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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2021 (15/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 74

74 NORMAS LEGALES Sábado 15 de mayo de 2021 / El Peruano Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 232-2020/MDSMP de fecha 25 de febrero del 2020, se aprobó la Directiva Nº 004-2020/MDSMP denominada “Procedimientos para la solicitud de otorgamiento y rendición de cuenta de viáticos y pasajes por comisiones de servicios en territorio Nacional y Extranjero para trabajadores de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Que, mediante informe Nº 1336-2021-GPP/MDSMP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, considera importante la presencia de un representante de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres en la comisión que viajará y será parte de distintas reuniones en el Estado de Utah, al respecto informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para los gastos del Comisionado - Asesor del Despacho de Alcaldía, Econ. Fernando Cárdenas Tafur; Que, mediante Informe Nº 287-2021-GAJ/MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la autorización del viaje al exterior del país del Abog. Julio Abraham Chávez Chiong en su calidad de Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y del Asesor del Despacho de Alcaldía. Econ. Fernando Cárdenas Tafur desde el 17 de mayo del 2021 hasta el 22 de mayo del 2021, para participar en la reunión con el Gobernador del Estado de Utah en los Estados Unidos de Norteamérica, recomendándose proseguir con los trámites internos y someterlo a consideración del Concejo Municipal para su aprobación; Que, por lo expuesto en la parte considerativa, en uso de las facultades conferidas por el artículo 9º, 39º y 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto por Mayoría de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres, emite el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Alcalde, Abog. JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG, en su calidad de Alcalde y en representación de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y al Asesor del Despacho de Alcaldía, Econ. FERNANDO CÁRDENAS TAFUR, en Comisión de Servicio, a realizar viaje al exterior del país, desde de 17 de mayo hasta el 22 de mayo del año 2021, para participar en la reunión con el gobernador del Estado de Utah en los Estados Unidos de Norteamérica, con objeto de renovar y estructurar relaciones de cooperación con autoridades, instituciones educativas y organizaciones religiosas que repercutirán en alternativas de desarrollo y capacitación en bienestar del distrito a nivel local. Artículo Segundo.- PRECISAR que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos del Alcalde Distrital, serán asumidos íntegramente por él, de manera personal, sin demandar gasto al erario público y Presupuesto Institucional. Artículo Tercero.- ESTABLECER que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos del Comisionado - Asesor del Despacho de Alcaldía, Econ. Fernando Cárdenas Tafur, señalado en el artículo primero del presente Acuerdo de Concejo, serán asumidos por la Institución edil de acuerdo al Presupuesto Institucional en el marco de la Directiva Nº 004-2020/MDSMP aprobada mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 232-2020-GM/MDSMP de acuerdo al siguiente cuadro: Funcionario/Servidor PúblicoPasaje Aéreo (US$) (Del 17 al 22.05.21)Viáticos (US$) (Del 17 al 22.05.21)Total (US$) Econ. Fernando Cárdenas Tafur1,899 2,640 4,539 Tipo de Cambio al 07.05.21 (S/3.80)7,216.20 soles 10,032.00 soles 17,248.20 soles Artículo Cuarto.- ENCARGAR el Despacho de Alcaldía de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres al primer regidor hábil, señor Ysaac Alfredo Coronado Tapia, desde el día 17 de mayo del 2021 hasta el 22 de mayo del 2021, durante la ausencia del Titular; en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Quinto.- HACER DE CONOCIMIENTO esta disposición municipal a las instancias administrativas que correspondan, para los fi nes de su estricto cumplimiento. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística y Gestión Patrimonial, la publicación del texto del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial “El Peruano”; a la Gerencia de Comunicación, Imagen y Cooperación Técnica la divulgación y difusión; asimismo a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres (www.mdsmp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde 1953030-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad (Se publica la siguiente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Provincial de Recuay, mediante O fi cio Nº 086-2021-MPR/SG, recibido el 14 de mayo de 2021) ORDENANZA MUNICIPAL Nº 018-2019-MPR Recuay, 21 de noviembre del 2019.EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RECUAY POR CUANTO:El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de Concejo Nº 005-2019, de fecha 20 de noviembre de 2019, visto el Informe Nº 1308-2019-MPR/OPP, de fecha 28 de octubre de 2019, emitido por el Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de Municipalidad Provincial de Recuay, el Informe Nº 329-2019-OAJ-MPR, de fecha 30 de octubre de 2019, emitido por el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica y demás documentos que se adjuntan en relación al proyecto de Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2019 de la Municipalidad Provincial de Recuay; CONSIDERANDO Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú modi fi cada por la Ley Nº 27680, en concordancia con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 consagra que las Municipalidades son Órganos de Gobiernos promotores del Desarrollo Local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, conforme al Artículo 9º numeral 8 y 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen las atribuciones del Concejo Municipal, para aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, crear, modi fi car, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Que, el Artículo 40º de la misma norma municipal, establece que las ordenanzas municipales son las normas de carácter general y de mayor jerarquía por las