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167 NORMAS LEGALES Domingo 6 de junio de 2021 El Peruano / Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único . Designar al señor Juan Safra Meléndez, en el puesto de Director de la Dirección de Operaciones de Tesorería de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1960397-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 008-2021-EF/52.01 Mediante O fi cio Nº 005-2021-EF/11.03, el Ministerio de Economía y Finanzas solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral N° 008-2021-EF/52.01, publicada en la edición del día 31 de mayo de 2021. - En el artículo 1: DICE: “Artículo 1. Objeto Aprobar la Directiva N° 008-2021-EF/52.01 “Directiva de Desembolso de Operaciones de Endeudamiento”, así como sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral”. DEBE DECIR: “Artículo 1. Objeto Aprobar la Directiva N° 001-2021-EF/52.04 “Directiva de Desembolso de Operaciones de Endeudamiento”, así como sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral”. - En el artículo 3: DICE: “Artículo 3. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como de la Directiva N° 008-2021-EF/52.01 “Directiva de Desembolso de Operaciones de Endeudamiento” y sus anexos en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. DEBE DECIR: “Artículo 3. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como de la Directiva N° 001-2021-EF/52.04 “Directiva de Desembolso de Operaciones de Endeudamiento” y sus anexos en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial “El Peruano”. 1960079-1ENERGIA Y MINAS Aprueban la modificación del numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0084-2021-MINEM/DGE Lima, 25 de mayo de 2021 CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2018-EM publicado el 23 de julio de 2018, se aprobó el mecanismo de racionamiento para el abastecimiento de gas natural al mercado interno ante una declaratoria de emergencia; Que, el Decreto Supremo Nº 017-2018-EM, establece que se considera Emergencia el desabastecimiento total o parcial de gas natural en el mercado interno por cualquier situación que afecte el suministro y/o transporte y/o distribución de gas natural, debidamente cali fi cada como tal por el Ministerio de Energía y Minas mediante Resolución Ministerial; Que, declarada la Emergencia por el Ministerio de Energía y Minas y activado el Mecanismo de Racionamiento por la Dirección General de Hidrocarburos, se debe realizar las asignaciones de volúmenes de gas natural, en orden de prioridad y prorrateo, correspondiendo al mercado de generación eléctrica el tercer orden de prioridad; agregándose que el Productor asigna los volúmenes de Gas Natural a cada Generador Eléctrico, conforme a lo que disponga el Comité de Operación Económica del Sistema Interconectado Nacional en concordancia con lo establecido en la Norma Técnica para la Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados; Que, resulta necesario mejorar el criterio de e fi ciencia que permita el máximo aprovechamiento del gas natural para la generación de electricidad establecido en el numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, de manera que su aplicación sea el resultado de la comprobación de la insu fi ciencia de la disponibilidad de gas natural para el despacho económico de las centrales térmicas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2021-MINEM/DM, se autorizó la publicación del proyecto de Resolución Directoral que modi fi ca el numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados, con la fi nalidad de recibir sugerencias, comentarios o recomendaciones que pudieran contribuir a mejorar el dispositivo legal, otorgando un plazo de treinta (30) días calendario para dicho fi n; De conformidad con lo establecido en el inciso u) del artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados Modifíquese el numeral 5.4.10 de la Norma Técnica de Coordinación de la Operación en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados aprobada por la Resolución Directoral Nº 014-2005-DGE, a efecto que tenga la siguiente redacción: “5.4.10 Cuando se active el Mecanismo de Racionamiento a que se re fi ere el Decreto Supremo Nº 017-2018-EM y el volumen diario de gas disponible para la generación eléctrica sea insu fi ciente para el despacho económico sin restricción de abastecimiento de gas, el COES aplicará en la programación de la operación y/o en