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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MAYO DEL AÑO 2021 (16/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 46

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 16 de mayo de 2021 / El Peruano Que la referida causal de cese de función relacionada a la destitución impuesta en procedimiento disciplinario tiene como fi nalidad esencial materializar la ejecución de una sanción administrativa disciplinaria gravosa, como es la destitución, impuesta a un/a procurador/a público/a, la cual en estricto genera la imposibilidad o la incompatibilidad para el ejercicio de la función pública; sin embargo, es imprescindible que dicha sanción sea producto de la fi nalización de un procedimiento administrativo disciplinario; Que por Resolución Suprema N° 009-2017-JUS se designó al señor abogado Jorge Andrés Chagua Linares como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Madre de Dios; Que mediante Resolución de Secretaría General N° 001-2021-JUS del 8 de enero del 2021, el Secretario General del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos impuso la sanción de destitución al abogado Jorge Andrés Chagua Linares, Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Madre de Dios, por la comisión de falta disciplinaria; Que la resolución que impuso la sanción de destitución al abogado Jorge Andrés Chagua Linares ha devenido en fi rme, toda vez que la Segunda Sala del Tribunal del Servicio Civil, mediante Resolución N° 000400-2021-SERVIR/TSC-Segunda Sala, del 26 de febrero del 2021, declaró improcedente por extemporáneo el recurso de apelación presentado, confi gurándose el supuesto contemplado en el inciso 5 del artículo 38 del Decreto Legislativo N° 1326; Que la Octava Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo antes señalado, establece que, mediante resolución expresa del Procurador General del Estado, se da término a la designación de los/las procuradores/as públicos/as y procuradores/as públicos/as adjuntos/as de todos los niveles de gobierno, incluso a aquellos que hayan sido designados mediante acto administrativo distinto; Que de acuerdo a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del citado Reglamento, el cese de funciones de procuradores/as públicos/as que se encuentran en actividad a la fecha de entrada de vigencia del mismo, tal como se establece en la Novena Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1326, es dispuesto por el Procurador General del Estado, previa aprobación del Consejo Directivo, manteniéndose dicha atribución hasta que culmine el proceso de evaluación desarrollado en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento antes señalado; Que el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, acordó en su Vigésima Sesión Extraordinaria el cese de funciones del señor abogado Jorge Andrés Chagua Linares, como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Madre de Dios, por destitución impuesta en procedimiento disciplinario; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar término a la designación del señor abogado Jorge Andrés Chagua Linares como Procurador Público Anticorrupción Descentralizado de Madre de Dios, efectuada mediante Resolución Suprema N° 009-2017-JUS, por destitución impuesta en procedimiento disciplinario. Regístrese y comuníquese y publíquese.DANIEL SORIA LUJÁN Procurador General del Estado 1953436-1Formalizan el acuerdo normativo del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, que aprueba el “Protocolo para la prevención del COVID-19 en las procuradurías públicas, en el marco de la Emergencia Sanitaria Nacional” RESOLUCIÓN DEL PRODURADOR GENERAL DEL ESTADO N° 46-2021-PGE/PG Lima, 14 de mayo del 2021 VISTOS: El Acta Nº 7-2021-PGE correspondiente a la Vigésima Sesión Extraordinaria (virtual) del Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado, el Informe N° 004-2021-JUS/PGE-DTN de la Dirección Técnico Normativa de la Procuraduría General del Estado y el Informe Nº 60-2021-JUS/PGE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Procuraduría General del Estado; CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; Que mediante el Decreto Supremo N° 018-2019-JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, con la fi nalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en bene fi cio de los intereses del Estado; Que conforme a lo dispuesto en el numeral 14.1 del artículo 14 del mencionado decreto legislativo, el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado; Que el numeral 4 del artículo 19 del referido decreto legislativo, señala que son funciones del Procurador General del Estado, entre otras, emitir las resoluciones que contengan las normas, los lineamientos y las disposiciones generales del Sistema, aprobadas por el Consejo Directivo; Que conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado emite acuerdos normativos a través de los cuales aprueba normas, directivas, lineamientos o protocolos, dentro del ámbito de su competencia y jerarquía. Dichos acuerdos son de cumplimiento obligatorio para los/las operadores/as e integrantes del Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado; Que el numeral 9.4 del artículo 9 del mencionado reglamento establece que los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo, en caso se disponga, son formalizados por resolución del Procurador General del Estado y publicados en el portal institucional; lo cual guarda coherencia con lo señalado en el numeral 10 del artículo 19 del Decreto Legislativo N° 1326, que establece como una de las funciones del Procurador General del Estado, disponer las acciones necesarias para cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo; Que mediante el Decreto Supremo Nº 009-2021-SA publicado el 19 de febrero del 2021 en el diario o fi cial El Peruano, se prorroga a partir del 7 de marzo del 2021, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario, la emergencia sanitaria declarada por Decreto Supremo N° 008-2020-SA, prorrogada por los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, Nº 027-2020-SA y N° 031-2020-SA, por la persistencia del supuesto que ha con fi gurado la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19;