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47 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de octubre de 2021 El Peruano / Que, con el O fi cio Nº 202-2021-OPP-DR-DRA.T/GOB. REG.TACNA, de fecha 24 de marzo de 2021, emitido por la Directora Regional de Agricultura de Tacna; el O fi cio Nº 215-2021-SGGE-GRDE/GOB.REG.TACNA, de fecha 08 de abril de 2021, emitido por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico; el Informe Nº 030-2021-SGGE-GRE/GOB.REG.TACNA de fecha 08 de abril de 2021 emitido por la Sub Gerencia de Gestión Empresarial; la Opinión Legal Nº 1052-2021-ORAJ/GOB.REG.TACNA, de fecha 22 de junio de 2021, emitida por la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica; el Informe del Asesor de Comisión Nº 008-2021-A-CODE-CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 19 de Julio de 2021; y, demás documentación anexada se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 005-2021-CODE-CR, de fecha 06 agosto de 2021 sobre “DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL PROYECTOS PRODUCTIVOS DE AGROEXPORTACIÓN PARA DINAMIZAR LA ECONOMÍA DE LA REGIÓN DE TACNA”, dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Extraordinaria de fecha 16 de agosto de 2021, realizada mediante videoconferencia. Que, considerando las normas antes indicadas y las opiniones favorables emitidas por los distintos órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna, resulta pertinente DECLARAR de INTERÉS REGIONAL PROYECTOS PRODUCTIVOS DE AGROEXPORTACIÓN PARA DINAMIZAR LA ECONOMÍA DE LA REGIÓN DE TACNA”. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Extraordinaria (realizada mediante videoconferencia) de la fecha, ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL:Artículo Primero: DECLARAR de INTERÉS REGIONAL PROYECTOS PRODUCTIVOS DE AGROEXPORTACIÓN PARA DINAMIZAR LA ECONOMÍA DE LA REGIÓN DE TACNA, a fi n de que se pueda, con un mayor nivel de ingreso de los productores, contribuir a dinamizar la economía local, favoreciendo también a los otros sectores de la economía como comercio y servicio. Artículo Segundo: ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Tacna para que, a través de sus órganos competentes y de manera inmediata y oportuna, implemente las gestiones técnicas, administrativas, fi nancieras y presupuestales ante el Gobierno Nacional y otros organismos gubernamentales y no gubernamentales, para dinamizar la economía; priorizando a los productores y/o agricultores más vulnerables, priorizando la agroexportación. Artículo Tercero: ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Dirección Regional Sectorial de Agricultura del Gobierno Regional de Tacna, la implementación oportuna de la presente Ordenanza Regional, en un plazo perentorio de treinta (30) días calendario, teniendo en cuenta las estrategias y lineamientos establecidos en el Informe Técnico de la Dirección Regional Sectorial de Agricultura del Gobierno Regional de Tacna. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gobernación Regional, a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y a la Dirección Regional de Agricultura de Tacna, el cumplimiento e implementación de la presente norma regional, informando y dando cuenta posteriormente al Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Tacna, sobre todas las acciones ejecutadas con tal fin.Artículo Quinto: EXHORTAR al Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y la Dirección Regional de Agricultura de Tacna; así como a los Gobiernos Locales, aseguren la continuidad y sostenibilidad de los proyectos de agroexportación. Artículo Sexto: DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Séptimo: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Artículo Octavo: PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación. En la ciudad de Tacna, al día dieciséis de agosto del año dos mil veintiuno. DANY LUZ SALAS RÍOS PresidentaConsejo Regional de Tacna POR TANTO:Mando se registre, noti fi que, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al día 10 SEP. 2021. JUAN TONCONI QUISPE Gobernador Regional 2002258-2 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban Ordenanza que promociona el levantamiento de la condición de inhabitabilidad de los inmuebles ubicados en el Cercado de Lima y otorga beneficios administrativos y tributarios ORDENANZA Nº 2395-2021 Lima, 14 de octubre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como en el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y de conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, de Comercialización y Defensa del Ciudadano y de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil en sus Dictámenes N° 081-2021-MML/CMAEO, N° 147-2021-MML-CMDUVN, N° 001-2021-MML-CMCDC y N° 21-2021-MML-CMSCDC de 10, 15, 20 y 28 de setiembre de 2021, respectivamente; el