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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (26/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil veintiuno. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas CARLOS ALFONSO GALLARDO GÓMEZ Ministro de Educación 2015679-2 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas DECRETO SUPREMO N° 324-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público, autoriza durante el Año Fiscal 2021, a los Ministerios y a las entidades que pertenezcan a su Sector, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, entre el respectivo Ministerio y las entidades de su Sector o entre estas últimas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, para garantizar el fi nanciamiento de la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS) que se encontraban vigentes y registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 10 de marzo de 2021; las que se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último, quedando exceptuado para este fi n de lo establecido en el artículo 49 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, mediante el O fi cio N° 0563-2021-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor del pliego Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, con cargo a los recursos de su Presupuesto Institucional, para fi nanciar la continuidad de la contratación del personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), correspondiente al periodo de noviembre a diciembre 2021, que se encontraba vigente y registrado en el AIRHSP al 10 de marzo de 2021, en el marco de lo establecido en el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 044-2021; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 00432-2021-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes; Que, mediante Memorando N° 1630-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a la información registrada en el AIRHSP, informa el costo correspondiente para fi nanciar la continuidad del personal bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) para el periodo de noviembre a diciembre de 2021; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 305 176,00 (TRESCIENTOS CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES) a favor del pliego Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del pliego Ministerio de Defensa, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 305 176,00 (TRESCIENTOS CINCO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del pliego Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, para fi nanciar la continuidad de los Contratos Administrativos de Servicios (CAS), para el periodo de noviembre a diciembre 2021, que se encontraban vigentes y registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 10 de marzo de 2021, en el marco de lo señalado en el numeral 6.4 del artículo 6 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fi scal de los recursos humanos del Sector Público, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En Soles) SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de DefensaUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 305 176,00 --------------- TOTAL EGRESOS 305 176,00 ========= A LA: (En Soles)SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 335 : Agencia de Compras de las Fuerzas ArmadasUNIDAD EJECUTORA 001 : Agencia de Compras de las Fuerzas ArmadasCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000003 : Gestión AdministrativaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : ecursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 305 176,00 --------------- TOTAL EGRESOS 305 176,00 ========= Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.