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23 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de junio de 2021 El Peruano / distintos decretos supremos, hasta el Decreto Supremo Nº 105-2021-PCM, publicado el 27 de mayo de 2021, que amplía el Estado de Emergencia Nacional por treinta (30) días calendario, a partir del día 1 de junio de 2021; Que, asimismo, mediante la Ley Nº 31016, Ley que establece medidas para el despliegue del control simultáneo durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, publicada el 06 de abril de 2020, en el Diario Ofi cial El Peruano, se dispuso que la Contraloría General de la República desarrolle control sobre la emergencia sanitaria por el COVID-19, aplicando el control simultáneo bajo las modalidades de Control Concurrente, Visita de Control y Orientación de O fi cio, sin perjuicio de las actuaciones que pudiera realizar posteriormente, reguladas en la Ley Nº 27785, dentro de las cuales se encuentra el control al proceso de gestión de la vacunación contra el COVID-19; Que, con Resolución de Contraloría Nº 026-2021- CG, se aprobó el Plan Nacional de Control 2021, el cual establece las metas de los servicios de control y servicios relacionados priorizados a ejecutarse durante el año 2021 por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control; Que, con Resolución de Contraloría Nº 086-2021- CG, se aprobó la Directiva Nº 005-2021-CG/GMPL “Directiva de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control 2021 de los Órganos de Control Institucional”, siendo modi fi cada mediante Resolución de Contraloría Nº 123-2021-CG, que regula el proceso de programación, seguimiento y evaluación del Plan Anual de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas al ámbito del Sistema Nacional de Control para el período 2021, en cuyo numeral 7.1.10 señala que los Órganos de Control Institucional elaboran, registran y remiten el proyecto del Plan Anual de Control a través del Sistema de Control Gubernamental Web, a las unidades orgánicas de línea y órganos desconcentrados de la Contraloría, bajo cuyo ámbito de control se encuentra la entidad a la que pertenecen los Órganos de Control Institucional; asimismo, en sus numerales 7.1.11 y 7.1.12 se establece que las unidades orgánicas de línea y órganos desconcentrados revisan y validan en el Sistema de Control Gubernamental Web, los referidos proyectos del Plan Anual de Control, y de encontrarlos conformes, los remiten mediante el mencionado sistema a la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones para su correspondiente revisión, consolidación y remisión a la Gerencia de Modernización y Planeamiento, para el trámite de aprobación correspondiente; Que, en dicho contexto, Ia Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones emitió la Hoja Informativa Nº 000298-2021-CG/PLPREPI, en la cual se señala que los Órganos de Control Institucional de las entidades han registrado sus proyectos del Plan Anual de Control 2021 en el Sistema de Control Gubernamental Web, y los han remitido a las unidades orgánicas de línea y órganos desconcentrados de los cuales dependen, quienes en el marco de sus funciones revisaron dichos proyectos y luego de encontrarlos conformes, procedieron a validarlos y remitirlos mediante el mencionado sistema a la citada Subgerencia, la misma que ha efectuado la revisión de los proyectos del Plan Anual de Control de los referidos Órganos de Control Institucional, encontrando que un total de quinientos noventa y cinco (595) se encuentran expeditos para continuar con su trámite de aprobación; es así que, remite la propuesta de aprobación de los citados proyectos del Plan Anual de Control, a la Gerencia de Modernización y Planeamiento, quien efectúa el respectivo trámite de aprobación, mediante Memorando Nº 000244-2021-CG/GMPL; Que, conforme a lo opinado por la Gerencia Jurídico Normativa, mediante Hoja lnformativa Nº 000216-2021-CG/GJN, y de acuerdo a lo expuesto en la Hoja lnformativa Nº 000112-2021-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que aprueba los Planes Anuales de Control 2021 de quinientos noventa y cinco (595) Órganos de Control Institucional, atendiendo la propuesta formulada por la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, mediante Hoja lnformativa Nº 000298-2021-CG/PLPREPI, y el Memorando Nº 000244-2021-CG/GMPL de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2021 de quinientos noventa y cinco (595) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, las mismas que se encuentran sujetas a control por parte del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- Disponer que las unidades orgánicas de línea y los órganos desconcentrados de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional de las entidades cuyos Planes Anuales de Control se aprueban por la presente Resolución, se encarguen de supervisar su ejecución. Artículo 3.- Establecer que las unidades orgánicas de línea y los órganos desconcentrados de la Contraloría General de la República, son responsables del cumplimiento del total de metas establecidas en el Plan Nacional de Control 2021. Artículo 4.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, y a su vez esta con su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en el Portal Web Institucional (www.contraloria.gob.pe), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1961184-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional de Moquegua UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 489-2021-UNAM Moquegua, 26 de mayo de 2021VISTOS, El Informe Nº 157-2021-DIGA/CO/UNAM del 25.05.2021, el Informe Legal Nº 384-2021-OAJ/CO-UNAM del 21.05.2021, el Informe Nº 331-2021-URH/DIGA/UNAM del 20.05.2021, el O fi cio Nº 000278-2021-SERVIR-PE del 13.05.2021, el Informe Nº 449-2021/OPP/UNAM del 27.04.2021, el Informe Nº 100-2021-UPE-OPP/UNAM del 27.04.2021, el Informe Nº 254-2021-URH/DIGA/UNAM del 22.04.2021; y, el Acuerdo de Sesión Ordinaria Virtual de Comisión Organizadora de fecha 26 de mayo de 2021, y; CONSIDERANDO: Que, el párrafo cuarto del artículo 18º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, reconoce la autonomía universitaria, en el marco normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que guarda concordancia con el Artículo 7º del Estatuto de la Universidad Nacional de Moquegua. Que, con Informe Nº 254-2021-URH/DIGA/UNAM de fecha 22.04.2021, el Jefe de la Unidad de Recursos humanos, remite a la O fi cina de Planeamiento y