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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2021 (08/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

6 NORMAS LEGALES Sábado 8 de mayo de 2021 / El Peruano Casinos y tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas: 20% Centros comerciales, galerías, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados: 20% Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes, bodegas y farmacias 40% Restaurantes y a fi nes en zonas internas (con ventilación): 30% (previa cita) Templos y lugares de culto: 20%Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías: 30% Actividades de clubes y asociaciones deportivas: 30%Peluquerías y spa, barberías, masajes faciales, manicura, maquillaje y otros a fi nes (con ventilación): 40% (previa cita) Bancos y otras entidades fi nancieras: 40% Transporte interprovincial terrestre de pasajeros: 50% a 100% regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery): hasta las 23:00 horas. Servicio de farmacia para entrega a domicilio (delivery): las 24 horas. • Actividades en espacios abiertos (sin restricción de aforo y respetando protocolos, previa autorización de los gobiernos locales): Artes escénicas Enseñanza culturalRestaurantes y a fi nes en zonas al aire libre Áreas naturales protegidas, jardines botánicos y zoológicos Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre” 14.3 Los gobiernos locales regulan la actividad económica de los conglomerados en sus jurisdicciones, con la fi nalidad de reducir el riesgo de actividades en lugares cerrados sin adecuada ventilación y el riesgo de aglomeraciones, teniendo en consideración los siguientes lineamientos: - Establecer la adecuada ventilación de espacios cerrados. - Delimitar espacios físicos y cierre de accesos, con el objeto de controlar y diferenciar las zonas de entrada y de salida. - Establecer límites de aforo y horarios de supervisión en las horas de alta a fl uencia del público. - Implementar medidas idóneas para efectuar el control efectivo de aforos. - Facilitar el uso de los espacios públicos al aire libre para asegurar el distanciamiento físico o corporal. 14.4 En las actividades económicas señaladas en los cuatro (4) niveles de alerta, se podrán realizar transacciones por medios virtuales, entregas a domicilio (delivery) y recojo en local para el caso de restaurantes y afi nes, en los horarios establecidos. Asimismo, los establecimientos comerciales deben cerrar dos (2) horas antes del inicio de la inmovilización social obligatoria, con excepción de los ubicados en las provincias del Nivel de Alerta Extremo, que deben cerrar tres (3) horas antes. Las actividades económicas no contempladas en el presente artículo y sus aforos, se rigen según lo establecido en las fases de la reanudación de actividades económicas vigentes; con excepción del nivel de alerta extremo, en el que rigen las siguientes actividades: Agricultura, pecuario, caza y silvicultura: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Pesca y acuicultura: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Energía, hidrocarburos y minería: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Manufactura primaria y no primaria: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos.Construcción: - Todas las actividades del rubro, insumos y servicios conexos. Incluye proyectos de interés nacional (licencias, trámites, adquisición y transporte de bienes, servicios y personal, así como actividades relacionadas a la cadena logística). - Actividades de arquitectura e ingeniería para trámites de licencias, supervisión, inspección de obra y levantamiento de información. Comercio: - Mantenimiento y reparación de vehículos no motorizados, vehículos automotores y motocicletas. - Servicios de adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad. Servicios a la ciudad: - Evacuación de aguas residuales.- Captación, tratamiento y distribución de agua.- Actividades de prevención de riesgos de desastres.- Mantenimiento de espacios públicos y áreas verdes.- Limpieza y recojo de residuos sólidos. Servicios generales: - Asistencia y cuidado a personas adultas mayores, niñas, niños, adolescentes, dependientes, personas con discapacidad o personas en situación de vulnerabilidad. - Servicios y establecimientos de salud, incluye odontología, rehabilitación, reproducción asistida, diagnóstico, oftalmología, veterinarias. Servicios básicos: - Servicio de transporte terrestre regular de ámbito provincial. - Transporte de carga, mercancías, encomiendas, mudanzas y caudales, en todas sus modalidades y actividades conexas. - Transporte de pasajeros por vía férrea, marítima y fl uvial, incluye cabotaje. - Transporte de caudales.- Servicios de almacenamiento en general.- Actividades de servicios vinculadas al transporte aéreo, férreo, terrestre, marítimo y fl uvial, incluye cabotaje. - Actividades aeronáuticas no comerciales. - Actividades relacionadas al transporte aéreo.- Actividades de mensajería (servicio postal, encomiendas, delivery). - Hoteles categorizados, hospedaje (apart hotel) y transporte turístico. - Albergues, hostales y establecimientos de hospedaje no clasi fi cados y categorizados. - Entrega de inmuebles y servicios post venta.- Servicios vinculados a telecomunicaciones (incluida la radiodifusión), como instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de redes para servicios públicos de telecomunicaciones. - Actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas y satélite, otras actividades de telecomunicación y otras actividades de servicios de apoyo a las empresas n.c.p (como por ejemplo los proveedores de infraestructura pasiva). - Actividades postales y de mensajería.- Servicios de infraestructura en telecomunicaciones: instalación, despliegue, mantenimiento preventivo y correctivo de infraestructura y redes para servicios públicos de telecomunicaciones. - Puntos de ventas de servicios de telecomunicaciones ubicados en supermercados, mercados, bodegas y farmacias. - Diseño, Instalación, Implementación, operación y mantenimiento de los proyectos públicos y privados de redes de telecomunicaciones y de infraestructura de radiodifusión. - Servicios de telecomunicaciones: con alcance a las empresas operadoras de telecomunicaciones, así como a los contratistas y proveedores de dichas operadoras; además, es aplicable para el trabajo administrativo, en centrales de monitoreo-NOC, call centers, instalación de servicios o atención de averías, actividades de venta y delivery. - Centros de atención al cliente o similares de servicios de telecomunicaciones, conforme a lo regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. - Servicios ofrecidos por centros de inspección técnica vehicular, centros de revisión periódica de cilindros,