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11 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de junio de 2021 El Peruano / - MINSA, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo - MTPE, Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP); Que, de acuerdo a lo previsto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género de la Política Nacional de Igualdad de Género, las entidades públicas formulan o adecúan los protocolos o normas equivalentes, de cada uno de los servicios priorizados en la Política Nacional de Igualdad de Género, con la asistencia técnica del MIMP, de acuerdo al cronograma que forma parte del Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género; asimismo, se dispone que los protocolos de los servicios priorizados en la Política Nacional de Igualdad de Género son aprobados mediante resolución de el/la titular de cada entidad; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, propone la aprobación del “Protocolo de implementación del servicio N° 4.3.7 Seguimiento y monitoreo para el cumplimiento de la implementación y funcionamiento de los lactarios institucionales”, por lo que para la elaboración de dicho instrumento, ha contado con la asistencia técnica de la Dirección de Políticas de Igualdad de Género y no Discriminación de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación; así como, se señala que el proyecto de Protocolo tiene la conformidad de la O fi cina de Monitoreo y Evaluación de Políticas de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada; Que, el protocolo propuesto establece el modelo operacional del servicio de la Política Nacional de Igualdad de Género, de fi niéndolo e identi fi cando a sus actores, actividades operativas y estándares de cumplimiento, entre otros, el cual ha sido elaborado en el marco de lo establecido en los “Lineamientos para la elaboración de los protocolos o normas equivalentes de implementación de los servicios de la Política Nacional de Igualdad de Género - PNIG”, aprobados por Resolución Ministerial N° 116-2021-MIMP y cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; por lo que, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de la Mujer, del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Dirección General de Igualdad de Género y no Discriminación, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias; en el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; en el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; en el Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Igualdad de Género, y, en el Decreto Supremo N° 002-2020-MIMP, Decreto Supremo que aprueba el Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género de la Política Nacional de Igualdad de Género; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Protocolo de implementación del servicio N° 4.3.7 Seguimiento y monitoreo para el cumplimiento de la implementación y funcionamiento de los lactarios institucionales”, que como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación del Protocolo a que se re fi ere el artículo 1, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1960789-1 PRODUCE Autorizan otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas que ejecutan Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, derivados de los Concursos PNIPA 2017-2018; 2018-2019 y 2020-2021 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 015-2021-PRODUCE-PNIPA-DE Lima, 5 de junio de 2021VISTO;El Informe N° 030-2021-PRODUCE-PNIPA/ DO de la Dirección de Operaciones, Informe N° 00000046-2021-PNIPA/UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Técnico N° 00000033-2021-PNIPA/UIA-UIP, de las Unidades de Innovación en Acuicultura y de Pesca, que remiten la relación de las subvenciones a Entidades Privadas que resultaron adjudicados con Subproyectos de Innovación en Pesca y de Acuicultura, en el marco de los Concursos PNIPA 2017-2018; 2018-2019 y 2020-2021 (SIA, SIADE, SEREX y SFOCA) respectivamente, y el Informe N° 030-2021-PRODUCE-PNIPA/UAL, de la Unidad de Asesoría Legal; CONSIDERANDO; Que, mediante Decreto Supremo N° 396-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo a ser acordada entre la República del Perú y el Banco Internacional de la Reconstrucción y Fomento (BIRF/Banco Mundial), por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura (PNIPA); Que, la República del Perú y el BIRF/Banco Mundial, con fecha 13 de marzo de 2017, fi rmaron el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, por USD 40 millones, destinada a fi nanciar parcialmente el PNIPA; Que, el Ministerio de la Producción, emitió la Resolución Ministerial N° 198-2017-PRODUCE, a través de la cual, crea la Unidad Ejecutora 005: Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura, en el Pliego 038: Ministerio de la Producción que constituye un Programa de Inversión Pública, con declaratoria de viabilidad Código PROG-19-2014-SNIP. El Programa tiene como uno de los ejes principales de la intervención, a la movilización de recursos concursables para fi nanciar subproyectos de I&D+I, a través de las convocatorias periódicas con alcance nacional, a estas podrán participar empresas, asociaciones de productores, universidades, centros de investigación y otros agentes que se organicen a través de alianzas estratégicas para presentar propuestas de subproyectos en Pesca y Acuicultura; Que, mediante Resolución Ministerial N° 346-2017-PRODUCE de fecha 24 de julio de 2017, se aprobó el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Innovación en Pesca y Acuicultura; Que, de acuerdo con lo previsto en el Contrato de Préstamo N° 8692-PE, con relación especí fi camente al fi nanciamiento de subproyectos con los recursos asignados al PNIPA, en el Apéndice 2, Sección I, literal B “Subproyectos”, se establece entre otros que: “Para