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13 NORMAS LEGALES Sábado 8 de mayo de 2021 El Peruano / General de Relaciones Internacionales y, el Informe Legal Nº 00351-2021-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con Resolución Ministerial Nº 1189-2017-DE/ MGP del 25 de agosto de 2017, se autorizó el viaje al exterior, en misión de estudios, al Cadete de Primer Año Diego Arturo ÑAUPAS Camarena, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes, a impartirse en la Academia Naval de Livorno, en la ciudad de Livorno, República Italiana, del 1 de setiembre de 2017 al 15 de febrero de 2021; así como, autorizar su salida del país el 30 de agosto de 2017; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0301- 2019-DE/MGP del 07 de marzo de 2019, se autorizó la ampliación de permanencia en el exterior, en misión de estudios, del Cadete de Tercer Año Diego Arturo ÑAUPAS Camarena para que continúe participando en el Curso de Formación de Cadetes en la Academia Naval de Livorno, República Italiana, del 16 de febrero al 31 de julio de 2021; así como, autorizar su retorno al país el 1 de agosto de 2021; Que, mediante Resolución de la Comandancia General de la Marina Nº 0856-2020 COMGEMAR, se otorgó al citado personal militar el grado de Alférez de Fragata de la Marina de Guerra del Perú, a partir del 1 de enero de 2021; Que, a través del Informe Legal Nº 012-2021/AS-DGE, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina señala que, en virtud de habérsele otorgado el grado militar de Alférez de Fragata al citado personal militar desde el 1 de enero de 2021, resulta viable autorizar el pago por el concepto de pasaje aéreo internacional y terrestre de retorno, gastos de traslado de retorno, equivalente a una (1) compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, y el pago de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, por el periodo del 1 de enero al 31 de julio de 2021, a favor del Alférez de Fragata Diego Arturo ÑAUPAS CAMARENA, conforme lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y sus modi fi catorias; Que, con O fi cio Nº 0849/52, el Secretario de la Comandancia General de la Marina solicita a este Ministerio autorizar el pago a favor del Alférez de Fragata Diego Arturo ÑAUPAS CAMARENA, por los conceptos de pasaje aéreo internacional y terrestre de retorno, gastos de traslado de retorno, equivalente a una (1) compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, y el pago de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, por el periodo del 1 de enero al 31 de julio de 2021, debido a que continua realizando estudios en el extranjero y ostenta el grado de Alférez de Fragata; Que, de acuerdo a la Hoja de Gastos Nº 017- 2021, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasaje aéreo internacional y terrestre de retorno, gastos de traslado de retorno, compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;Que, mediante O fi cio Nº 00297-2021-MINDEF/VPD- DIGRIN y el Informe Técnico Nº 047-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para autorizar el pago antes indicado en favor del mencionado O fi cial Subalterno; Que, con el Informe Legal Nº 00351-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice a la Marina de Guerra a efectuar, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, el pago por concepto de pasaje aéreo internacional y terrestre de retorno, gastos de traslado de retorno, equivalente a una (1) compensación extraordinaria por servicio en el extranjero, y el pago de compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, por el periodo del 1 de enero al 31 de julio de 2021, a favor del citado Alférez de Fragata; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar a la Marina de Guerra del Perú a efectuar los pagos, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, a favor del Alférez de Fragata Diego Arturo ÑAUPAS CAMARENA, por el periodo del 1 de enero al 31 de julio de 2021, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, conforme al siguiente detalle: Pasaje Aéreo (retorno): Pisa (República Italiana) - Lima US $ 2 400.00 Pasaje Terrestre (retorno): Livorno - Pisa (República Italiana) US $ 55,00Total a pagar en dólares americanos: US $ 2 455.00Gastos de Traslado (retorno): (equipaje, bagaje e instalación) € 4 441.76 x 1 compensación€ 4 441.76 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: € 4 441.76 x 7 meses (enero - julio 2021) € 31 092.32 Total a pagar en euros: € 35 534.08 Artículo 2 .- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, y de acuerdo con las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1951006-1