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30 NORMAS LEGALES Martes 4 de mayo de 2021 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al magistrado ÁNGEL MARTÍN VÍCTOR ZEA VILLAR, Juez Titular del 26° Juzgado Especializado en lo Civil de Lima, como Juez Superior Provisional de la 2° Sala Civil de Lima, del 4 al 7 de mayo del año en curso, quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: Segunda Sala Civil de Lima: Jesús Manuel Soller Rodríguez (T) Presidente Germán Alejandro Aguirre Salinas (P)Ángel Martín Víctor Zea Villar (P) Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la O fi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Junta Nacional de Justicia, de la Gerencia de Administración Distrital, Coordinación de Recursos Humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese.JOSÉ WILFREDO DÍAZ VALLEJOS Presidente 1949605-2 ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Índice de reajuste diario, a que se refiere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de mayo CIRCULAR Nº 0009-2021-BCRP Lima, 3 de mayo de 2021El índice de reajuste diario, a que se re fi ere el artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, correspondiente al mes de mayo es el siguiente: 'Ë$ Ë1',&( 'Ë$ Ë1',&( El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (artículo 1236º del Código Civil, en su texto actual consagrado por la Ley N°. 26598). JAVIER OLIVERA VEGA Gerente General (e) 1949534-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Precisan respecto a la Res. N° 0456-2021- JNE, y su respectiva credencial, en cuanto a la fecha de emisión de ambos documentos RESOLUCIÓN Nº 0481-2021-JNE Expediente N° JNE.2020030354 MARA - COTABAMBAS - APURÍMAC VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintiuno de abril de dos mil veintiuno.VISTOS: la Resolución N° 0456-2021-JNE, del 13 de abril de 2021, y su respectiva credencial. CONSIDERANDOS1. Mediante la Resolución N° 0456-2021-JNE, se resolvió dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada a don Cléver Quispe Oviedo, regidor del Concejo Distrital de Mara, provincia de Cotabambas, departamento de Apurímac, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; y, convocar a doña Sonia Sofía Huanaco Escalante, identi fi cada con DNI N.º 45718443, para que asuma el cargo de regidora de dicho municipio. 2. No obstante, al expedirse la Resolución N° 0456- 2021-JNE y su respectiva credencial, por error material se consignó 13 de abril de 2021, como fecha de emisión de ambos documentos, cuando la fecha correcta es 14 de abril de 2021. 3. Por consiguiente, en aplicación supletoria del artículo 407 del Código Procesal Civil, corresponde efectuar las precisiones del caso. 4. Finalmente, se precisa que la noti fi cación del presente auto debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020 en el Diario O fi cial El Peruano. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. PRECISAR respecto a la Resolución N° 0456- 2021-JNE, y su respectiva credencial, en cuanto a la fecha de emisión de ambos documentos, según lo establecido en el segundo considerando del presente pronunciamiento. 2. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE.