NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (07/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 12
12 NORMAS LEGALES Martes 7 de setiembre de 2021 El Peruano / Que, a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 216-2021-EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 150 540 130,00 (Ciento cincuenta millones quinientos cuarenta mil ciento treinta y 00/100 soles), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales sin incluir el Sector Educación, destinados a fi nanciar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2020, en el marco del numeral 3 de la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas; correspondiendo al Pliego Ministerio de Cultura la suma de S/ 498 493,00 (Cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y tres y 00/100 soles) según el Anexo 1 “Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y los Gobiernos Regionales sin incluir el Sector Educación” del referido decreto supremo; Que, para tales efectos, el numeral 2.1 del artículo 2 del referido decreto supremo establece que los Titulares de los pliegos habilitados en las Transferencias de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los numerales 1.1. y 1.2 del artículo 1 de la citada norma, a nivel programático, dentro de los cinco días calendario de su entrada en vigencia; Que, para la desagregación de los recursos autorizados, el numeral 24.1 del artículo 24 de la Directiva N° 0007-2020-EF/50.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0034-2020-EF/50.01, establece, entre otros, que en el caso de los dispositivos legales que faculten la desagregación del presupuesto a los pliegos, se utiliza el Modelo Nº 6/GN de dicha directiva; Que, mediante el Memorando N° 000641-2021- OGPP/MC la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000168-2021-OP/MC, a través del cual la O fi cina de Presupuesto recomienda continuar con el trámite de desagregación de los recursos autorizados con el Decreto Supremo Nº 216-2021-EF en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2021 hasta por la suma de S/ 498 493,00 (Cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y tres y 00/100 soles) para fi nanciar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2020, en el marco del numeral 3 de la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que autorice la desagregación de los recursos aprobados mediante Decreto Supremo N° 216-2021-EF; Con las visaciones de la Directora General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director de la O fi cina de Presupuesto, y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Decreto Supremo Nº 216-2021-EF que autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales; y, la Directiva N° 0007-2020-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral N° 0034-2020-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Desagregación de recursos Apruébase la desagregación de los recursos autorizados por el Decreto Supremo N° 216-2021-EF por la suma de S/ 498 493,00 (Cuatrocientos noventa y ocho mil cuatrocientos noventa y tres y 00/100 soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, para fi nanciar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2020, en el marco de lo dispuesto en el numeral 3 de la Undécima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, de acuerdo al siguiente detalle: EGRESOS EN SOLES Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 003: Ministerio de CulturaUnidad Ejecutora : 001: Ministerio de Cultura - Administración General Categoría Presupuestaria : 9001: Acciones centralesProducto : 3999999: Sin productoActividad : 5000003: Gestión administrativa Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.5 Otros Gastos S/ 221 722,00 Unidad Ejecutora : 002: MC - Cusco Categoría Presupuestaria : 9001: Acciones centralesProducto : 3999999: Sin productoActividad : 5000003: Gestión administrativa Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.5 Otros Gastos S/ 230 632,00 Unidad Ejecutora : 003: Zona Arqueológica Caral Categoría Presupuestaria : 9001: Acciones centralesProducto : 3999999: Sin productoActividad : 5000003: Gestión administrativa Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.5 Otros Gastos S/ 14 000,00 Unidad Ejecutora : 005: MC - Naylamp - Lambayeque Categoría Presupuestaria : 9001: Acciones centralesProducto : 3999999: Sin productoActividad : 5000003: Gestión administrativa Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.5 Otros Gastos S/ 4 907,00 Unidad Ejecutora : 009: MC - La Libertad Categoría Presupuestaria : 9001: Acciones centralesProducto : 3999999: Sin productoActividad : 5000003: Gestión administrativa Fuente de Financiamiento : 1 Recursos Ordinarios Gasto Corriente 2.5 Otros Gastos S/ 27 232,00 -------------------- TOTAL EGRESOS S/ 498 493,00 =========== Artículo 2.- Notas para Modi fi cación Presupuestaria La O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la O fi cina de Presupuesto, del Pliego 003: Ministerio de Cultura, instruye a las Unidades Ejecutoras 001: Ministerio de Cultura - Administración General, 002: MC - Cusco, 003: Zona Arqueológica Caral, 005: MC - Naylamp-Lambayeque y 009: MC - La Libertad para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3.- Remisión Copia de la presente resolución se presenta dentro de los cinco días calendario siguientes de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Regístrese y comuníquese.CIRO ALFREDO GALVEZ HERRERA Ministro de Cultura 1988690-1