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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2021 (12/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de mayo de 2021 El Peruano / Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y la Resolución Directoral Nº 443/INC, que aprobó el “Esquema Referencial de presentación del Plan de Manejo para el Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro para la Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan 2021 - 2031, que como documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- El Proyecto Especial Complejo Arqueológico de Chan Chan, se encarga de la implementación de las acciones descritas en el plan aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 026-2006-ED. Artículo 3.- La Dirección General de Patrimonio Cultural a través de la Dirección de Sitios de Patrimonio Mundial, realiza en forma semestral el seguimiento y, en forma anual, la evaluación del Plan Maestro para la Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan 2021 - 2031. Artículo 4.- La presente resolución y su anexo son publicados en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.peru.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ARTURO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura 1951480-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0121-2021-MIDAGRI Lima, 11 de mayo de 2021VISTOS:El Memorando Nº 0461-2021-MIDAGRI-SG-OGGRH de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; el Memorándum Nº 611-2021-MIDAGRI-SG/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 068-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización; el O fi cio Nº 000259 -2021-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva y el Informe Técnico Nº 000090 -2021-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, señala que el Ministerio es un organismo del Poder Ejecutivo, tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal, asimismo ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuáles son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2021-MIDAGRI, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, con Resolución Ministerial Nº 0073-2021-MIDAGRI, se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI y con Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI; Que, con Resolución de Secretaría General Nº 0127-2019-MINAGRI-SG del 01 de octubre de 2019, se aprueba el Manual de Per fi les de Puestos - MPP del Ministerio de Agricultura y Riego y a su vez se dejan sin efecto los Manuales de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobados por Resoluciones Ministeriales Nºs. 0251, 0258, 0706, 0707, 0714, 0723 y 0724-2015-MINAGRI, así como por Resoluciones Ministeriales Nºs. 026, 0127, 0471, 0550, 0589 y 0615-2016-MINAGRI; asimismo dejó sin efecto el Clasi fi cador de Cargos de la Sede Central del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Resolución Ministerial Nº 0035-2009-AG y sus modi fi catorias cuya vigencia fue restablecida mediante Resolución de Secretaría General Nº 040-2020-MINAGRI-SG; Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaría General Nº 170-2020-MINAGRI-SG se modi fi can seis (06) perfi les de puestos correspondientes a los Servidores de Actividades Complementarias del MPP; Que, por Resolución de Secretaría General Nº 0082-2021-MIDAGRI-SG del 30 de abril de 2021, se aprueba la modi fi cación del Anexo 2 de los Regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728 del Ministerio de Agricultura y Riego del “Manual de Per fi les de Puestos – MPP del Ministerio de Agricultura y Riego” con la incorporación de cuarenta y nueve (49) per fi les de puestos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0561-2014-MINAGRI, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego; el mismo que fue reordenado con las Resoluciones Ministeriales Nºs. 612-2014-MINAGRI, 084-2015-MINAGRI, 076-2016-MINAGRI, 492-2016-MINAGRI, 107-2017-MINAGRI, 389-2017-MINAGRI, 092-2018-MINAGRI, 380-2018-MINAGRI y Resoluciones de Secretaría General Nºs. 109 y 0191-2019-MINAGRI-SG; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000070-2021-SERVIR-PE y modi fi catorias, se formalizó la aprobación de la “Directiva Nº 003-2021-SERVIR – Elaboración de Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuyo objetivo es establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades deben seguir para la administración de puestos y posiciones, en el marco del tránsito de las entidades al régimen del Servicio Civil, y mantiene vigente el Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE” aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; Que, los sub numerales 2.2, 2.4 y 2.7 del numeral 2 del Anexo Nº 4 “Sobre el CAP-Provisional” de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establecen que el CAP Provisional se formula a partir de la estructura orgánica de la entidad aprobada en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, debiendo incluirse todos los cargos de las sedes u órganos desconcentrados de la entidad, clasi fi cados en grupos ocupacionales de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público; asimismo señala que se deben consignar los cargos clasi fi cados como Empleados de Con fi anza y como Directivos Superiores de libre designación y remoción, y aquellos que corresponden a los cargos asignados al Órgano de Control Institucional, cuya variación, de ser el caso, requiere la opinión favorable de la Contraloría General de la República; Que, los sub numerales 4.1 y 4.2 del numeral 4 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establecen que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita SERVIR, que en las entidades del Gobierno Nacional se realiza mediante Resolución Ministerial;