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166 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de marzo de 2021 / El Peruano MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC RECTIFICACIÓN ORDENANZA Nº 004-2021-MPH-BCA En la edición del día 7 de marzo de 2021, aparece citado en el sumario la “Ordenanza Nº 004-2021-MPH-BCA.- Aprueban Bases del Sorteo para los Buenos Contribuyentes que pagan el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021”; pero al interior de la edición solo se publicó la sumilla, por lo cual se procede a publicar en su integridad el citado dispositivo. APRUEBAN BASES DEL SORTEO PARA LOS BUENOS CONTRIBUYENTES QUE PAGAN EL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES 2021 Bambamarca, 18 de enero de 2021VISTO:El Informe Técnico Nº 05-2021-M.P.H-BCA/G.A.T/ C.P.P.R, de fecha 14 de enero de 2021 y el Informe Legal N° 18-2021-MPH-BCA/GAJ, de fecha 15 de enero de 2021, sobre aprobación de incentivos para el buen contribuyente del Impuesto Predial y Arbitrios, y; CONSIDERANDO Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que las Municipalidades tienen autonomía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa, la que se ejerce entre otras a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley, conforme se establece en el numeral 4) del artículo 200° de la citada Constitución, concordante con el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General, en lo que corresponde a los actos administrativos, señala: “Son actos administrativos, las declaraciones de las entidades que, en el marco de normas de derecho público, están destinadas a producir efectos jurídicos sobre los intereses, obligaciones o derechos de los administrados dentro de una situación concreta”; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, y sus modi fi catorias, en su Artículo 59º.- Disposición De Bienes Municipales, los bienes municipales pueden ser transferidos, concesionados en uso o explotación, arrendados o modi fi cado su estado de posesión o propiedad mediante cualquier otra modalidad, por acuerdo del Concejo Municipal; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, señala: “artículo 6º.- Los impuestos municipales son, exclusivamente, los siguientes: a) Impuesto Predial”; “artículo 8º.- El Impuesto Predial es de periodicidad anual y grava el valor de los predios urbanos y rústicos”; “artículo 68º.- Las Municipalidades podrán imponer las siguientes tasas: a) Tasas por servicios públicos o arbitrios: son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente”. Que, la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca promueve la cultura tributaria, el cumplimiento oportuno en los pagos por conceptos de Impuesto Predial y Arbitrios 2021 entre los contribuyentes, con el propósito de otorgar un tratamiento distintivo a los buenos contribuyentes. El contribuyente que participe en dicho sorteo lo hará de forma gratuita, automática y sujetándose a las reglas contenidas en la presente bases, para efectos del sorteo a los buenos contribuyentes que pagan el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021; Que, estando a lo dispuesto en los artículos 9° numeral 8), 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, contando con el VOTO UNÁNIME de los señores regidores, el Concejo Municipal aprobó la siguiente ordenanza: SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LOS CONTRIBUYENTES PUNTUALES DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS 2021 CONSISTENTES EN EL SORTEO DE BIENES DE CÓMPUTO Y ELECTRODOMÉSTICOS, QUE SE DETALLAN EN LAS BASES DEL SORTEO. Artículo Segundo.- APROBAR las Bases del Sorteo para los Buenos Contribuyentes que pagan el Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021, de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, que forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y a la Sub Gerencia de Tecnología y Sistemas de la Información su publicación en el portal web y su difusión respectiva. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General, la Sub Gerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza y la implementación de la campaña de difusión que garantice la socialización y cumplimento de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese y cúmplase MARCO ANTONIO AGUILAR VASQUEZ Alcalde Provincial BASES DEL SORTEO PARA PREMIO A LOS BUENOS CONTRIBUYENTE DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUALGAYOC 2021 Artículo 1°.- SORTEO DE PREMIOS: La Municipalidad Provincial de Hualgayoc promueve la cultura tributaria, el cumplimiento oportuno de pagos por concepto de Impuesto Predial 2021 entre los contribuyentes, con el propósito de otorgar un tratamiento distintivo a los contribuyentes puntuales. El contribuyente que participe en dicho sorteo lo hará de forma gratuita, automática y sujetándose a las reglas contenidas en la presente bases, para efectos del sorteo del programa e incentivos a los buenos Contribuyentes buen contribuyente, se tendrá en cuenta las siguientes de fi niciones: 1. CONTRIBUYENTE PARTICIPANTE.- Se considera contribuyente participante al sujeto pasivo del Impuesto Predial administrado por la Municipalidad Provincial de Hualgayoc - Bambamarca, que al 15 de julio de 2021, no registren deudas tributarias pendiente de pago en los registros de la Administración Tributaria Municipal por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios. 2. CONTRIBUYENTE DEL IMPUESTO PREDIAL.- Persona natural o jurídica, sociedad conyugal y otros, que sean propietarios de inmuebles ubicados en el distrito de Bambamarca, registrados ante la Administración Tributaria Municipal. 3. CUENTA CORRIENTE.- Comprende la documentación y registro de deuda trimestral generados por cada una de las cuatro cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios de cada ejercicio gravable. 4. SUBVALUADORES.- Contribuyentes que habiendo comunicado a la Gerencia de Administración Tributaria de las obligaciones tributarias, no lo hacen de manera completa ni concordante con la realidad. Artículo 2°.- REGLAS PARA PARTICIPAR EN EL SORTEO: La participación en el sorteo “PREMIO A LOS BUENOS CONTRIBUYENTE DE TRIBUTOS MUNICIPALES”, comprendidos dentro del Distrito de Bambamarca, tendrá en cuenta las siguientes reglas: