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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (26/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Viernes 26 de noviembre de 2021 El Peruano / 015-2019, Decreto de Urgencia para el Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020, Decreto de Urgencia que establece medidas para el otorgamiento y pago de las pensiones a cargo de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) a los afiliados que se encuentran en situación de riesgo en el marco de la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19, y dicta otras disposiciones; y, en el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 054-2021, Decreto de Urgencia que modifica el plazo para la implementación de la transferencia de pensiones de los pensionistas de las Unidades Ejecutoras a cargo del Ministerio de Educación a la Oficina de Normalización Previsional, establecido en el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 035-2021 y dicta otras disposiciones; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 32 910 613,00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS TRECE Y 00/100 SOLES), a favor de la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), para fi nanciar el pago de las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley Nº 20530 y sus normas complementarias, correspondientes a diversas Unidades Ejecutoras del Ministerio de Educación, en el marco de lo señalado en el numeral 11.1 del artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 015-2019; en el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto de Urgencia Nº 077-2020; y, en el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 054-2021, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 001 : USE 01 San Juan de Mira fl ores CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 216 258,00UNIDAD EJECUTORA 002 : USE 02 San Martín de Porres CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 6 579 097,00UNIDAD EJECUTORA 003 : USE 03 Cercado CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 10 568 641,00UNIDAD EJECUTORA 004 : USE 04 Comas CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 801 186,00UNIDAD EJECUTORA 005 : USE 05 San Juan de Lurigancho CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 643 833,00 UNIDAD EJECUTORA 006 : USE 06 Vitarte CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 1 134 531,00UNIDAD EJECUTORA 007 : USE 07 San Borja CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 8 477 687,00UNIDAD EJECUTORA 017 : Dirección de Educación de Lima CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 4 489 380,00 =========== TOTAL EGRESOS 32 910 613,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 095 : O fi cina de Normalización Previsional - ONPUNIDAD EJECUTORA 001 : O fi cina de Normalización PrevisionalCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productosACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones PrevisionalesFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y otras prestaciones sociales 32 910 613,00 =========== TOTAL EGRESOS 32 910 613,00 =========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1. El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3. La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.