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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (19/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Viernes 19 de noviembre de 2021 El Peruano / ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA “LA AMNISTÍA PARCIAL DE PAGO DE PAPELETAS DE INFRACCIÓN AL TRANSITO, ACTAS DE CONTROL Y LA LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS DEL DEPOSITO OFICIAL DE VEHÍCULOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO” Artículo 1º.- FINALIDAD Establecer bene fi cios de reducción en los pagos de deudas administrativas derivadas de las infracciones en materia de transportes, tránsito terrestre y la liberación de vehículos del Depósito O fi cial vehicular de la Municipalidad Provincia de Mariscal Nieto, trayendo consigo que se evite el chatarreo obligatorio de las unidades vehiculares que aún se encuentran en el depósito municipal, en conformidad con lo señalado en el Decreto Supremo Nº 016-2021-MTC; bene fi ciándose de esta manera tanto la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto y los propietarios de los vehículos internados. Artículo 2º.- BENEFICIO PARCIALa) Otórguese la Condonación hasta el 67% de descuento de la obligación principal, debiendo pagar el 33% del total de la obligación principal por infracciones al Reglamento de Tránsito y al Transporte impuestas y/o cometidas hasta antes del 31 de marzo del 2021, asimismo se bene fi cian los procesos administrativos que se encuentren en cobranza ordinaria, pendientes de Resolución, los que tengan Resolución fi rme y consentida, los procesos de fraccionamiento y cobranza coactiva, siempre y cuando el pago se realice al contado. b) En materia de tránsito la presente ORDENANZA MUNICIPAL NO BENEFICIA a las infracciones al tránsito con los códigos M-1, M-2, M-3, M-4, M-5, M-6, M-7, M-8, M-9, M-12, M-15, M-16, M-17, M-20, M-21, M-23, M-27, M-28, M-29, M-31 Y M-32, M-37, M-38, M-39-,M-42., sin embargo pagando el total de la deuda, pueden liberar sus vehículos del Depósito Municipal, mas no los vehículos por captura o Deprove. En virtud del numeral 1 del artículo 336º del D.S. Nº 016-2009-MTC y sus modi fi catorias c) En materia de transportes, la presente Ordenanza Municipal NO BENEFICIA a las infracciones tipi fi cadas con los códigos: F.1, F.5, S.1, S.5, I.3.a, T.2 y T.3 las que deberán ser canceladas en su totalidad. En virtud del artículo 105º y el anexo 2 del D.S. 017-2009-MTC y sus modi fi catorias. Artículo 3º.- LOS BENEFICIARIOS Están considerados dentro de este bene fi cio, aquellos propietarios y/o conductores que hayan cometido infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito, impuestas y/o cometidas al 31 de marzo del 2021, asimismo se bene fi cian los procesos administrativos que se encuentren en cobranza ordinaria, pendientes de Resolución, los que tengan Resolución fi rme y consentida y cobranza coactiva asimismo lo señalado en los artículos 5º y 6º de la presente Ordenanza, siempre y cuando el pago se realice al contado. Artículo 4º.- DEL BENEFICIO PARA LIBERACIÓN DEL VEHÍCULOS Y OTRAS UNIDADES MOTORIZADAS DEL DEPÓSITO MUNICIPAL Otorgar los siguientes bene fi cios: En los casos que el propietario del vehículo internado adeude a Ia Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, multas administrativas derivadas por infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito o Reglamento Nacional de Administración de Transporte, cuya cobranza se encuentre en vía coactiva, el Ejecutor Coactivo queda facultado a incorporar en Ia liquidación de costas del procedimiento coactivo. Asimismo, no se realizará el pago por el servicio de guardianía y grúa municipal en virtud de la ORDENANZA MUNICIPAL Nº 014-2018-MPMN de fecha 28 de diciembre del 2018, publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 27 de febrero del 2019. Artículo 5º.- DESISTIMIENTO DE RECLAMACIONES El acogimiento a la presente Ordenanza Municipal por los administrados que cuenten con expedientes en reclamo o impugnación pendientes de Resolución, genera presunción para la administración Municipal, sin admitir prueba en contrario, del desistimiento de los mismos, en ese Artículo 6º.- DE LOS FRACCIONAMIENTOS VIGENTES Aquellos contribuyentes que hayan realizado fraccionamiento antes de la vigencia de la presente Ordenanza, podrán acogerse al presente incentivo para lo cual deberán cancelar al contado las cuotas pendientes de pago. Artículo 7º.- DE LOS PAGOS EFECTUADOS CON ANTERIORIDAD Los montos pagados con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia de la presente ordenanza no serán materia de devolución alguna. Artículo 8º.- PAGO Y RECONOCIMIENTO El acogerse a lo dispuesto por la Presente Ordenanza Municipal, implica el reconocimiento de la infracción conforme lo dispuesto al artículo 336º del TUO del Régimen Nacional de tránsito y numeral 124.3 del artículo 124º del Reglamento Nacional de Administración de Transporte; de encontrarse el expediente administrativo en trámite se dará por concluido el procedimiento, siempre y cuando se presente los respectivos comprobantes de pago. Artículo 9º.- REINICIO DE LA COBRANZA Una vez concluido el periodo de vigencia de la presente norma municipal y bajo responsabilidad de los funcionarios competentes, se reiniciará la ejecución de cobranza a favor de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, en su totalidad, así como ejecutar las acciones administrativas en contra de los deudores que no se acogieron al bene fi cio otorgado en la presente Ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- Queda establecido que la presente norma es de acogimiento voluntario; en consecuencia, la O fi cina de Ejecutoria Coactiva seguirá recibiendo y tramitando las Resoluciones de Sanción Consentida; y las medidas cautelares proseguirán su curso, solo serán suspendidas, si el administrado se acoge al presente Régimen de Incentivos, presentando su respectivo Expediente de Ejecución Coactiva; adjuntando copia del recibo de pago. Segundo.- SUSPÉNDASE, por el plazo de vigencia de la presente Ordenanza Municipal, toda disposición que se oponga a lo dispuesto a la presente norma, facultándose al Titular de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, de ser necesario que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue los plazos y dicte disposiciones reglamentarias y complementarias para la aplicación de la presente norma. Tercero.- La Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial, está facultada a dictar mediante Resolución de Gerencia, sobre los aspectos operativos administrativos para promover la aplicación de la presente Ordenanza en lo que competa. Cuarto.- ENCARGAR; a la Gerencia de Desarrollo Urbano Ambiental y Acondicionamiento Territorial a través de la Sub Gerencia de Transportes y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto” el cumplimiento y la aplicación de la presente ordenanza, además de la publicación de la presente en el Diario O fi cial El Peruano y la O fi cina de Secretaria general en coordinación con la O fi cina de Tecnología de Información y Estadística para que publique en el portal Web de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto, la presente. Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y vence a los 90 días calendarios de la entrada de vigencia. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 2012758-1