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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2021 (15/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Sábado 15 de mayo de 2021 El Peruano / 1.6. Respecto al pago de la tasa se estima que, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de las actividades de la comuna y tomando en cuenta las circunstancias particulares del caso concreto, en salvaguarda de la gobernabilidad de la municipalidad, se debe emitir la respectiva credencial, quedando pendiente la presentación de dicho requisito, el cual deberá ser subsanado2. En la Tabla de tasas en materia electoral31.7. El ítem 2.30 del artículo primero, con relación al pago de la tasa electoral por convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la vacancia de los cargos de alcalde o regidor, fi ja el valor de 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT). En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones4 (en adelante, Reglamento) 1.8. Según el artículo 16, todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas, por lo que se debe solicitar la apertura de estas. Así, en caso de que no la soliciten, se entenderán por noti fi cadas a través de su publicación en el portal institucional del Jurado Nacional de Elecciones (JNE). SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Acreditada la causa de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.2.), de la veri fi cación del Certi fi cado de Defunción General N° 2000499628, del señor regidor, corroborado con la consulta en línea del Reniec, efectuada por este órgano electoral, debe dejarse sin efecto la credencial otorgada al señor regidor y convocar a la nueva autoridad según el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.) y la jurisprudencia del JNE (ver SN 1.4. y 1.5.). 2.2. Así, corresponde convocar a doña Sonia Morales Alarcón, identi fi cada con DNI N° 43914315, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional Gana Ayacucho, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Hualla, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2019-2022. 2.3. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 7 de noviembre de 2018, remitida por el Jurado Electoral Especial de Cangallo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 20185. 2.4. Sobre la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado, se advierte que la municipalidad no ha remitido el original del comprobante de pago respectivo (ver SN 1.7.). Sin embargo, a fi n de no perjudicar el normal desarrollo de sus actividades este órgano colegiado, en salvaguarda de la gobernabilidad de la comuna y teniendo como antecedente lo dispuesto en la jurisprudencia de este tribunal electoral (ver SN 1.6.), dispone la emisión de la credencial correspondiente, sin dejar de requerir que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado este pronunciamiento, se adjunte el comprobante de pago, bajo apercibimiento de ley. 2.5. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Honorato Quispe Ccaulla, como regidor del Concejo Distrital de Hualla, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, por causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Sonia Morales Alarcón, identi fi cada con DNI N° 43914315, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Hualla, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculta como tal. 3. REQUERIR a los miembros del Concejo Distrital de Hualla, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho, para que, en el plazo de tres (3) días hábiles luego de noti fi cado el presente pronunciamiento, cumplan con adjuntar el comprobante de pago de la tasa por concepto de convocatoria de candidato no proclamado por declaratoria de vacancia, equivalente al 8,41 % de una unidad impositiva tributaria (UIT), bajo apercibimiento de ley. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASARCE CÓRDOVA SANJINEZ SALAZARRODRÍGUEZ VÉLEZVargas Huamán Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución N° 539-2013-JNE. 2 Numeral 6, parte considerativa de las Resoluciones N° 0056-2016-JNE y N° 0150-2017-JNE. 3 Aprobada mediante la Resolución N° 0412-2020-JNE, publicada el 30 de octubre de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado mediante la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano . 5 <https://cej.jne.gob.pe/Autoridades>. 1953386-1 MINISTERIO PUBLICO Designan Fiscales en el Distrito Fiscal de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 699-2021-MP-FN Lima, 14 de mayo de 2021VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 3190-2021-MP-FN-FSNCEDCF, cursado por el abogado Octaviano Omar Tello Rosales, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, mediante el cual eleva la propuesta de rotación de personal Fiscal, con la fi nalidad de coadyuvar en la investigación del caso Ucayali, al que se avoca el personal fi scal del Despacho de la Primera Fiscalía Superior Nacional Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios.