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114 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / demás normas conexas, los mismos que deberán ser presentados dentro del plazo de vigencia establecido. Artículo Cuarto.- FACULTESE, a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo expuesto en la presente Ordenanza, así como establecer la prórroga del plazo establecido en el artículo segundo. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, Subgerencia de Obras Privadas y Catastro, y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la Secretaría General las acciones para la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial “El Peruano”; así como, la noti fi cación del presente dispositivo a las unidades orgánicas de la municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2001755-1 Aprueban las secciones de vías de las calles y/o pasajes del Asentamiento Humano Villa Escudero - distrito de Mi Perú ORDENANZA N° 074/MDMP Mi Perú, 5 de octubre del 2021EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 004-2021-MDMP/CODU de la Comisión de Obras y Desarrollo Urbano, la Carta N° 133-2021-MDMP/SG de la Secretaría General, el Memorándum N° 2241-2021-MDMP-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 037-2021-MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 2237-2021-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 202-2021-MDMP/GODU de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, el Informe N° 085-2021-MDMP/SG de la Secretaría General, el Memorándum N° 2219-2021-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N° 349-2021-MDMP-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 973-2021-MDMP/GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, el Informe N° 196-2021/MDMP-GODU de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, así como el Informe N° 024-2021-MDMP/GODU-JLSR del Coordinador de Obra de la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, así como el Oficio N° 376-2021-GRC/GRI (Exp. N° 05538-2021) de la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional del Callao; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; asimismo, el artículo IV de la acotada Ley establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 161° numeral 7.2 cardinal 7) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, precisa que es competencia y función metropolitana especial, la plani fi cación, regulación y gestión del tránsito urbano de peatones y vehículos, en mérito a ello mediante ordenanza N° 341/MML se actualiza el sistema vial metropolitano que defi ne la estructura vial del área metropolitana de Lima y Callao, la clasi fi cación de vías, los intercambios viales y láminas que contienen las secciones viales normativas, y a su vez, categoriza las vías de Lima Metropolitana, en expresas, vías locales, por su parte el artículo 5° de la referida ordenanza señala que corresponde a las municipalidades distritales la de fi nición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Locales de su circunscripción; Que, mediante la Ordenanza Municipal N° 014- 2003-MPC, el Concejo de la Municipalidad Provincial del Callao aprueba el Plan del Sistema Vial de la Provincia Constitucional del Callao, de igual forma el artículo quinto de la referida ordenanza faculta a las municipalidades distritales la de fi nición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vías de las Vías Locales; Que, mediante Oficio N° 376-2021-GRC/GRI (Exp. N° 05538-2021) la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional del Callao manifiesta que en cumplimiento de los compromisos de cooperación interinstitucional asumidos mediante el Convenio N° 001-2019-GRC, suscrito entre el Gobierno Regional del Callao y la Municipalidad Distrital de Mi Perú, remite el Diseño Geométrico y las Secciones de Vías del estudio definitivo a nivel de expediente técnico “Construcción de Pistas y Veredas en el AA.HH. Villa Escudero – Distrito de Mi Perú, Callao – Callao”, con Código Único N° 2334699; Que, mediante el Informe N° 196-2021-MDMP/ GODU, la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, opina en sentido procedente para la aprobación de las secciones de vías en el Asentamiento Humano Villa Escudero, para la ejecución del proyecto denominado “Construcción de Pistas y Veredas del A.H. Villa Escudero, Distrito de Mi Perú – Callao - Callao” por el Gobierno Regional del Callao, alcanzando la propuesta de ordenanza correspondiente; Que mediante el Informe Legal N° 349-2021- MDMP/GAJ, ampliado con el Informe N° 037-2021-MDMP/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión procedente respecto a la aprobación de las obras de Secciones de Vías del Expediente Técnico Construcción de Pistas y Veredas en el AA.HH. Villa Escudero, Distrito de Mi Perú Callao – Callao, recomendando que este sea sometido a consideración del Concejo Municipal; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 9°, numeral 8), artículo 39° y 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Concejo Municipal, con el VOTO UNÁNIME, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS SECCIONES DE VÍAS DE LAS CALLES Y/O PASAJES DEL ASENTAMIENTO HUMANO VILLA ESCUDERO – DISTRITO DE MI PERÚ – CALLAO – CALLAO Artículo Primero.- APROBAR las SECCIONES DE VIAS Y/O PASAJES DEL ASENTAMIENTO HUMANO VILLA ESCUDERO– DISTRITO DE MI PERU – CALLAO – CALLAO, las mismas que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- FACÚLTESE, a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de lo expuesto en la presente Ordenanza, así como establecer la prórroga del plazo establecido en el artículo segundo. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, Subgerencia de Obras Publicas y demás unidades orgánicas competentes.