativa N.º 000375-2020-CE-PJ, de fecha 22 de diciembre de 2020. La Administración de la CSN deberá continuar brindando los implementos de bioseguridad necesarios a los jueces de todas las instancias y al personal designado para tal fi n. 6. Sobre la recepción de documentos: se continuará realizando mediante la Mesa de Partes Electrónica (MPE- EJE y no EJE); asimismo se precisa que el Expediente Judicial Electrónico solo se encuentra habilitado para la Etapa Intermedia en los procesos del CPP. La O fi cina de Administración en coordinación con el responsable del área de Imagen Institucional de la CSN deberán continuar la difusión de los enlaces para el ingreso de documentos en la Mesa de Partes Electrónica (MPE- EJE y no EJE); así como de los teléfonos habilitados, enlace para citas electrónicas para Mesa de Partes https://gestionsij.pj.gob.pe/citasMP/ y los correos electrónicos para las citas de las Mesas de Partes, en las redes sociales de la CSN, y su publicación en las puertas de las sedes de Tacna y Carlos Zavala. De manera excepcional cuando no sea posible su recepción de documentos de forma virtual se podrá