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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2021 (15/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Sábado 15 de mayo de 2021 / El Peruano Que, el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 008- 2021-PCM, Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19 (y modi fi ca el Decreto Supremo Nº 184-2020- PCM, el Decreto Supremo Nº 201-2020-PCM, el Decreto Supremo Nº 002-2021-PCM y el Decreto Supremo Nº004-2021-PCM), establece que los gobiernos locales, en el marco de sus competencias, facilitan el uso de los espacios públicos situados en su jurisdicción. Para dichos efectos, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) elabora las guías que orienten las acciones señaladas, conforme a los protocolos sanitarios respectivos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 019-2021-VIVIENDA se aprobó la “Guía para el uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios a fi nes autorizados, así como establecimientos culturales y de arte”, señalando que los gobiernos locales implementan la Guía sectorizando las zonas para su aplicación y delimitando las áreas de intervención de los espacios públicos colindantes; veri fi cando la vigencia de la licencia de funcionamiento de los establecimientos que se acojan al uso temporal del espacio público colindante y defi niendo los elementos de seguridad vial y otros que se consideren necesarios, en el marco de sus competencias; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 062-2021-VIVIENDA se aprobó la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19”; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 096-2021-VIVIENDA, se modi fi ca la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19”; facultando a las municipalidades para identi fi car los espacios públicos abiertos, ejecutar su adecuación y aprobar las delimitaciones e intervenciones promovidas por personas naturales, entidades o instituciones privadas, cumpliendo los protocolos de seguridad vial (y de bioseguridad según la naturaleza de la actividad a desarrollar); Que, en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional decretada por el Gobierno Nacional, los gobiernos locales son los encargados de facilitar el uso de los espacios públicos situados en su jurisdicción, dentro de los lineamientos establecidos en las Guías publicadas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en estricta observancia de los protocolos de bioseguridad; Que, la Gerencia de Desarrollo Económico, mediante Memorando Nº D000308-2021-MML-GDE de fecha 11 de mayo de 2021, que contiene el Memorando Nº D000121- 2021-MML-GDE-ST e Informe Nº D00005-2021-MML-GDE-ST-PRR de la Subgerencia de Turismo, mani fi esta que a fi n de poder facilitar el proceso de implementación de terrazas gastronómicas en los distritos de Lima Metropolitana, se recomienda elaborar los lineamientos para la implementación de terrazas temporales en los espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios a fi nes autorizados, facilitando el cumplimiento de lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 062-2021-VIVIENDA y modi fi catorias; Que, de conformidad a lo informado por la Gerencia de Desarrollo Económico, esta iniciativa tiene como objetivo favorecer el desarrollo de actividades económicas en espacios con menor exposición al riesgo de contagio de la COVID 19, contribuyendo con preservar la salud de los ciudadanos y visitantes del destino Lima y fortalecer la reactivación económica de los negocios del sector gastronómico, entre otros; Que, la Gerencia de Movilidad Urbana, a través del Memorando Nº D000633-2021-MML-GMU de fecha 11 de mayo de 2021, que contiene el Informe Nº D000246- 2021-MML-GMU-SIT de la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito, analiza y propone los aspectos técnicos que debe contener la norma y recomienda la aprobación de la versión consensuada de los “Lineamientos de uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios a fi nes”, adjuntando para tal fi n el proyecto normativo correspondiente; Que, mediante Informe Nº D000145-2021-MML- GP-SOM de fecha 11 de mayo de 2021, la Subgerencia de Organización y Modernización de la Gerencia de Plani fi cación, concluye que de acuerdo al marco jurídico en la materia, la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene adscrita las competencias y las funciones para promover el desarrollo y la economía local a través de la regulación de uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios a fi nes, siendo la Gerencia de Desarrollo Económico el órgano funcionalmente competente para promover la aprobación de la propuesta normativa que determina y regula los lineamientos de uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios a fi nes; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, mediante Informe Nº D00369-2021-MML-GAJ de fecha 11 de mayo de 2021, concluye, entre otros, que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene competencia para emitir lineamientos sobre el uso de espacios en vías metropolitanas, en el marco de lo dispuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; siendo conforme a la normativa vigente que mediante Decreto de Alcaldía se aprueben los “Lineamientos para la implementación del uso temporal de Espacios Públicos Colindantes a restaurantes y servicios a fi nes autorizados en Lima Metropolitana”, de acuerdo con lo propuesto por la Gerencia de Desarrollo Económico y la Gerencia de Movilidad Urbana; De conformidad con los artículos 39 y 42 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1. Aprobar los “Lineamientos para la implementación del uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios a fi nes autorizados en Lima Metropolitana”, en el marco de las disposiciones emitidas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la “Guía para el uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios afi nes autorizados, así como establecimientos culturales y de arte”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 019-2021-VIVIENDA y la “Guía de acondicionamiento de espacios públicos abiertos en el marco del Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia de la COVID-19”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 062-2021-VIVIENDA, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 096-2021-VIVIENDA que, como Anexo, forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2. Exhortar a las Municipalidades Distritales al cumplimiento de lo establecido en los lineamientos aprobados en el artículo precedente. Artículo 3. Publicar el presente Decreto de Alcaldía y su Anexo en el Diario O fi cial El Peruano así como en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo 4 . El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. Las Municipalidades Distritales que de forma previa a la emisión del presente instrumento hayan implementado el uso temporal de espacios públicos colindantes a restaurantes y servicios a fi nes autorizados,