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82 NORMAS LEGALES Viernes 19 de noviembre de 2021 El Peruano / Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, APROBÓ POR UNANIMIDAD lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ELECCIONES DE LAS JUNTAS VECINALES DEL DISTRITO DE LA PUNTA Artículo 1º.- PRORROGAR la elección de los representantes de las Juntas Vecinales Comunales Período 2019-2021 hasta que puedan convocarse las nuevas elecciones con las garantías sanitarias y transparencia electoral conforme a ley, debido a la Emergencia Sanitaria y del Estado de Emergencia Nacional por los efectos del COVID-19. Artículo 2º.- Aprobar el Nuevo Reglamento de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de La Punta, el mismo que consta de tres (3) títulos, doce (12) capítulos, treinta y siete (37) artículos y dos (2) disposiciones complementarias, cuyo texto en anexo único forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Deróguese la Ordenanza Nº 001-2012- MDLP/AL y modi fi catorias, así como toda aquella norma que se oponga al presente Reglamento. Artículo 4º.- Facultar al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias, reglamentarias, aclaratorias, ampliatorias o adicionales que resulten necesarias para la adecuada aplicación a la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 6º.- Encárguese, a la O fi cina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza; y a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza y su anexo en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RAMÓN RICARDO GARAY LEÓN Alcalde 2012888-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Ordenanza que aprueba amnistía parcial de pago de papeletas de infracción al tránsito, actas de control y la liberación de vehículos del depósito oficial de vehículos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 022-2021-MPMN Moquegua, 25 de octubre del 2021EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”: VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 22-10-2021,el Dictamen Nº 028-2021-CDUAAT-MPMN de Registro Nº 2128077 de fecha de 20-10-2021, Informe Legal Nº 925-2021-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2120791 de fecha 19-08-2021 sobre PROPUESTA DE AMNISTÍA PARCIAL DE PAGO DE PAPELETAS DE INFRACCIÓN AL TRANSITO, ACTAS DE CONTROL Y LA LIBERACIÓN DE VEHÍCULOS DEL DEPOSITO OFICIAL DE VEHÍCULOS DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ; Que, la Ley General de Transporte y de Tránsito Terrestre Ley Nº 27181 en su Artículo 11º Establece que las Municipalidades Provinciales están facultadas para emitir normas complementarias para la aplicación de los reglamentos nacionales en materia de transporte, asimismo el Artículo 17º de la citada norma les otorga la facultad de recaudar y administrar los recursos provenientes del pago de multas por infracciones de tránsito contenidas en el Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito - Código de Tránsito Decreto Supremo Nº 016- 2009-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 029- 2009-MTC; Que, el Artículo 288º del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito – Código de Tránsito Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 029-2009-MTC, señala: Se considera Infracción de Tránsito de la acción u omisión que contravengan las disposiciones contenidas en el presente Reglamento, debidamente tipi fi cada en los cuadros de Tipi fi cación, Sanciones y Medidas Preventivas aplicables a las infracciones al Tránsito Terrestre; Que, dentro de las sanciones administrativas encontradas a las multas que implican la cancelación de una sanción pecuniaria al cual puede ser reducida o dejada sin efecto a criterio de la municipalidad competente en virtud a la autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico esto de conformidad al Artículo II Título Preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; Que, la Ordenanza Municipal Nº 024-2016-MPMN “Aprueban normas complementarias para el servicio especial de transporte de personas en la modalidad de taxi para la provincia Mariscal Nieto de Moquegua” y la Ordenanza Municipal Nº 005-2007-MPMN “Plan Ordenador y Regulador de Rutas de Transporte Urbano e Interurbano”, establecen normas complementarias vigentes en materia de transportes de la Municipalidad Provincial Mariscal Nieto; Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 019- 2020-MPMN de fecha 30 de diciembre del 2020, fue aprobada la Condonación hasta el 67% de descuento de la obligación principal, debiendo pagar el 33% del total de la obligación principal por infracciones al Reglamento de Tránsito y al Transporte impuestas y/o cometidas hasta antes del 31 de julio del 2020. Asimismo, en materia de tránsito la mencionada ORDENANZA MUNICIPAL NO BENEFICIO a las infracciones al tránsito con los códigos M-1, M-2, M-3, M-4, M-5, M-6, M-7, M-8, M-9, M-12, M-15, M-16, M-17, M-20, M-21, M-23, M-27, M-28, M-29, M-31 Y M-32, M-37, M-38, M-39-,M-42., igualmente en materia de transportes, NO BENEFICIO a las infracciones tipi fi cadas con los códigos: F.1, F.5, S.1, S.5, I.3.a, T.2 y T.3 las que deberán ser canceladas en su totalidad; Asimismo, mediante la citada campaña se acogieron a pagar 203 administrados a los cuales se procedió con el descuento del 67%, en ese contexto pagaron un monto total de S/. 56,531.80. En ese sentido, consideramos la necesidad de reactivar nuevamente la recaudación de recursos para la municipalidad, que con el mismo los administrados también se bene fi ciarían con el descuento de sus deudas por multas, todo ello en vista de la emergencia que vive nuestro país por la pandemia COVID 19; POR CUANTO:El Concejo Provincial de Mariscal Nieto en uso de las facultades concedidas por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú promulgada el 29 -12-1993 y modi fi cada por la Ley Nº 27680 de fecha 06-03-2002 , al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 de fecha 26-05-2003 y Ley Nº 8230 de fecha 03-04-1936 y Ley Nº 27181aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 22-10-2021 por UNANIMIDAD del Pleno de Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; la siguiente: