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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2021 (15/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Sábado 15 de mayo de 2021 / El Peruano físico, sexual o psicológico y que se produce en el contexto de una relación de responsabilidad, con fi anza o poder, de parte de un integrante a otro del grupo familiar; protegiendo no solo a la mujer sino también al hombre y cualquier integrante del grupo familiar, lo que comprende, a los cónyuges, excónyuges, convivientes, ex convivientes; padrastros, madrastras; ascendientes y descendientes; los parientes colaterales de los cónyuges y convivientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de a fi nidad; y a quienes, sin tener cualquiera de las condiciones antes señaladas, habitan en el mismo hogar, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales; y quienes hayan procreado hijos en común, independientemente que convivan o no, al momento de producirse la violencia; extendiéndose tal fi nalidad a la presente Ordenanza; Contando con el pronunciamiento favorable de la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Humano; con la opinión legal procedente de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil; con la conformidad de la Gerencia Municipal en el ámbito de su competencia; en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZAArtículo Primero.- CRÉASE la Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Jesús María. Esta Instancia tiene como responsabilidad: Elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, a nivel distrital. Artículo Segundo.- La Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Jesús María, está integrada por la máxima autoridad o representantes de las siguientes instituciones: 1. El Alcalde de la Municipalidad Distrital, quien la preside. 2. El Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo Humano de la Municipalidad Distrital, quien asume la Secretaría Técnica. 3. El Gerente de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital. 4. El Sub Prefecto Distrital.5. El Comisario de la Comisaría de Jesús María.6. Hasta dos Organizaciones Comunales existentes, debidamente acreditadas en la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Humano. 7. Centro Emergencia Mujer, si lo hubiera.8. Hasta dos Organizaciones o asociaciones de la sociedad civil del distrito relacionadas a la temática de la violencia contra las mujeres y las personas que integran el grupo familiar. 9. Un o una representante del Poder Judicial, quien es designada por la Presidencia de la Corte Superior de la jurisdicción. 10. Un o una representante del Ministerio Público, quien es designada por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de la jurisdicción. 11. Un o una representante del Policlínico Pablo Bermúdez EsSalud. 12. Un o una representante de los centros educativos del distrito. 13. Un o una representante del Colegio de Psicólogos del Perú Las Instituciones integrantes de la Instancia, nombran además al representante alterno. Artículo Tercero.- La Instancia Distrital de Concertación para Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Distrito de Jesús María tiene las siguientes funciones: 1. Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), Plan Estratégico Institucional (PEI), Plan Operativo Institucional (POI), Programación Multianual de Inversiones (PMI) y Presupuesto Participativo (PP), metas, indicadores y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. 2. Promover la adopción de políticas, planes, programas, acciones y presupuestos especí fi cos para la prevención, atención, protección y recuperación de las víctimas; y sanción y rehabilitación de las personas agresoras, dando cumplimiento a la Ley. 3. Informar a la Instancia Metropolitana de Concertación para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia Contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Lima Metropolitana periódicamente sobre las acciones desarrolladas para el cumplimiento de la Ley. 4. Promover el cumplimiento del Protocolo Base de Actuación Conjunta, como instrumento de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas, y su adecuación si es necesaria al contexto distrital. 5. Promover el fortalecimiento de las instancias comunales para las acciones distritales frente a la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES