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165 NORMAS LEGALES Domingo 6 de junio de 2021 El Peruano / Gastos de Traslado ida: (equipaje, bagaje e instalación) US $ 7,137.21 x 2 compensaciones US$ 14,274.42 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero: US $ 7,137.21 / 30 x 10 días (junio 2021) US$ 2,379.07 US $ 7,137.21 x 6 meses (julio - diciembre 2021) US$ 42,823.26 Total a pagar US$ 62,232.15 Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto SupremoNº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en misión de estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del año fi scal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El O fi cial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado O fi cial Superior revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la misión de estudios en el exterior. Artículo 8.- El citado O fi cial Superior está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1960410-1 Autorizan viaje de personal militar FAP a Honduras, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0264-2021-DE Lima, 4 de junio de 2021VISTOS: El O fi cio Extra FAP Nº 000864-2021-SECRE/ FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 00735-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00510-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante SITFAGRAMA NO. CONTROL: HON-2021-045, los O fi ciales de Enlace de las Fuerzas Aéreas-OENFA de Estados Unidos y de Honduras, hacen extensiva la invitación a la SPS/OENFAs/SITFAAs/Países Observadores/invitados especiales que conforman las Fuerzas Aéreas de todos los países miembros del sistema de Cooperación, entre las cuales se encuentra la Fuerza Aérea del Perú, para participar en la Sexagésima Primera Conferencia de Jefes de Fuerzas Aéreas Americanas (LXI CONJEFAMER), a llevarse a cabo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, del 14 al 19 de junio de 2021; Que, con Memorándum NC-35-JEMG-SGFA-Nº 0055, la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú comunica al Teniente General Alfonso Javier ARTADI SALETTI, al Coronel FAP Javier Humberto LOPEZ ZUBIAURR y al Comandante FAP Samuel Román CABRERA PASTOR, que han sido designados para participar en el evento denominado LXI CONJEFAMER del Sistema de Cooperación de las Fuerzas Aéreas Americanas (SICOFAA), en el lugar y fechas antes señaladas; Que, a través del Informe Legal Secre Nº 005-2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la FAP considera que la propuesta de viaje al exterior del referido personal militar FAP, en comisión de servicio, resulta legalmente viable; Que, con la Papeleta de Trámite Nº 002074-2021-SECRE/FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú remite a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada la documentación que sustenta la autorización del viaje al exterior del citado personal y solicita gestionar el proyecto de Resolución Ministerial correspondiente; Que, mediante Exposición de Motivos, suscrita por la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Secretaría General de la FAP, anexada a la Papeleta de Trámite Nº 002074-2021-SECRE/FAP, se informa que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar para participar en la reunión LXI CONJEFAMER 2021 del SICOFAA, por cuanto, les permitirá intercambiar experiencias y adquirir nuevos conocimientos para afrontar la incidencia de desastres naturales, emergencias sanitarias como la Pandemia del COVID-19 u otras situaciones de emergencia que sobrepasan las capacidades nacionales, tal como ha ocurrido en el Perú en los últimos años y que permitió la activación del SICOFFA para brindar apoyos de medio aéreos y llevar ayuda humanitaria a las poblaciones afectadas; asimismo, se precisa que los gastos por concepto de alojamiento y alimentación, a excepción de pasajes aéreos, serán cubiertos por la Fuerza Aérea de Honduras; de igual manera, señala que debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográ fi ca, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, la cual aprueba los porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056- 2013-PCM; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos N° 0021 DGVC-ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y tarifa única por uso de aeropuertos de ida y vuelta, además del fi nanciamiento parcial equivalente al veinte por ciento (20%) de viáticos en comisión de servicio en el exterior, los cuales se asumirán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE-SG; Que, asimismo, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000050, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje al exterior; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno