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54 NORMAS LEGALES Martes 15 de junio de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 002-2021/MDPN Punta Negra, 25 de febrero del 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA; VISTO,El acuerdo de Concejo Nº 008-2021/MDPN y demás documentos que sustenta el presente; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana, destinado a garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades. Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 2056- 2019-IN de fecha 20 de diciembre del 2019, se aprueba entre otras, la Directiva Nº 011-2019-In-DGSC, que regula los lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación y seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana. Que, mediante Informe Nº 007-2021-ST/CODISEC- PN, el responsable de la Secretaria Técnica CODISEC, remite el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021 y visto el O fi cio Nº D000331-2021-MML-GSGC del 23 de febrero de 2021 dicho Plan ha sido declarado “APTO PARA SU IMPLEMENTACIÓN” por la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana - CORESEC LM, según Informe Técnico Nº 019-2021-MML-GSGC-STCSC-EPPSC de fecha 19 de febrero de 2021. Ente jerárquico superior, corresponde implementarse mediante Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 024-2021-GAJ/MDPN del 24 de enero del 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para su aprobación, ante el Concejo Municipal; y mediante el Acuerdo de Concejo Nº 008-2021/MDPN, se aprueba por unanimidad, el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021. Que, en uso de las facultades conferidas, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el VOTO UNANIME del Concejo Municipal, se aprobó: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2021 Artículo Primero.- APRUÉBASE el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2021, presentado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC de Punta Negra, y declarado apto para su implementación por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana - CORESEC - LM, cuyo texto en Anexo forma parte integrante de la presente.DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- ENCARGAR a la Secretaria Técnica y Sub. Gerencia de Serenazgo el cumplimiento del presente. Segundo.- FACULTESE al señor Alcalde (e), para que mediante Decreto de Alcaldía, de ser necesario, dicte las medidas complementarias a lo dispuesto en la presente ordenanza. Tercero.- PUBLÍCASE la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y su Anexo, en el Portal Electrónico de la Municipalidad. JULIA IBET TATAJE TABOADA Alcalde (e) 1962751-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza que aprueba el Plano del Sistema Vial del distrito de San Martín de Porres ORDENANZA Nº 519-MDSMP San Martín de Porres, 7 de junio del 2021EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO:El Informe Nº 068-2021-GDU/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 035-2021-AL-GDU de Asesoría Legal adscrita a la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 222-2021-SGLHyPU-GDU-MDSMP de la Subgerencia de Licencias, Habilitaciones y Planeamiento Urbano, el Informe Técnico Nº 034-2021-NFBE/SGLHyPU-GDU-MDSMP de la Subgerencia de Licencias, Habilitaciones y Planeamiento Urbano, sobre proyecto de Ordenanza que aprueba el Plano del Sistema Vial Local Principal del distrito de San Martín de Porres; el Informe Nº 326-2021-GAJ-MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 2080-2021-GM-MDSMP de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 002-2021-CDU/MDSMP de la Comisión de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las Municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley (…)”. Asimismo el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”;