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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MAYO DEL AÑO 2021 (15/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 15 de mayo de 2021 / El Peruano Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP, que aprueba la Directiva Nº 001-2018-SGP, directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado y modi fi caciones; Que, con Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU, establece los lineamientos para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de las universidades públicas, con el propósito de dotarlar de herramientas que les ayuden a desarrollar estructurar orgánicas orientadas a diseñar estrategias que les permita lograr sus objetivos; Que, en ese contexto, la Universidad Nacional de Tumbes, remite mediante O fi cio Nº 051-2021/ UNTUMBES-R, del 19 de marzo de 2021, alcanza a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNTUMBES, para la revisión correspondiente, en la que incluye la creación de unidades organizacionales adicionales a las establecidas en la estructura básica aprobada por la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU; Que, mediante O fi cio Nº 00390-2021-MINEDU/VMGP- DIGESU, del 15 de abril de 2021, se remite el Informe Nº 00075-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, emitido por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, en la cual señala que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Tumbes, cumple con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU; Que, en razón de lo anterior, es conveniente disponer, lo pertinente, en relación con lo indicado en el considerando precedente, en los términos que se consignan en la parte resolutiva; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en la sesión ordinaria del 16 de abril de 2021, y con la dispensa del trámite de la lectura y aprobación del acta correspondiente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TUMBES, de acuerdo a los considerandos expuestos, documento cuyo texto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- COMUNICAR la presente Resolución, a la Unidad de Recursos Humanos y a la Dirección General de Administración, para el cumplimiento de las acciones que siendo de sus respectivas competencias, se deriven de lo aquí dispuesto. Dada en Tumbes, a los diecinueve días de abril del dos mil veintiuno. Regístrese y comuníquese.CARLOS ALBERTO CANEPA LA COTERA Rector 1952892-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Hualla, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN N° 0505-2021-JNE Expediente N° JNE.2021042377 HUALLA - VÍCTOR FAJARDO - AYACUCHOVACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADOLima, treinta de abril de dos mil veintiuno. VISTO: el O fi cio N° 11-2021-MDH/A, presentado el 28 de abril de 2021, mediante el cual don Edgar Ipurre Uscata, alcalde de la Municipalidad Distrital de Hualla, provincia de Víctor Fajardo, departamento de Ayacucho (en adelante, señor alcalde), solicita declarar la vacancia de don Honorato Quispe Ccaulla, regidor de la citada municipalidad (en adelante, señor regidor), por causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), y convocar al respectivo sucesor. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Con el O fi cio N° 11-2021-MDH/A el señor alcalde pone a conocimiento de este órgano electoral el fallecimiento del señor regidor; y, en consecuencia, solicita que se declare su vacancia y se convoque a la nueva autoridad municipal que corresponda. 1.2. Se adjunta el Certi fi cado de Defunción General N° 2000499628 de la referida autoridad edil, expedida por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (Reniec). Sin embargo, no se anexó el comprobante de pago de la tasa electoral respectiva. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la LOM1.1. El numeral 10 del artículo 9, concordante con el artículo 23, establece que el concejo municipal declara la vacancia del cargo de alcalde o regidor en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de los dos tercios del número legal de sus miembros, previa noti fi cación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. 1.2. El artículo 22 determina que el cargo de alcalde o regidor se declara vacante por el concejo municipal en los siguientes casos: 1) Muerte […] 1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, dispone lo siguiente: En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza: 1. Al Teniente Alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. 2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En la jurisprudencia emitida por el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones 1.4. En la Resolución N° 539-2013-JNE, el Supremo Tribunal Electoral consideró lo siguiente: […] que resulta contrario, no solo a los principios de economía y celeridad procesal y de verdad material, sino atentatorio de la propia gobernabilidad de las entidades municipales, que en aquellos casos en los que se tramite un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud […] del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse […] el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos1. 1.5. El segundo párrafo del numeral 2 de la parte considerativa de la Resolución N° 0301-2020-JNE precisa: “Lo expuesto se agrava si se tiene la situación excepcional provocada por el estado de emergencia nacional a causa de la pandemia por el brote de la COVID-19”.