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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (16/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 102

102 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / Que, con Informe Nº 423-2021-MSB-OAJ de fecha 04 de octubre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina favorablemente por la aprobación de la “Ordenanza que Reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Distrito de San Borja” propuesto por la Gerencia de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica, por cuanto se enmarca dentro de las normas legales tales como la Constitución, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normas que han sido citadas en el presente informe relacionadas con el presupuesto participativo; por lo que, corresponde que los actuados administrativos sean derivados a la O fi cina de Secretaría General, a fi n que el presente asunto sea puesto en consideración del Concejo Municipal, para que de conformidad con las atribuciones contenidas en el inciso 1), 8) y 14) del Artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, procedan a su aprobación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por unanimidad, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAN BORJA Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del distrito de San Borja, que consta de cinco (5) Títulos, treinta y un (31) Artículos, dos (2) Disposiciones Complementarias y tres (3) Disposiciones Finales. Articulo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde a dictar mediante Decreto de Alcaldía las disposiciones normativas complementarias necesarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Reglamento, así como velar por el cumplimiento de los fi nes del mismo, a la Gerencia Municipal y a todo el Equipo Técnico de la Municipalidad de San Borja, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Borja: www.munisanborja.gob.pe . Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Plani fi cación Estratégica la elaboración del Documento del Proceso del Presupuesto Participativo del año correspondiente, así como el registro respectivo de todo el Proceso del Presupuesto Participativo en el Aplicativo Informático del Ministerio de Economía y Finanzas: www. mef.gob.pe . Asimismo, en coordinación con la O fi cina de Gobierno Digital, se publicará todo el Proceso del Presupuesto Participativo en el Portal Institucional (Página Web) de la Municipalidad de San Borja: www.munisanborja. gob.pe . POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde ORDENANZA QUE REGLAMENTA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS DEL DISTRITO DE SAN BORJA TÍTULO I OBJETIVO, FINES, MARCO LEGAL Artículo 1º.- OBJETIVO El presente Reglamento tiene por objetivo regular los mecanismos a través de los cuales se desarrolla el Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Distrito de San Borja, en concordancia con el marco normativo vigente.Artículo 2º.- FINALIDAD La fi nalidad del Reglamento es garantizar la participación de los representantes de la Sociedad Civil organizada, - Organizaciones Vecinales y Sociales - así como de las Entidades Públicas y Privadas, para conocer sus expectativas y necesidades respecto al desarrollo del Distrito de San Borja. Artículo 3°.- PRINCIPIOS El proceso de formulación del Presupuesto Participativo basado en resultados, se llevará a cabo bajo los siguientes Principios: 3.1 Concertación .- La Municipalidad promueve el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus planes de desarrollo concertados; así como, en la vigilancia y fi scalización de la gestión de los recursos públicos. 3.2 Transparencia .- El Presupuesto es objeto de difusión por los medios posibles de información, a fi n que los vecinos de San Borja puedan tener conocimiento de ellos. 3.3 Igualdad .- Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los procesos de plani fi cación y presupuesto participativo. 3.4 Tolerancia .- El reconocimiento y respeto a la diversidad de opiniones, visiones y posturas de quienes conforman la sociedad, como un elemento esencial y garantía para la construcción de consensos. 3.5 Efi cacia y e fi ciencia .- Organización de la gestión en torno a objetivos y metas establecidos en los planes concertados y presupuestos participativos, desarrollando estrategias para la consecución de los objetivos trazados y con una óptima utilización de los recursos. La medición de los logros se basa en indicadores de impacto, de resultados y de productos, normados por las instancias correspondientes. 3.6 Equidad .- Igualdad de acceso a las oportunidades e inclusión de grupos y sectores sociales que requieran ser atendidos de manera especial. 3.7 Competitividad .- Acciones de promoción de la producción y su articulación a los ejes de desarrollo o corredores económicos, así como la ampliación de mercados interno y externo, en un entorno de innovación, de calidad, de alianzas y acuerdos entre los sectores público y privado. 3.8 Respeto a los Acuerdos .- La participación de la sociedad civil en el Presupuesto de la Municipalidad de San Borja, se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados. Artículo 4º.- MARCO LEGAL- Constitución Política del Perú. - Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y modi fi catorias. - Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias. - Decreto Legislativo Nº 1252 - Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF, por Decreto Supremo Nº 117-2014-EF, y por Resolución Ministerial Nº 264-2018-EF/43. - Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y sus normas complementarias y modi fi catorias. - Decreto Legislativo N° 1088 - Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). - Decreto Supremo N° 097-2009-EF, mediante el cual se precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo. - Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01, que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para la Proceso del Presupuesto Participativo basado en