TEXTO PAGINA: 11
11 NORMAS LEGALES Jueves 13 de mayo de 2021 El Peruano / Especial de Lima Metropolitana, comprendidas en los planes anuales de transferencia; y, CONSIDERANDO:Que, según lo dispuesto por el artículo 33° de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 65° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el artículo 151° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, sobre el Régimen Especial de Lima Metropolitana, en el ámbito de la provincia de Lima las competencias y funciones reconocidas al gobierno regional son transferidas a la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decreto Supremo N° 038-2004- PCM, que aprueba el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales correspondiente al año 2004, el cual incluye las funciones del artículo 55° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de Comercio; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 69° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la transferencia de competencias, funciones y recursos, así como de proyectos de inversión, se realizan a través de una Comisión Bipartita de Transferencia, integrada por cuatro representantes del Consejo Nacional de la Descentralización y cuatro representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en cumplimiento a dicha norma, por Resolución Presidencial N° 006-CND-P-2006, emitida por el Consejo Nacional de Descentralización, se constituyó la Comisión Bipartita de Transferencia para el Régimen Especial de Lima Metropolitana; comisión cuya representación por la Presidencia del Consejo de Ministros ha sido actualizada por Resolución Ministerial N° 172-2019-PCM del 17 de mayo de 2019; Que, la Directiva Nº 007-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 al Régimen Especial de Lima Metropolitana, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 032-2007-PCM/SD y modi fi cada por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 399-2011-PCM/SD, establece que la transferencia de funciones se ejecutará de acuerdo al Plan de Acción que cada sector deberá formular en coordinación con la Municipalidad Metropolitana de Lima, el que será aprobado por la Comisión Bipartita de Transferencia; Que, conforme a ello, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 022-2008-PCM/SD, se aprobó el Plan de Acción para la Transferencia de Funciones Sectoriales a la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual fue modi fi cado por las Resoluciones de Secretaría de Descentralización N° 052-2009-PCM-SD y N° 239-2011-PCM-SD, en el que se establece que los Sectores del Gobierno Nacional en coordinación y consenso con la Municipalidad Metropolitana de Lima podrán presentar ante la Comisión Bipartita la propuesta de Plan de Acción Sectorial para la transferencia de nuevas funciones, detallando las actividades necesarias para el cumplimiento de cada etapa del proceso de transferencia; Que, atendiendo al cumplimiento de dicho Plan, y continuando con el procedimiento de transferencia previsto en la Directiva N° 007-2007-PCM/SD antes citada, y su etapa de Certi fi cación contemplada en el numeral 5.2.6 de la Directiva, a través del O fi cio N° 216-2014-MINCETUR/ SG/OGPPD, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, ha remitido el Informe Situacional sobre la aptitud de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones, habiendo hecho lo propio la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del O fi cio N° 508-2014- MML/PGRLM-GR; emitido por el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana; Que, conforme a lo establecido en el numeral 4) del artículo 2 del Decreto Supremo N° 036-2007-PCM, la opinión favorable de la Secretaría de Descentralización se realizará mediante un Informe de Concordancia, el cual tomará en cuenta las conclusiones de los Informes Situacionales antes mencionados; Que, con arreglo a ello, el Informe de Concordancia de Vistos que fue rati fi cado por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante O fi cio N° 681-2020-MML/PGRLM-GR, concluye que la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra apta para que le sean acreditadas las funciones del artículo 55° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de comercio, luego de haberse veri fi cado el cumplimiento de los requisitos especí fi cos en los Informes Situacionales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y de la Municipalidad Metropolitana de Lima, respectivamente; Que, en el marco de lo dispuesto en el numeral 5.2.8. de la Directiva N° 007-2007-PCM/SD antes citada, corresponde proceder a la acreditación de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de funciones del artículo 55° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de comercio, mediante la Resolución correspondiente; Que, mediante Decreto Supremo N° 103-2011-PCM se establecieron medidas para continuar las transferencias pendientes de funciones, fondos, programas, proyectos, empresas, activos y otros organismos a los Gobiernos Regionales y Locales, programados hasta el año 2010; En uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2017-PCM/SD y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acreditación de las funciones descritas en el artículo 55° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de comercio, a la Municipalidad Metropolitana de Lima. Acreditar a la Municipalidad Metropolitana de Lima para la transferencia de las funciones descritas en los literales a), b), c), d) y e) del artículo 55° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia de comercio, en virtud de las conclusiones del Informe de Concordancia Nº 003-2014-PCM/SD-OTME Artículo 2.- Noti fi cación de la Acreditación Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, al Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a fi n de que procedan a realizar las acciones correspondientes a la etapa de efectivización del proceso de transferencia de funciones sectoriales, de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 007-2007-PCM/SD y sus normas modi fi catorias. Artículo 3.- Publicación La presente resolución deberá ser publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; y, el Informe de Concordancia Nº 003-2014-PCM/SD-OTME, deberá ser publicado en la página Web de la Secretaría de Descentralización: www.descentralizacion.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.MAXIMILIANO RUIZ ROSALES Secretario de Descentralización 1952538-1 AMBIENTE Decreto Supremo que establece el Área de Conservación Regional Bosques Secos del Marañón DECRETO SUPREMO N° 007-2021-MINAM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú establece que es obligación del Estado promover