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38 NORMAS LEGALES Martes 4 de mayo de 2021 / El Peruano GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Modifican la Ordenanza N° 570/MDC que aprobó la creación de la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar del distrito de Comas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 613/MDC Comas, 15 de abril de 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de abril de 2021, el Informe Nº 039-2020-GDS/MDC, Informe Nº 047-2020-GDS/MDC e Informe Nº 005-2021-GDS/MDC de la Gerencia de Desarrollo Social; el Informe Nº 531-2020-GAJ/MDC e Informe Nº 100-2021-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos; el Memorando Nº 354-2021-GM/MDC de la Gerencia Municipal; el Dictamen Nº 002-2021-CDSPVECJD/MDC de la Comisión Ordinaria Desarrollo Social, Participación Vecinal, Educación, Cultura, Juventud y Deportes; el Dictamen Nº 012-2021-CAJ/MDC de la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO:Que, conforme con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece en su artículo 39º, concordantes con los artículos 9º del inciso 8 y 40º, que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; Que, con la vigencia de la Ley Nº 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y el Grupo Familiar, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el día 23 de noviembre de 2015, se estableció como objeto, el de prevenir, erradicar y sancionar toda forma de violencia producida en el ámbito público o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar a través de los diferentes mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención y protección de las víctimas, así como la correspondiente reparación del daño causado; disponiéndose la respectiva persecución, sanción y reeducación de los agresores sentenciados, con el fi n de garantizar a las mujeres y al grupo familiar una vida libre de violencia asegurando el ejercicio pleno de sus derechos; Que, a través del Decreto Supremo Nº 009-2016- MIMP, publicado en el precisado Diario O fi cial con fecha 27 de julio de 2016, se aprobó el Reglamento de la glosada Ley Nº 30364, estableciéndose que las Municipalidades Distritales, mediante una Ordenanza Distrital, se disponga la creación de la respectiva Instancia Distrital de Concertación; la cual, compone e integra el Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del grupo familiar, encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de prevención, atención, protección y reparación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, con el fi n de garantizar el derecho a una vida libre de violencia y de discriminación; Que, a través de la Ordenanza Municipal Nº 570/MDC, de fecha 11 de octubre 2019, se aprobó la creación de la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la Violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar del Distrito de Comas; Que, a través del Acta de Reunión de Instancia Distrital de Concertación del Distrito de Comas, de fecha 15 de octubre de 2020, se acordó: proponer la modi fi cación de la ordenanza de creación de la instancia para incorporar como integrantes a las diversas instituciones que se encuentran interviniendo en el Distrito para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; Que, la Gerencia de Desarrollo Social, mediante informes de visto, emite opinión favorable respecto a la modi fi cación de la Ordenanza Nº 570/MDC, respecto a sus integrantes, así como al órgano que asumirá la Secretaría Técnica cargo que, estando a la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 584, deberá ser asumido por la Gerencia de Desarrollo Social; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante informes de visto, emite opinión favorable respecto a la modi fi cación de la Ordenanza Nº 570/MDC; Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social, Participación Vecinal, Educación, Cultura, Juventud y Deportes, mediante dictamen de visto, emite dictamen favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que Modi fi ca la Ordenanza Nº 570/MDC que aprobó la creación de la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar del distrito de Comas; Que, la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos, mediante dictamen de visto, emite dictamen favorable respecto al Proyecto de Ordenanza que Modi fi ca la Ordenanza Nº 570/MDC que aprobó la creación de la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar del distrito de Comas; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al Proyecto de Ordenanza que modi fi ca la Ordenanza Nº 570/ MDC que aprobó la creación de la Instancia Distrital de Concertación para erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar del distrito de Comas, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 570/MDC QUE APROBÓ LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Y LOS INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- MODIFICAR los artículos 5º y 6º de la Ordenanza Nº 570/MDC, el mismo que quedará redactado conforme a lo siguiente: “Artículo 5.- Conformación de la Instancia Distrital de Concertación La Instancia Distrital de Concertación, estará conformada por: 1. El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Comas, quien la preside. El cargo es indelegable, bajo responsabilidad. 2. El Subprefecto Distrital de Comas.3. Todos los Comisarios del Distrito de Comas: (División Policial - DIVPOL Norte 2), Comisario de la Comisaría de Familia de Collique, Comisario de la Comisaría Santa Luzmila, Comisario de la Comisaría Túpac Amaru, Comisario de Comisaría de La Pascana,