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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (16/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Sábado 16 de octubre de 2021 El Peruano / (Cuatrocientos Sesenta y Nueve Mil Cincuenta y 22/100 Soles) para la Contratación de Sociedad Auditora para el Período 2020, otorgando un plazo de diez (10) días calendario, desde la recepción del mencionado O fi cio En efecto, conforme al artículo 20° de la Ley N° 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por Ley N° 30742 - Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, los Gobiernos Regionales están autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República. Dichas transferencias son aprobadas con Acuerdo del Consejo Regional, previa emisión del Informe Favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces. Siendo así mediante Informe Técnico N° 000011-2021- GR.LAMB/ORPP-OFEPPI [3679666-13] emitido por el Especialista en Presupuesto, concluye lo siguiente: “(…) En lo que corresponde opinar en materia presupuestal, de acuerdo al OFICIO N° 037-2021-GR.LAMB/ORAD [3679666-5], se efectuó la modi fi cación presupuestal en el nivel funcional programático para cumplimiento de la transferencia fi nanciera a la contraloría general de la Republica para los periodos 2019 y 2020, y para el pago del 6% por concepto de designación y/o supervisión por derecho de nombramiento de sociedades auditoras; en consecuencia a ello, se procedió a realizar la solicitud de Programación de Compromiso Anual – PCA Nº 0001 en el Modulo Presupuestal – SIAF Operaciones en línea Web, la cual fue emitida vía sistema al Ministerio de Economía y Finanza - MEF para la aprobación del Sectorista Responsable encargado del MEF, cabe resaltar que, la solicitud de PCA generada al MEF, fue con el propósito del cambio de genérica de gasto, siendo los recursos transferidos de la 2.3 Bienes y Servicios a la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias ( en la especi fi ca de gasto 2.4.13.11 A OTRAS UNIDADES DEL GOBIERNO NACIONAL), por el importe de S/ 851,512.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS DOCE 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Posteriormente mediante OFICIO N° 119-2021-GR.LAMB/ORAD [3679666-9], el Jefe Regional de Administración, solicita la aprobación de la Certi fi cación Presupuestaria N° 12 para la transferencia fi nanciera a la Contraloría General de la República por la designación de sociedad de auditoría de los periodos 2019 y 2020, la cual, fue aprobada en el Modulo Presupuestal – SIAF Operaciones en línea WEB; hasta por un importe de S/ 851,512.00 (OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL QUINIENTOS DOCE 00/100 SOLES), a fi n de dar cumplimiento al artículo 20 - Sociedades de auditoría, de la LEY Nº30742, Ley de Fortalecimiento de La Contraloría General de La República y del Sistema Nacional de Control precisa que “Las transferencias fi nancieras se aprueban por acuerdo de consejo regional para en el caso de los gobiernos regionales y el acuerdo de consejo regional se publica el diario ofi cial El Peruano. Por su parte mediante Informe Legal N° 000091-2021- GR.LAMB/ORAJ [3576016-14], la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional Lambayeque, opina que resulta procedente elevar el expediente relacionado a la Transferencia fi nanciera para la contratación de Sociedad de Auditoria periodo 2019-2020 incluido sus anexos al Consejo Regional, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 20° de la Ley Nº 27785, modi fi cada por la Ley N° 30742 - Ley del Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control”, a fi n de que la misma sea aprobada por Acuerdo de Consejo Regional. Dentro de este contexto, en Sesión Extraordinaria de fecha 24 de marzo del 2021, el Consejero Regional Luis Alonso Barturén Pizarro, solicitó al Consejo Regional la aprobación del Dictamen Nº 0000001-2021-GR.LAMB/CR-CPPATICI-LABP [3679666-19], expedido por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Inversión y Cooperación Internacional, el mismo que ha concluido Otorgar OPINIÓN FAVORABLE a la Transferencia Financiera para la Contratación de las Sociedades Auditoras para los Períodos 2019 y 2020, por el monto de S/ 938,106.44 (Novecientos Treinta y Ocho Mil Ciento Seis y 44/100 Soles). Cabe precisar que éste pedido fue sustentado ante el Pleno del Consejo Regional por los Jefes de la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y en dicho acto el Pleno acordó por unanimidad aprobar lo solicitado por la referida Comisión. En consecuencia, atendiendo al interés público regional y teniendo en cuenta que el Consejo Regional busca declarar la voluntad de practicar de un determinado acto, es necesario emitir el acuerdo conforme la votación en sesión extraordinaria de fecha 24 de marzo del 2021. En ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso a) y k) del artículo 15º, inciso a) del artículo 37º, y artículo 39º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, así como en los artículos 4º, 9º, inciso d) artículo 12º y 46º del Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2016-GR.LAMB/CR, y su modi fi catoria con Ordenanza Regional N° 001-2019 GR.LAMB/CR, de conformidad con los considerandos expuestos, los informes técnicos y legales, así como el Dictamen Nº 0000001-2021-GR.LAMB/CR-CPPATICI-LABP [3679666-19], expedido por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Inversión y Cooperación Internacional y en atención a lo aprobado por unanimidad por el Consejo Regional en su Sesión extraordinaria de fecha 24.03.2021; SE ACUERDA: Artículo Primero: APROBAR el Dictamen de Comisión Nº 0001-2021-GR.LAMB/CRCPPATICI-LABP [3679666-19], expedido por la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial, Inversión y Cooperación Internacional; por las razones expuestas en la parte considerativa del presente Acuerdo Regional. Artículo Segundo: APROBAR la Transferencia Financiera para la Contratación de las Sociedades Auditoras para los Períodos 2019 y 2020, por el monto de S/ 938,106.44 (Novecientos Treinta y Ocho Mil Ciento Seis y 44/100 Soles), conforme a los informes técnicos y legales que forman parte integrante del presente Acuerdo Regional, por así haberlo solicitado la Contraloría General de la República. Artículo Tercero: AUTORIZAR a la Gobernación del Gobierno Regional de Lambayeque, para que mediante Resolución Ejecutiva Regional formalice la transferencia fi nanciera aprobada en el artículo precedente, para lo cual, deberá disponer que sus funcionarios competentes cumplan con lo dispuesto en el presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto: NOTIFICAR al Pleno del Consejo Regional y a las instancias administrativas correspondientes del presente Acuerdo Regional, para los fi nes correspondientes. Artículo Quinto: PUBLICAR, el presente Acuerdo Regional en el Diario O fi cial El Peruano y a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque www.regionlambayeque.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JOSÉ NICANOR MARTÍN CARMONA SALAZAR Consejero DelegadoConsejo Regional 2001315-1 Rectifican el Acuerdo Regional Nº 00068-2021-GR.LAMB/CR que autorizó transferencia financiera para la contratación de sociedades auditoras para los períodos 2019 y 2020 ACUERDO REGIONAL N° 000114-2021-GR.LAMB/CR [3679666-40] Chiclayo, 12 de mayo del 2021