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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2021 (13/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Jueves 13 de mayo de 2021 El Peruano / y vuelta, tarifa única de uso de aeropuertos, alojamiento y alimentación, a excepción de transporte local para el participante, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través del GRUCAM; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, corresponde otorgar el pago del veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero para cubrir el gasto de transporte local; Que, de acuerdo a la Hoja de Gastos Nº 0009 DGVC- ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza el pasaje aéreo internacional de ida y tarifa única por uso de aeropuertos para cónyuge e hijo, los gastos de traslado de ida y el veinte por ciento (20%) de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, correspondiente al presente año fi scal, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con los artículos 7 y 8 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; Que, asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000013 y Nº 0000000053, emitidas por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el fi nanciamiento del presente viaje durante el Año Fiscal 2021, debiendo indicarse que los pagos correspondientes al año 2022 se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del respectivo Año Fiscal; Que, de acuerdo a los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del O fi cial Superior designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, considerando la duración de la misión de estudios en el exterior, el Mayor FAP Manuel Ricardo POBLETE ÁGUILA PARDO, realizará el viaje al exterior en compañía de su señora esposa y su menor hijo, debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, con O fi cio Extra FAP Nº 000579-2021-SECRE/ FAP, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del Mayor FAP Manuel Ricardo POBLETE ÁGUILA PARDO, para participar en el curso Comando y Estado Mayor Aéreo, a llevarse a cabo en la Base Aérea de Maxwell, ciudad de Montgomery en el Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 24 de mayo de 2021 al 6 de junio de 2022, así como autorizar su salida del país el 23 de mayo de 2021 y su retorno el 7 de junio de 2022; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial Superior nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia; Que, a través del O fi cio N° 00523-2021-MINDEF/ VPD-DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 096-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, mediante el cual emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 00372-2021-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior del Mayor FAP Manuel Ricardo POBLETE ÁGUILA PARDO, para participar en el curso Comando y Estado Mayor Aéreo, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, al personal militar FAP que se detalla a continuación, para participar en el curso Comando y Estado Mayor Aéreo, a llevarse a cabo en la Base Aérea de Maxwell, ciudad de Montgomery en el Estado de Alabama, Estados Unidos de América, del 24 de mayo de 2021 al 6 de junio de 2022, así como, autorizar su salida del país el 23 de mayo de 2021 y su retorno el 7 de junio de 2022. Mayor FAP NSA: O-9707100Manuel Ricardo POBLETE ÁGUILA PARDO (Titular) DNI: 43727353 Mayor FAP Jaime Alonso ÁLVAREZ MANZANO (Suplente) NSA: O-9725502 DNI: 43703336 Mayor FAP NSA: O-9707500Jorge Julio NÚÑEZ MÁLAGA ESCOBAR DNI: 40124904(Suplente) Mayor FAP Giancarlo SÁEZ MENDOZA (Suplente) NSA: O-9715201 DNI: 43730993 Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: