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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2021 (12/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de mayo de 2021 / El Peruano TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Designan suplente de la representante titular del Ministerio ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2021-TR Lima, 11 de mayo de 2021VISTOS: El Memorando N° 0303-2021-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; y el Informe N° 0350-2021-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 892, Regulan el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría, señala que: “De existir un remanente entre el porcentaje que corresponde a la actividad de la empresa y el límite en la participación de las utilidades por trabajador, a que se re fi ere el artículo 2 del presente Decreto Legislativo, se aplicará a la capacitación de trabajadores y a la promoción del empleo, a través de la creación de un Fondo, de acuerdo a los lineamientos, requisitos, condiciones y procedimientos que se establezcan en el reglamento, así como a proyectos de inversión pública. Los recursos del Fondo serán destinados exclusivamente a las regiones donde se haya generado el remanente, con excepción de Lima y Callao”; Que, el artículo 10 del Reglamento para la aplicación del derecho de los trabajadores de la actividad privada a participar en las utilidades que generen las empresas donde prestan servicios, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-98-TR, señala que el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo es una persona jurídica de derecho privado con autonomía administrativa, económica y fi nanciera, que circunscribe su actuación a lo señalado en el citado Decreto Legislativo N° 892 y su Reglamento; asimismo, establece que el citado Fondo será administrado por un Consejo Directivo, integrado entre otros, por dos representantes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, uno de los cuales lo presidirá y tendrá el voto dirimente; Que, el artículo 12 del citado Reglamento establece que “los representantes del Estado serán designados mediante Resolución del Titular del Sector al que representan, pudiendo designar un suplente”; Que, a través del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 204-2020-TR, se resuelve: “Designar a la señora ROXANA GISELL NOLI CHÁVEZ, Directora Ejecutiva del Programa Nacional de Empleo Juvenil Jóvenes Productivos, como representante suplente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO, de la representante titular designada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 184-2020-TR”; Que, mediante Memorando N° 0303-2021-MTPE/3, el Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, solicita dar por concluida la designación de la señora Roxana Gisell Noli Chávez, y designar en su reemplazo al señor Álvaro Andrés Calado Bryce, Director Ejecutivo del Programa Nacional para la Empleabilidad; Que, por convenir al servicio, resulta necesario designar al nuevo suplente de la representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO, designada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 184-2020-TR;Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1. Dar por concluida la designación de la señora ROXANA GISELL NOLI CHÁVEZ, como suplente de la representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Designar al señor ÁLVARO ANDRÉS CALADO BRYCE, Director Ejecutivo del Programa Nacional para la Empleabilidad, como suplente de la representante titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO, designada mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 184-2020-TR. Artículo 3. Remitir copia de la presente Resolución Ministerial al Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO; así como, a las personas mencionadas en los artículos precedentes, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1952055-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pallasca - Mollepata - Mollebamba - Santiago de Chuco - Emp. Ruta 10, Tramo: Santiago de Chuco - Cachicadan - Mollepata” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 430-2021-MTC/01.02 Lima, 10 de mayo de 2021VISTO: La Nota de Elevación N° 079-2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, declara de necesidad pública la ejecución, entre otros, de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Carretera longitudinal de la sierra: Chiple - Cutervo - Cochabamba - Chota - Bambamarca - Hualgayoc - Desvío Yanacocha, Cajabamba - Sausacocha, Huamachuco - Shorey - Santiago de Chuco - Pallasca - Cabana - Tauca,