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7 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / Visto, el O fi cio N° 000426-2021-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo de PROMPERÚ, se ha previsto la participación, conjuntamente con empresas del sector turismo, en el evento comercial “USTOA Annual Conference & Marketplace”, a realizarse del 7 al 10 de diciembre de 2021, en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, evento organizado por la Asociación de Tour Operadores de Estados Unidos – USTOA, que congrega a los principales tour operadores de dicho país, quienes definen las tendencias turísticas en Norteamérica, las mismas que permiten a la Institución y a la oferta peruana, permanecer a la vanguardia en la promoción del destino, permitiendo promover, educar e informar a los Tour Operadores sobre los atractivos turísticos del Perú, generando oportunidades únicas para fomentar su inclusión en sus portafolios de ventas, promoviendo de esta manera nuestro país; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en este evento, porque permitirá comunicar y exponer la actual oferta turística del destino Perú, así como el avance de la vacunación contra el Covid-19 y los protocolos de seguridad que existen en cada destino turístico a los medios de prensa especializada de turismo; asimismo, obtener retroalimentación sobre las ventas, tendencias de viaje del consumidor fi nal post pandemia, a fi n de incluir esta información en nuestros planes de promoción 2022; Que, PROMPERÚ ha previsto realizar en la ciudad de Los Ángeles, Estado de California, Estados Unidos de América, el día 6 de diciembre de 2021, el evento “Door to Door Los Ángeles”, con la fi nalidad de comunicar y exponer la actual oferta turística del destino Perú a los medios de prensa especializada de turismo, para lo cual se realizaran visitas personalizadas a editores y/o escritores de medios de prensa especializados de Los Ángeles a fi n de brindar información de interés del destino Perú para su editorial; Que, por tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado se autorice el viaje en comisión de servicios al exterior de la señora Jennifer Stephanie Pizarro Chizan, quien labora en la Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, de la Dirección de Promoción del Turismo, para que en representación de PROMPERÚ desarrolle actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en los eventos antes mencionados; Que, la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a las ciudades de Los Ángeles y San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, de la señora Jennifer Stephanie Pizarro Chizan, del 5 al 11 de diciembre de 2021, para que en representación de PROMPERÚ participe en el evento comercial “USTOA Annual Conference & Marketplace” y en el “Door to Door Los Ángeles”, mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo receptivo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase Económica US $ContinenteViáticos día US$Nro. de díasTotal de viáticos US$ Jennifer Stephanie Pizarro Chizan1 758,51América del Norte440,00 6 2 640,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Jennifer Stephanie Pizarro Chizan, presentará al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2015562-1 Crean el “Premio Nacional a la Mujer Artesana” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 204-2021-MINCETUR Lima, 25 de noviembre de 2021Visto, los informes N° 0034-2021-MINCETUR/VMT/ DGA/DDA-DCV y N° 0042-2021-MINCETUR/VMT/DGA-AMD, de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), dispone que este organismo, en materia de turismo, tiene la función de promover, orientar y regular la actividad turística, con el fi n de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, establece que el MINCETUR es la entidad competente para ejecutar la promoción, orientación y regulación de la artesanía de acuerdo a la Ley N° 27790; Que, el artículo 26 de la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, dispone que el Estado, a través del MINCETUR, en su calidad de ente rector en materia de artesanía, promueve concursos y certámenes con el objeto de valorar el talento, la competitividad y la creatividad del artesano peruano; asimismo reconoce y distingue a los artesanos, empresas de la actividad artesanal y otras personas e instituciones involucradas en el sector artesanal que fomenten y difunden la identidad nacional; Que, en el marco de las normas antes mencionadas, el literal i) del artículo 74-F del Reglamento de Organización