NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (07/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 16
16 NORMAS LEGALES Martes 7 de setiembre de 2021 El Peruano / Aprueban la contratación del Estudio Foley Hoag LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 266-2021-EF/43 Lima, 6 de setiembre del 2021CONSIDERANDO:Que, el artículo 7 de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea la Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; Que, el artículo 4 del citado procedimiento establece las condiciones y el procedimiento que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión; Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley N° 28933, la citada Comisión Especial solicita la contratación de la defensa legal que represente al Estado peruano en la etapa de arbitraje internacional iniciada por la empresa Telefónica S.A en contra de la República del Perú, habiendo seleccionado para dicho efecto al estudio Foley Hoag LLP para que brinde asesoría jurídica al Estado peruano en el presente caso; Que, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración a través del Informe N° 531-2021-EF/43.03, señala que se cuenta con la certi fi cación de crédito presupuestario para atender la contratación del citado Estudio de Abogados, según la Notas de Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nos. 0000001620 y 0000001621 por los importes de S/ 840 000,00 (OCHOCIENTOS CUARENTA MIL Y 00/100 SOLES) por el concepto de gastos procesales (Tasas CIADI), y el monto de S/ 1 470 000,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS SETENTA MIL Y 00/100 SOLES) por concepto de servicios de asesoría jurídica, respectivamente, emitidas por la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración; Que, asimismo, la O fi cina General de Administración conjuntamente con la O fi cina de Finanzas de dicha O fi cina General a través del Memorando N° 0908-2021-EF/43.06, señalan que existe una previsión presupuestaria de S/ 22 241 310,00 (VENTIDOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES) para los Años Fiscales 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026 para la referida contratación; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 0863-2021-EF/42.02, el Informe N° 0685-2021-EF/42.02 de su O fi cina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Estudio Foley Hoag LLP; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, en el Decreto Supremo N° 002-2009-EF que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar la contratación del Estudio Foley Hoag LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2. Autorizar al/a la Director/a General de la O fi cina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación de servicios de asesoría jurídica con el estudio Foley Hoag LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 1988913-1 Aprueban la contratación del Estudio Foley Hoag LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 267-2021-EF/43 Lima, 6 de setiembre del 2021CONSIDERANDO:Que, el artículo 7 de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, crea la Comisión Especial para que represente al Estado peruano en las controversias internacionales de inversión, estando a cargo de ésta la selección de los servicios de abogados y otros profesionales que se requieran, mientras que la contratación será realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2009-EF, se aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; Que, el artículo 4 del citado procedimiento establece las condiciones y el procedimiento que la mencionada Comisión Especial debe seguir para seleccionar al estudio de abogados que se hará cargo de la defensa del Estado peruano en las controversias internacionales de inversión; Que, en atención a las facultades otorgadas mediante la Ley N° 28933, la citada Comisión Especial solicita la contratación de la defensa legal que represente al Estado peruano en la etapa de Arbitraje Internacional iniciada por la empresa APM Terminals Callao S.A en contra de la República del Perú, habiendo seleccionado para dicho efecto al Estudio Foley Hoag LLP para que brinde asesoría jurídica al Estado peruano en el presente caso; Que, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración a través del Informe N° 0530-2021-EF/43.03, señala que se cuenta con la certi fi cación de crédito presupuestario para atender la contratación del citado Estudio de Abogados, según las Notas de Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nos. 0000001617 y 0000001619 por el monto de S/ 840 000,00 (OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100