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18 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de junio de 2021 / El Peruano ORGANISMOS EJECUTORES INTENDENCIA NACIONAL DE BOMBEROS DEL PERU Designan responsable de brindar la información que demanden los administrados ante la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 044-2021-INBP San Isidro, 4 de junio de 2021VISTA:La Nota Informativa Nº 064-2021-INBP/OA de la Ofi cina de Administración, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1260 se fortalece el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú como parte del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y se regula la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio del Interior que ejerce rectoría en materia de prevención, control y extinción de incendios, atención de accidentes, rescate urbano y apoyo en incidentes con materiales peligrosos, estableciendo su ámbito de competencia, funciones generales y estructura orgánica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2017-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, que tiene por fi nalidad de fi nir y delimitar las facultades, funciones y atribuciones de los órganos que conforman la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, así como de fi nir su estructura orgánica hasta el tercer nivel organizacional siendo de aplicación a todos los órganos y unidades orgánicas de la INBP; Que, por Resolución Suprema Nº 033-2021-IN del 02 de febrero de 2021 se designó al Abog. Luis Antonio Ponce La Jara en el cargo de Intendente Nacional de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, el numeral 1.12 del artículo IV del Titulo Preliminar del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, regula el Principio de Participación, el mismo que menciona que las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren, sin expresión de causa, salvo aquellas que afecten la intimidad personal, las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por Ley; Que, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado con Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, establece en su artículo 1º que la presente Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia y acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; estableciendo que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del Principio de Publicidad; Que, conforme al segundo párrafo del artículo 4º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modi fi cado con la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS, establece que la designación de funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad en la Entidad y será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución de Intendencia Nº 105- 2019-INBP de fecha 22 de julio 2019, se designó al abogado Jaime Leonardo Garibay Egusquiza, en adición a sus funciones como asesor de la O fi cina de Administración, como responsable de brindar la información que demanden los administrados ante la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, Que, a través de la Resolución de Intendencia Nº 035-2021-INBP 06 de mayo 2021, se dio por concluida la designación del abogado Jaime Leonardo Garibay Egusquiza, como asesor de la O fi cina de Administración de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú; Que, en ese sentido, resulta necesario designar a un nuevo responsable de brindar la información que demanden los administrados ante la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, quien conforme a sus obligaciones detalladas en los artículos 5 y 5ª del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 011-2018-JUS y 070-2013-PCM; Que, de conformidad con los artículos 7º y 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Intendencia Nacional de Bomberos del Perú, el Intendente Nacional es la más alta autoridad de la entidad, ejerce las REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. 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