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48 NORMAS LEGALES Jueves 18 de noviembre de 2021 El Peruano / se asignen los recursos presupuestales necesarios para la creación de los seiscientos setenta órganos jurisdiccionales permanentes, de acuerdo al cuadro que se remite por anexo 1; acciones que debe efectuar vía crédito suplementario o en la formulación de los presupuestos de cada año hasta que sea atendido. Asimismo, a la formulación de cada crédito suplementario o a la remisión del anteproyecto de presupuesto de cada año al Ministerio de Economía y Finanzas, deberá comunicar y con fi rmar a la O fi cina de Productividad Judicial, la inclusión del presente requerimiento, hasta su cumplimiento. Artículo Segundo.- La Gerencia General del Poder Judicial dispondrá que la Gerencia de Plani fi cación, en coordinación con la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar y otras áreas competentes, elaboren el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), teniendo en consideración las remuneraciones establecidas para cada uno de los cargos propuestos en las plantillas indicadas en el anexo 2, las cuales contienen la estructura de cargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de cada una de las Salas Superiores, Juzgados Especializados o Mixtos y Juzgados de Paz Letrados requeridos. Artículo Tercero.- Disponer que la O fi cina de Productividad Judicial efectúe el seguimiento del cumplimiento de la presente resolución administrativa, informando periódicamente a este Órgano de Gobierno, hasta su cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial, Programa Presupuestal “Celeridad de los Procesos Judiciales de Familia” PpR0067, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, O fi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2012445-4 Modifican la fecha de la ceremonia de inauguración de la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en los órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad civil CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000382-2021-CE-PJ Lima, 16 de noviembre del 2021VISTO:El O fi cio N° 000040-2021-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 000372-2021-CE-PJ dispuso la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE), a partir del 14 de noviembre de 2021, en los órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad Civil; así como la ceremonia de inauguración para el 22 de noviembre de 2021. Segundo. Que, al respecto, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio N° 000040-2021-P-CT- EJE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno se prorrogue la fecha de la ceremonia de inauguración de la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en los órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad civil, para el día martes 23 de noviembre de 2021. Tercero. Que, asimismo, mediante informe Nº 0025-2021-ST-CT-EJE-PJ, elaborado por la Secretaria Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, se justi fi ca la necesidad de prorrogar la realización de la ceremonia de inauguración, para el día martes 23 de noviembre de 2021; con miras a ejecutar actividades previas. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1470-2021 de la sexagésima octava sesión continuada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de noviembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car la fecha de la ceremonia de inauguración de la implantación del Expediente Judicial Electrónico (EJE) y la Mesa de Partes Electrónica (MPE) en los órganos jurisdiccionales del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, que atienden procesos de la especialidad civil bajo el alcance de la oralidad civil, para el día martes 23 de noviembre de 2021. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Corte Superior de Justicia de Arequipa, en cuanto sea su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de la disposición establecida en la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de Oralidad Civil, Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2012445-5 Promueven y habilitan la realización de la “Jornada Judicial Extraordinaria”, de carácter voluntario, con una duración de 24 horas, para el día 26 de noviembre de 2021, en todos los Distritos Judiciales del país CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000383-2021-CE-PJ Lima, 17 de noviembre del 2021