Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (01/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Viernes 1 de octubre de 2021 El Peruano / 4.2. En el marco de la emergencia sanitaria a nivel nacional, declarada a consecuencia de la COVID-19, las funciones del Grupo de Trabajo podrán realizarse de manera presencial o virtual, utilizando para este caso herramientas de tecnologías de la información. Artículo 5.- Designación de representantes Las entidades señaladas en los literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j) y m) del artículo 3, designan a sus representantes mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Secretaría de Descentralización, quien asume la responsabilidad administrativa y coordinaciones operativas del funcionamiento del Grupo de Trabajo; así como, reporta periódicamente a la Presidencia y es responsable de llevar el registro de los acuerdos, y toda la documentación que se genere. Artículo 7.- Participación de otras entidades públicas o privadas El Grupo de Trabajo, para el cumplimiento de su objeto y funciones, puede convocar la participación de otras entidades públicas en el marco de sus respectivas competencias; así como, de personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación y organizaciones no gubernamentales; en calidad de invitados. Artículo 8.- De la información, colaboración, asesoramiento, y apoyo de profesionales El Grupo de Trabajo puede solicitar la colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión y aporte técnico de representantes de diferentes entidades públicas y/o privadas del ámbito nacional e internacional. Asimismo, puede conformar subgrupos de trabajo para el mejor análisis de la problemática territorial. Artículo 9.- Financiamiento Las entidades que conforman el Grupo de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; pudiendo destinar para dicho fi n recursos provenientes de donaciones, cooperación técnica internacional no reembolsable y otras fuentes de fi nanciamiento, conforme a la normatividad vigente. La participación de los integrantes del Grupo de Trabajo, es ad honórem, no irrogando gastos al Estado. Artículo 10.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Artículo 11.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene vigencia por un periodo de un (01) año, prorrogable por un período adicional. Artículo 12.- Informe FinalVencido el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, la Secretaría Técnica dispondrá de treinta (30) días calendario adicionales, para presentar un informe fi nal a la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 13.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUIDO BELLIDO UGARTE Presidente del Consejo de Ministros 1997065-1Designan Subsecretario de la Subsecretaría de Gestión de Conflictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 230-2021-PCM Lima, 30 de septiembre de 2021CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Subsecretario/a de la Subsecretaría de Gestión de Con fl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al/a la servidor/a que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 156-2021-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor CRISTIAN QUISPE MONTAÑEZ, en el cargo de Subsecretario de la Subsecretaría de Gestión de Con fl ictos de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.GUIDO BELLIDO UGARTE Presidente del Consejo de Ministros 1997284-1 AMBIENTE Aprueban el “Protocolo Sanitario ante el COVID-19 para la atención de visitas turísticas en las Áreas Naturales Protegidas” (Segunda Versión) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 181-2021-MINAM Lima, 29 de setiembre de 2021VISTOS; el O fi cio Nº 271-2021-SERNANP-J del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado; el Memorando Nº 00793-2021-MINAM/VMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe Nº 00513-2021-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP, como organismo público técnico especializado adscrito al citado Ministerio y ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE; Que, el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1079, Decreto Legislativo que establece medidas que garanticen el patrimonio de las áreas naturales protegidas, señala que la autoridad competente para administrar el patrimonio forestal, fl ora y fauna silvestre de las áreas naturales protegidas y sus servicios ambientales es el Ministerio del Ambiente a través del SERNANP;