NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (08/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 20
TEXTO PAGINA: 13
13 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de setiembre de 2021 El Peruano / Artículo Segundo.- Comunicar a la Junta Nacional de Justicia que se ha producido una plaza vacante de Juez Superior en la Corte Superior de Justicia de San Martín, para las acciones respectivas. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Junta Nacional de Justicia, Corte Superior de Justicia de San Martín, Gerencia General del Poder Judicial; y al mencionado juez, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 1989298-1 ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO Dan por concluida, en vía de regularización, la designación del Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS N° 060-2021-MP-FN-JFS Lima, 3 de setiembre de 2021VISTO Y CONSIDERANDO: El O fi cio N° 734-2021-MP-FN-FSCI de fecha 31 de agosto de 2021, por el que la doctora María Isabel del Rosario Sokolich Alva, Fiscal Suprema (P) de la Fiscalía Suprema de Control Interno, solicita se dé por concluida la designación del abogado Rigoberto Basilio Parra Rodríguez como Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Ayacucho, al haber cesado en el cargo de Fiscal Superior de Ayacucho por límite de edad. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 034-2015-MP-FN-JFS de fecha 06 de abril de 2015, se designó al abogado RIGOBERTO BASILIO PARRA RODRÍGUEZ, Fiscal Superior Titular, como Jefe de la Ofi cina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ayacucho. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 885-2021-MP-FN de fecha 22 de junio de 2021, se resolvió cesar por límite de edad, a partir del 26 de mayo de 2021, al abogado Rigoberto Basilio Parra Rodríguez, Fiscal Superior Titular Mixto de Ayacucho, Distrito Fiscal de Ayacucho y Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno de Ayacucho. En ese contexto, la Junta de Fiscales Supremos, de conformidad con lo solicitado por la Fiscalía Suprema de Control Interno, mediante Acuerdo N° 5918 adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 01 de setiembre de 2021, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, dar por concluida, en vía de regularización, la designación del abogado Rigoberto Basilio Parra Rodríguez, como Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ayacucho, a partir del 26 de mayo de 2021, fecha en la que fue cesado en el cargo de Fiscal Superior Titular Mixto de Ayacucho, Distrito Fiscal de Ayacucho, por límite de edad. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo N° 052 - Ley Orgánica del Ministerio Público y conforme a lo establecido en el considerando precedente; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida, en vía de regularización, a partir del 26 de mayo de 2021, la designación del abogado RIGOBERTO BASILIO PARRA RODRÍGUEZ, como Jefe de la O fi cina Desconcentrada de Control Interno del Distrito Fiscal de Ayacucho, al haber cesado en el cargo de Fiscal Superior Titular Mixto de Ayacucho, Distrito Fiscal de Ayacucho, por límite de edad. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a la Fiscalía Suprema de Control Interno, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Gerencia Central de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la NaciónPresidenta de la Junta de Fiscales Supremos 1989342-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Fijan fecha límite de la primera entrega de la presentación de la información financiera de campaña electoral de las Elecciones Municipales Complementarias del distrito de Chipao 2020 RESOLUCIÓN GERENCIAL N° 002758-2021-GSFP/ONPE Lima, 6 de setiembre de 2021VISTO: el Informe N° 000561-2021-JAVC-SGVC- GSFP/ONPE de la Jefatura de Área de Veri fi cación y Control de la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios; y CONSIDERANDO: Mediante Decreto Supremo N° 082-2021-PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de abril de 2021, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias para el día domingo 10 de octubre de 2021, del distrito de Chipao, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho; A través de la Ley N° 31046, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 26 de septiembre de 2020, se modi fi có el Titulo VI “Del Financiamiento de los Partidos Políticos”, de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (LOP); El artículo 30-A de La LOP, establece que, los ingresos y gastos efectuados por el candidato deben ser informados a la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a través de los medios que esta disponga y en los plazos señalados en el párrafo 34.5 del artículo 34 de la presente ley; El numeral 34.2 del artículo 34° de la LOP, contempla que, la veri fi cación y el control externos de la actividad económico- fi nanciera de las organizaciones políticas corresponde a la ONPE; El numeral 34.5 del artículo 34° de la LOP, prescribe que, las organizaciones políticas y los candidatos o sus responsables de campaña, según corresponda, presentan en dos (2) entregas obligatorias, la información fi nanciera de los aportes, ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral. La ONPE establece los plazos de presentación y publicación obligatoria, desde la convocatoria a elecciones, con al menos una (1) entrega durante la campaña electoral como control concurrente; El artículo 103° del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios aprobado por