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11 NORMAS LEGALES Sábado 8 de mayo de 2021 El Peruano / de la Nacional al paisaje cultural arqueológico Huaca Montegrande, correspondiéndole la clasi fi cación de Sitio Arqueológico “Montegrande” y aprobar el expediente de declaratoria y el expediente técnico Sitio Arqueológico Montegrande; Que, resulta pertinente expresar que la clasi fi cación como Sitio Arqueológico Montegrande se sustenta en elementos arquitectónicos que conforman espacios rituales y contextos funerarios, resultando meridianamente claro que se trata de infraestructura edi fi cada de origen precolombino sin combinación, contribución o aporte de la naturaleza. En tal sentido, de acuerdo con lo previsto en el numeral 7.1 del artículo 7º del Reglamento de Intervenciones Arqueológicas, debe clasi fi carse como Sitio Arqueológico Montegrande dado que re fl eja en su edifi cación espacios con evidencia de actividad humana realizada en el pasado prehispánico, con presencia de elementos arquitectónicos o bienes muebles asociados de carácter arqueológico; Que, estando a los argumentos vertidos, se considera necesario modi fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional Nº 636/INC, que declara Patrimonio Cultural de la Nación al Paisaje Cultural Arqueológico Huaca Montegrande, en el extremo referido a la clasi fi cación del monumento arqueológico prehispánico, así como su denominación, debiendo ser lo correcto Sitio Arqueológico Montegrande, de conformidad con el numeral 7.1 del artículo 7 del RIA; asimismo, corresponde dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional Nº 1746/INC que declara Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Montegrande – JA_01, en atención a que la declaración efectuado por la Resolución Directoral Nacional Nº 636/INC fue emitida con anterioridad; Con la visación de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modi fi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 011- 2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 003-2014-MC y la Resolución Ministerial Nº 365-2017-MC; SE RESUELVE:Artículo 1. Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional Nº 636/INC del 20 de abril de 2009, en lo relativo a la clasi fi cación y denominación del Paisaje Cultural Arqueológico Huaca Montegrande, ubicado en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; debiendo corresponder la clasi fi cación y denominación de Sitio Arqueológico Montegrande, ubicado en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca. Artículo 2. Dejar sin efecto el artículo 1 de la Resolución Directoral Nacional Nº 1746/INC del 17 de noviembre de 2009, en el extremo que declara Patrimonio Cultural de la Nación al Sitio Arqueológico Montegrande – JA_01, ubicado en distrito y provincia de Jaén, departamento Cajamarca. Artículo 3. Aprobar el expediente de declaratoria (fi cha o fi cial de inventario de monumento arqueológico, fi cha técnica de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación y fi cha de registro fotográ fi co) y el expediente técnico ( fi cha técnica, memoria descriptiva y planos) del Sitio Arqueológico Montegrande, de acuerdo al plano, área y perímetro que se consigna a continuación: Nombre del Sitio ArqueológicoNº de Plano en Datum WGS84Área(m2) Área(ha) Perímetro (m)UTM EsteUTM Norte Montegrande PP-024- MC_DGPA-DSFL- 2020 WGS846890.47 0.6890 324.89 744365 9367751Artículo 4. Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIF), de ser el caso, de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación del Sitio Arqueológico Montegrande, así como el expediente técnico señalado en el artículo 3 de la presente resolución. Artículo 5. Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar el Sitio Arqueológico Montegrande, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 6. Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y su expediente de declaratoria y expediente técnico del Sitio Arqueológico Montegrande al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; a la sociedad conyugal conformada por Rosa Blanca Díaz Vásquez e Hipólito Pérez Tenorio; a la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI y a la sociedad conyugal conformada por Almanzor Dávila Fernández y Blanca Graciela Castillo de Dávila, para los fi nes correspondientes. Artículo 7. Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y su expediente de declaratoria y expediente técnico del Sitio Arqueológico Montegrande a la Municipalidad Provincial de Jaén, al Gobierno Regional de Cajamarca y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, para efectos de que el citado Sitio Arqueológico sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Artículo 8. Remitir copia certi fi cada de la presente resolución a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca para que realice las acciones necesarias de protección y delimitación física para la preservación del Sitio Arqueológico Montegrande. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 1950522-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0211-2021-DE Lima, 6 de mayo de 2021VISTOS:El O fi cio Nº 1916/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio Nº 00540-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 00354-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio KORDEF Nº 21-012, el Agregado de Defensa de la República de Corea en Perú hace de conocimiento, a la Comandancia General de la Marina, la invitación cursada por el Jefe de Operaciones Navales de la Armada de la República de Corea, al evento de la 12º Exhibición Internacional Marítima de la Industria de Defensa (MADEX-2021), a realizarse en la República de Corea en el mes de junio; Que, con O fi cio 1499/42, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina agradece al Agregado de Defensa de la República de Corea en Perú,