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104 NORMAS LEGALES Viernes 28 de mayo de 2021 / El Peruano Artículo XIII Este Convenio permanecerá en vigor por un periodo inde fi nido. Cualquiera de las Partes podrá ponerle término en cualquier momento, mediante noti fi cación a la otra parte, por escrito y a través de la vía diplomática. La denuncia surtirá efecto el primer día del tercer mes posterior a la fecha de recepción de la noti fi cación. Si esta propuesta es aceptable, esta Nota y la Nota de respuesta del Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumanía constituirán un Acuerdo entre los dos Gobiernos, el cual entrará en vigor en la fecha de recepción de la última noti fi cación en la que una de las Partes comunique a la otra, a través de la vía diplomática, el cumplimiento de los procedimientos requeridos por sus ordenamientos jurídicos internos para la entrada en vigor. El Acuerdo se encuentra en los idiomas castellano, inglés y rumano, siendo todos los textos igualmente auténticos y válidos. En caso de divergencia entre los textos, se resolverá de acuerdo con la versión en inglés. El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú hace propicia la oportunidad para reiterar al Honorable Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumanía las seguridades de su más alta y distinguida consideración.” El Ministerio de Asuntos Exteriores, a nombre del Gobierno de Rumania, está de acuerdo con la propuesta de la parte peruana y con fi rma que la Nota Verbal de la parte peruana junto con la presente Nota Verbal representan un Convenio entre el Gobierno de Rumania y el Gobierno de la República del Perú con respecto a la autorización sobre un base recíproca del empleo de los familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Ofi cinas Consulares , que entrará en vigor en la fecha de recibo de la última noti fi cación a través de la cual las partes comunican recíprocamente por vías diplomáticas, el cumplimiento de los procedimientos legales internos para la entrada en vigor. El presente Acuerdo se celebra en rumano, castellano e inglés, todos los textos siendo igualmente auténticos. En caso de divergencia de interpretación, el texto en inglés prevalecerá. El Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumania aprovecha esta oportunidad para renovar a la Embajada de la Republica de Perú en Bucarest las seguridades de su más alta consideración. Bucarest, 12 de enero de 2021 1956928-1 Entrada en vigencia del “Convenio entre la República del Perú y Rumanía referido a la autorización del empleo de familiares dependientes de los miembros del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares” Entrada en vigencia del “Convenio entre la República del Perú y Rumanía referido a la autorización del empleo de familiares dependientes de los miembros del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de las Misiones Diplomáticas y O fi cinas Consulares” formalizado mediante intercambio de Notas, Nota RE (MIN) N° 6/3 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú del 6 de enero de 2021, y Nota N° G1/53 del Ministerio de Asuntos Exteriores de Rumanía del 12 de enero de 2021; y rati fi cado mediante Decreto Supremo N° 012-2021-RE del 15 de abril de 2021. Entró en vigor el 20 de abril de 2021. 1956975-1 Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400CONTACTO COMERCIAL • MARISELA FARROMEQUE 998 732 784 mfarromeque@editoraperu.com.pe• MÓNICA SANCHEZ 915 248 092 msanchez@editoraperu.com.pe