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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Jueves 18 de noviembre de 2021 El Peruano / a) Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria - Juan Carlos Santillán Tuesta Presidente - Francisco Celis Mendoza Ayma- Máximo Francisco Maguiña Castro b) Cuarta Sala Penal de Apelaciones Nacional - Walter Alfredo Lomparte Sánchez Presidente - Rosa Inés Saavedra Balarezo De Vélez- Mercedes Pareja Centeno Tercero.- REMITIR al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la presente resolución, en mérito a lo detallado en el apartado quinto de los fundamentos, para los fi nes pertinentes. Debiendo cursarse el o fi cio respectivo con la debida nota de atención. Cuarto.- PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución de los jueces de todas las instancias, de la Ofi cina de Administración, de la Administración del Módulo del CPP, de la responsable administrativo de los Órganos Jurisdiccionales del CdPP 1940, así como del personal jurisdiccional y administrativo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese donde corresponda. PORFIRIA EDITA CONDORI FERNANDEZ Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 2012437-1 ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan emisión de duplicado de diploma de título profesional de Licenciado en Educación Secundaria otorgado por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DE CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-342-2021-UNSAAC Cusco, 25 de octubre de 2021EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el Expediente Nro. 305582, presentado por don RIGOBERTO ARIZACA MEDINA con Código Universitario Nº 960486 egresado de la entonces Carrera Profesional de Educación de la Facultad de Educación de la Institución, solicitando emisión de duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en Educación Secundaria-Especialidad Educación Física, por motivo de pérdida; y, CONSIDERANDO:Que, por Ley Nro. 28626 y su modi fi catoria del TUO aprobado por Resolución Nº 1256-2013-ANR, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; norma concordante con el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la SUNEDU, aprobado por Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/ CD, de fecha 18 de diciembre de 2015, y modi fi cado por Resolución del Consejo Directivo Nº 038-2016-SUNEDU/CD de fecha 11 de noviembre de 2016, dispuesta en el artículo 3º; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva aprobada por Resolución Nro. CU-224-2006-UNSAAC, de 09 de febrero de 2006, actualizada por Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, de fecha 19 de setiembre de 2017; Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Licenciado en Educación Secundaria-Especialidad Educación Física, por motivo de pérdida, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición la documentación sustentatoria respectiva, conforme a Directiva de la Institución; Que, del Informe Nro. 046-2021-GT-UNSAAC, expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la O fi cina de Secretaría General de la Institución, se colige que el recurrente optó al Título Profesional de Licenciado en Educación Secundaria-Especialidad Educación Física, conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 12, encontrándose inscrito en el folio Nº 1157, con Resolución Nro. CU-3702-2010-GT de fecha 02 de diciembre de 2020, asimismo, se veri fi có que el Diploma en mención se encuentra inscrito en el Registro Nacional de Grados y Títulos Profesionales de la SUNEDU; Que, la petición formulada por el administrado ha sido puesto a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria Virtual efectuada el día miércoles 20 octubre de 2021, siendo aprobada por unanimidad; Estando a lo referido, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario, Resolución Nº R-1152-2017-UNSAAC, Informe Nº 501-EPEy Cs.C-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR a la O fi cina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL Licenciado en Educación Secundaria-Especialidad Educación Física, por motivo de pérdida, a favor de don RIGOBERTO ARIZACA MEDINA, con Código Universitario Nro. 960486, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se re fi ere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU. Cuarto.- DISPONER que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, bajo responsabilidad. La O fi cina de Secretaría General y la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, deberán adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector 2012191-1 Autorizan viaje de investigador de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa para participar en pasantía a realizarse en Brasil UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1113-2021 Arequipa, 15 de noviembre del 2021 Visto el O fi cio Nº 154-2021-CONTRATO-07-2019- FONDECYT-BM-INC.INV, presentado por DAVID