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4 NORMAS LEGALES Domingo 16 de mayo de 2021 / El Peruano estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico es el conjunto articulado e integrado de órganos, subsistemas y relaciones funcionales cuya fi nalidad es coordinar y viabilizar el proceso de planeamiento estratégico nacional para promover y orientar el desarrollo armónico y sostenido del país; y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector y orientador de dicho Sistema Nacional, con competencias de alcance nacional; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, dispone que las políticas de Estado se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional - PEDN; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales se concretan en los planes estratégicos sectoriales - PESEM y los planes estratégicos multisectoriales - PEM; y que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales - PEI y los planes operativos institucionales - POI; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, establece, entre otros, que los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales y otros tipos de Planes, según corresponda el tipo de entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00200-2020-PRODUCE se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2023 del Sector Producción; Que, a través del O fi cio Múltiple Nº D000001-2021- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del CEPLAN comunica al Ministerio de la Producción que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2022-2024, ha visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM y del Plan Estratégico Institucional – PEI, para dar cobertura a la mencionada programación multianual; Que, por medio del O fi cio Nº D000255-2021- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico de CEPLAN comunica que se ha emitido el Informe Técnico Nº D000007-2021-CEPLAN-DNCPPESEM, a través del cual se veri fi ca que el Plan Estratégico Sectorial Multianual del Sector Producción, para el período 2017-2023, ha sido ampliado hasta el año 2024, en aplicación a las orientaciones que establece el O fi cio Múltiple Nº D000001-2021-CEPLAN-DNCP y a solicitud del O fi cio N° 00000150-2021-PRODUCE/ OGPPM la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción; Que, de acuerdo con los documentos de los vistos, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización propone la aprobación de la ampliación del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2023 del Sector Producción, hasta el año 2024; señalando que la matriz que amplía el horizonte de planeamiento de los Objetivos y Acciones Estratégicas Sectoriales del PESEM hasta el 2024 ha sido elaborada con la participación de los órganos de línea y organismos públicos adscritos al Ministerio de la Producción, así como con la participación de la O fi cina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos en lo referido a la estimación de las metas hasta el 2024, tanto para los objetivos como para las acciones estratégicas sectoriales establecidos en materia de MYPE e Industria y en materia de Pesca y Acuicultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo Nº 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE y su modi fi catoria; y la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la ampliación del Horizonte Temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2023 del Sector Producción hasta el año 2024, quedando denominado como “Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2024 del Sector Producción”, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Ministerio de la Producción y sus organismos públicos adscritos efectúen la revisión de la concordancia y adecuación de sus respectivos Planes Estratégicos Institucionales con el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017 - 2024 del Sector Producción, aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción efectúe el seguimiento y la evaluación de cumplimiento del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) 2017-2024 del Sector Producción. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS CHICOMA LÚCAR Ministro de la Producción 1953432-1 SALUD Designan Ejecutiva Adjunta I de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 636-2021/MINSA Lima, 14 de mayo del 2021Visto, el expediente N° 21-050142-001, que contiene la Nota Informativa N° 029-2021-SECCOR-CNS/MINSA, emitido por el Director Ejecutivo de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Secretarial Nº 285-2020/ MINSA, de fecha 11 de noviembre de 2020, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a I (CAP – P Nº 088) de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza;