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4 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de marzo de 2021 / El Peruano Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución Directoral N° 000028-2021-DGPA/MC que determinó la protección provisional del Sitio Arqueológico “Llonjaya”, de acuerdo con lo siguiente: Dice “Zona UTM: 17 Sur L” Debe decir: “Zona UTM: 18 Sur L” Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe) Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad Distrital de Colquemarca, a fi n de que proceda de acuerdo con el ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, a la Dirección Desconcentrada de Cultura Cusco y los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Cuarto.- Anexar a la presente resolución el Informe N° 000027-2021-DSFL-LBM/MC, el Informe N° 000116-2021-DSFL/MC y el Informe N° 000059-2021-DGPA-ARD/MC, para conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA BELEN GOMEZ DE LA TORRE BARRERA DirectoraDirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble 1937165-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 055-2021 -MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 23 de marzo de 2021 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2020-MIDAGRI se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL como Unidad Ejecutora del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, el cual establece un plazo de cincuenta días hábiles para la aprobación de su Manual de Operaciones. En consecuencia, aún subsiste y tiene plena vigencia el Manual de Operaciones de AGRO RURAL aprobado por Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 15 de enero de 2015; Que, en este contexto, se ha visto conveniente contar con un profesional para que asesore al despacho de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR, a partir del 24 de Marzo de 2021, al señor CARLOS MARTÍN LOYOLA ESCAJADILLO en el cargo de Asesor de la Dirección Ejecutiva del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora Ejecutiva 1937587-2 Designan Director de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 056-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 23 de marzo del 2021VISTO:El documento que contiene la Carta de Renuncia presentada por el Director de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 015-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se designó a partir del 18 de enero de 2021, al señor Edgar Samuel Ramírez Rivera, en el cargo de Director de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, el citado servidor ha presentado renuncia al cargo que viene desempeñando; por lo que corresponde aceptarla, y designar a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0015-2015-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR, la renuncia efectuada por el señor Edgar Samuel Ramírez Rivera, en el cargo de Director de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados, siendo su último día de labores el día 23 de marzo de 2021. Artículo 2.- DESIGNAR a partir del 24 de marzo de 2021, al señor ANGEL DIOMEDES GARCÍA ZAVALÚ en el cargo de Director de la Dirección de Desarrollo Agrario del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal